Señor alcalde y concejales de Cali, prevarican por omisión desconociendo la existencia de pruebas ejidales del pueblo

Por Claudio Borrero Quijano.
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.
La investigación por presunto prevaricato por omisión contra Jorge Iván Ospina, Ex Alcalde de Cali, se convirtió en un verdadero ping-pong jurídico en las Fiscalías 90, 97, 92, 48 de Cali, la instrucción se inició en enero 15 de 2009 (41 meses), el hecho fue confirmado con la autenticado de su compromiso programático con su frase heroica “De los Ejidos ni hablemos”. Cumplió su prevaricación el ex Alcalde Jorge Iván Ospina, al omitir actuar durante todo su Gobierno por la recuperación del patrimonio público EJIDAL del Municipio de Cali.
Recientemente declaró el pasado martes 22 de Mayo de 2012 para El Espectador, nuestro Alcalde de Cali, Doctor Rodrigo Guerrero Velasco: “Mi compromiso con la recuperación de las tierras es total, aunque en el tema del Club era diferente. “El pleito con el Club está en las escrituras y especialmente en los límites del terreno. Allá no hay bienes EJIDOS, por lo que debemos analizar muy bien el tema. No podemos quitarle al legítimo propietario lo que es de él. Tenemos que tener la seguridad de que es del Municipio para llevarlo a la justicia ordinaria. Puntualizó Rodrigo Guerrero Velasco Alcalde de Cali. Su FRASE es igualmente Prevaricadora, como ilícita fue la actuación del Ex Alcalde Jorge Iván Ospina.
SEBASTIÁN DE BELALCÁZAR solicita al Rey el 20 de Marzo de 1.541 la condición Ejidal de Santiago de Cali
Por Cédula Real se concedió el carácter Ejidal a la muy noble y muy leal Ciudad de Santiago de Caly, documento expedido en respuesta a la solicitud escrita del Fundador Sebastián de Belalcázar, después de su primer viaje a España en Audiencia ante la Corona Real Católica, presentó misiva fechada el 20 de marzo de 1.541, escrito fue redactado por el Cronista Pedro Cieza de León en los siguientes términos:
“Vuestra Majestad que la tierra que no tiene los repartimientos largos, no puede permanecer, y esta fue la causa principal por que ha permanecido, y pues Vuestra Majestad me lo ha puesto a mi cargo y sobre mi conciencia, yo quiero, si Vuestra Majestad fuere servido, descargarme de ello poniendo el remedio necesario, para poner esta tierra en estado de perpetuación y salvación y no mirar de cosa de particulares hombres, y que no pretendiendo otra cosa sino su particular interés, se querrán quexar y quieren contentarse con lo poco que tienen ; y si esto hubiese de pasar ansí y no se pudiese breve remedio en resumir la tierra en los vecinos con que pudiese permanecer, Dios y Vuestra Majestad, en hacerse otra cosa, serían de servidos mi conciencia danificada, si consintiese y dexase pasase ansí mas de lo pasado, para evitar quexas de semejantes hombres. Vuestra Majestad si fuere servido, con toda brevedad me mande enviar aprobación de lo que en este caso hiciere, porque luego dicen que todos lo merecen y que sobre ello han de gastar sus haciendas, pues Vuestra Majestad vé cuanto va en ello para la perpetuación de los pocos naturales que hay y para que esta tierra no se acabe de perder , y sepa Vuestra Majestad que si se aguardase a poner remedio en ello, cuando el de Vuestra Majestad viniese, me consta y declaro no habría que remediar porque en esta ciudad hay muy pocos repartimientos que tengan de cien indios para arriba, y los demás tienen a veinte y a treinta ,y hay cuarenta vecinos y el vecino que tiene veinte indios quiere hacer tanto como el que tiene ciento, y demás de esto agora,hay aparejo para do puedan servir a Vuestra Majestad y ser aprovechados los vecinos que se sacaren, y a esta causa, con la ayuda de Dio, pondré el remedio breve y meteré recuas en la tierra para con qué se provea, y ésto con toda la mas brevedad que pudiere y mire Vuestra Majestad que yo sé decir poco y hacer mucho.
S. M. Dios Nuestro Señor la vida e Imperial Persona de Vuestra Católica Majestad guarde y en su servicio conserve con acrecentamiento de sus Reinos y Señoríos y aumento de nuestra Santa Fé Cótólica. De esta Ciudad de Cali, treinta día del mes de Marzo de MDXLI años
Invictísimo César Besa los Reales pies y manos D.V.S.M. Vuestro humilde y leal vasallo,
Sebastián de Belalcázar
Los linderos de la cédula real ejidal de Santiago de Cali
Bienes del común de gentes concedidos en Cédula Real EJIDAL de Santiago de Caly, alinderados por el Norte con el río de Cali, por el Sur con el río de Las Piedras ó Lile hasta El Estero (Siete Cueros) lindero con la Hacienda Cañasgordas, por el Oriente con el río Cuca y por el Occidente con la más alta Sierra de este Valle” (Farallones).