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Preocupantes las centrales de riesgo

Ana Lucia Arango Marin, 2 June, 2012

Ana Lucia Arango M. ( Economista)

En este ambiente tan hostil, de tanta dificultad económica, nos encontramos en una sin salida, “la violación a la privacidad”. Las centrales de riesgo (Data Crédito, Cifin), reciben, almacenan, procesan y suministran la información sobre la forma como las personas y las compañías han cumplido con sus obligaciones. Registran en forma imparcial el contenido de  toda la información acerca de la forma como se han pagado las deudas a los bancos, compañías de financiamiento comercial, cooperativas, empresas de servicios como telefonía celular, televisión por suscripción, o almacenes a crédito.

Esta actividad se ha convertido en el yugo del ciudadano, haciendo que les cierren las puertas a las personas en todas las entidades de crédito (bancos, almacenes, cooperativas, etc.) perdiendo la posibilidad de conseguir un mejor bienestar al obtener por crédito su vivienda, muebles, enseres etc.

 

Es muy importante que conozcamos cual es la permanencia de la información negativa en estas entidades de riesgo – decreto 2952 del 6 de agosto de 2010, y en su artículo 3:

  • En caso de mora inferior a dos (2) años, el término de permanencia de la información negativa no podrá exceder el doble de la mora. Ej. Cuando una persona tiene una deuda de 1 año, una vez cancelada la deuda, la información negativa permanecerá en las centrales de riesgo durante dos años, que es el doble del tiempo de mora de esa deuda.
  • En los demás casos, el término de permanencia de la información negativa es de cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que la mora se extinga por cualquier modo.
  •  Si la mora es de 2.5 años, una vez pagada la obligación, la información negativa permanecerá por un tiempo máximo de 4 años, que es inferior al doble de la mora, puesto que el doble de la mora en el supuesto planteado es de 5 años, pero la ley ha establecido que ninguna información negativa podrá permanecer por más de 4 años.
  • En el caso de incumplimiento de obligaciones en las cuales no se puedan computar tiempos de mora, tal como sucede con las cuentas corrientes canceladas por mal manejo, el término de permanencia de la información negativa será de cuatro (4) años contados a partir de la fecha en que cese el incumplimiento o sea cancelado el producto.

Actualmente nos damos cuenta que para obtener cualquier crédito se debe firmar una autorización para consultar la información personal, comercial y financiera y como si fuera poca, la entidad queda autorizada para reportar la actividad comercial y financiera. Las entidades de financiamiento utilizan esta información para evaluar la viabilidad de otorgar el crédito. Las centrales de riesgo cuentan con todos nuestros datos, quedando al desnudo nuestro  comportamiento histórico comercial y crediticio.

Esto es una invasión a la privacidad y debemos  someternos a ella, para poder tener cualquier crédito o línea celular en la modalidad de postpago, etc. Es tal la violación a la privacidad que incluso esta disponible cuando y cuantas veces sea consultado nuestro historial.

Hace poco en “Falabella” se solicito un crédito, el cual fue negado, al pedir una explicación sobre esta decisión, dijeron que el nombre había estado en varias ocasiones consultado en las centrales de riesgo. Es increíble que esto sea una causal de negación de un crédito.

También debemos saber que en las centrales de riesgos, le dicen a las entidades de financiamiento o las que consultan nuestro historial financiero, cuanto es el cupo que tenemos de crédito y cuanto de este esta disponible, las únicas que no señalan el valor del cupo son las líneas de telefonía móvil.

La ley vigente desde 2008 favorece a los usuarios que por algún motivo quedaron en la lista negra y se habían puesto al día, sin embargo anteriormente el incumplimiento de una obligación comercial o financiera dejaba una marca indeleble en el historial de los usuarios. Era posible borrarla pero se requería acciones complicadas, normalmente ejercida por abogados y adicionalmente había que pagar por ello. Eso motivo a muchos colombianos que por alguna circunstancia llegaba a estar en mora a no pagar la obligación ya que así pagarán continuaban en la lista negra de las centrales de riesgo.

Decimos que las puertas para las personas que han estado en centrales de riesgo están cerradas porque para la mayoría de entidades que otorgan crédito, de nada le sirve si la persona ha estado en mora y presenta la certificación de cancelación de esa deuda, pues lo que actualmente se esta mirando y evaluando es si la persona incumple con sus obligaciones, pues el pasado financiero no se borra con certificados, sino que queda allí.

Estas reglas de juego vigentes en los sistemas comerciales y financieros, cierran las puertas a los colombianos que regresan luego de vivir muchos años en el exterior ya que no existe ningún historial. No tener historial en las centrales de riesgo es tan malo como estar en la lista negra.

Queremos un cambio al respecto. No se trata de terminar con estas centrales de riesgo, ya que ellas brindan un servicio a comerciantes y entidades financieras. Se trata de cerrar la puerta a la invasión de la privacidad por parte de las empresas afiliadas. Las centrales de riesgo deberían suministrar la calificación crediticia a los afiliados sin violar el principio universal de privacidad.

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