Skip to content
Archivo Caliescribe
Archivo Caliescribe
  • Confidenciales
  • Cali: Ciudad y ciudadanos
  • Reporte urbano
  • Política
  • Economía
  • Deporte
  • Columnistas
  • Archivo
  • Ver contenidos recientes
Archivo Caliescribe
farallones-720-ppal

Reserva forestal protectora de Cali

Claudio Borrero Quijano, 20 July, 2012

Por Claudio Borrero Quijano. 
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.


Información general: Linderos y Cabidas

Área =  8.800 Hectáreas (88.000.000 Millones de M2)

Bienes de uso público, dentro del espacio público, inenajenables, imprescriptibles e inembargables  

Corregimientos: Felidia, El Saladito, La Elvira, La Castilla, La Paz, Golondrinas, Montebello

Por Resolución Número 9 de Diciembre 3 de 1.938, el Ministerio de Economía Nacional, Departamento de Tierras y Aguas – Sección Bosques, para la regularización y conservación de aguas de río Cali, declaró de reserva forestal los bosques de la hoya hidrográfica del río Cali (12.352 Hectáreas), dentro de los siguiente linderos :  Desde los Farallones en el filo de la cordillera occidental de los Andes en dirección norte hasta el cruce de la carretera al mar (kilómetro 18), siguiendo el filo de la codillera por el divorcio acuarium o de aguas de los dos ríos Cali y Aguacatal, hasta el punto de “La Legua”, desde aquí por el camino de herradura de Cali a Dagua en longitud de diez kilómetros, desde aquí tomando una recta hasta la toma del  canal para el acueducto de Cali, desde aquí una recta hasta la cima del cerro de Los Cristales y de este punto por el filo de la cordillera que divide aguas de los ríos Cali y Meléndez hasta la más Alta Sierra de los Farallones de Cali.  Cubre los Corregimientos de Felidia, La Leonera, Pichindé, Los Andes, Villacarmelo. 

Por Resolución Número 7 de 1.941 (Julio 30/41) se declaró reserva forestal la hoya hidrográfica del río Meléndez (3.832 Hectáreas). Localización Corregimientos de Pance, Villacarmelo, Los Andes        

Por Resolución Número 5 de 1.943 (Abril 5 de 1.943), se declaró Reserva Forestal Protectora la hoya del río Aguacatal (6.179 Ha.). Localización Corregimientos de El Saladito, La Elvira, La Castilla, La Paz, Golondrinas (filo del Corregimiento desde donde descienden aguas a la Q. El Chocho), Montebello.

El INDERENA antes de su disolución expidió la Resolución Número 2394 de Octubre 24 de 1.995, por medio de la cual se ordenó que todas las territoriedades a donde se encuentren localizados los Parques Nacionales Naturales de Colombia, revierten a ser predios o territorios de la Nación, cada uno de ellos se debieron registrar en las Oficinas de Instrumentos Públicos bajo la vigilancia de la Superintendencia de Notariado y Registro.

El Ministerio del Medio Ambiente expidió con la firma del Doctor Eduardo Verano de la Rosa la Resolución 0126  de Febrero 9 de 1.998, por medio de la cual se autorizó SUSTRAER A LA RESERVA FORESTAL los conglomerados habitacionales de las cabeceras de corregimientos de los trece localizados en las montañas de la cordillera occidental del Municipio de Cali, además igualmente se SUSTRAJO A LA  RESERVA FORESTAL PROTECTORA la vivienda dispersa a tres kilómetros de distancia de cada cabecera veredal de Corregimiento, en total la SUSTRACIÓN fue de 1.054 hectáreas, distribuídas en los Corregimientos de Pance, Villacramelo, Los Andes, Pichindé, La Leonera, Felidia, El Saladito, La Elvira, La Castilla, La Paz, Golondrinas, Montebello y La Buitrera En síntesis sia lgún día se realiza la sustración quedaría un saldo de 23.746 hectáreas ó 237.460.0. SE ADVIERTE QUE LA REGLAMENTACIÓN AÚN NO SE HA CUMPLIDO, POR CONSIGUIENTE  NO SE HAN CONSOLIDADO LAS DECISIONES SOBRE SUSTRACIÓNES, del patrimonio público territorial del Municipio de Cali, afectados como bienes de uso público inenajenables, imprescriptibles e inembargables.

Contenido en el Escudo de Armas de la Ciudad de Oro desde 1.559, es decir desde hace 453 años, esos recursos naturales están representados en los siete mogotes de tierra, nuestros Farallones de Cali, la riqueza y abundancia arbórea, los ríos o fuentes hídricas que descienden del santuario de fauna y flora a la Ciudad de Oro, la producción de oxígeno producido en los bosques de niebla y el gran río Cauca son las riquezas naturales que conforman nuestro verdadero Escudo de Armas, armamento que no está representado en   flechas, ni arcabuces, dardos, cervatanas, ni metralletas con silenciadores, son nuestros BELLÍSIMOS RECURSOS NATURALES,  a la fecha VULNERADOS POR EL HOMBRE.

Ocupantes :  El Saladito (San Pablo, San Antonio, San Bernardo…..), Felidia (Las Nieves, El Diamante, La Leonera  (El Pato), La Elvira  ( San Miguel).  Nuevos propietarios que ostentan títulos precarios, quienes utilizaron actuaciones ilícitas de grupo con adjudicaciones tramitadas por la vía judicial prescribiendo lo imprescriptible contra indeterminados, enajenando lo inenajenable por mandato constitucional, miles de titulaciones se desprendieron de estas ilicitudes viciando de nulidad absoluta en cualquier época  la precariedad de los títulos, con avaricia insaciable se auto-adjudicaron con maromas millones de metros cuadrados para despues parcelar con ventas irregulares la Reserva Forestal Protectora.   

Santiago de Cali no puede seguir siendo territorio excepcional en Colombia para perpetuar la violación de las normas.

Ahora vemos con asombro FISCALES INVESTIGADORES (?) y en ejercicio de sus cargos como nuevos propietarios en el Parque Nacional Natural o en la Reserva Forestal Protectora. Igualmente funcionarios públicos, que fueron guarda bosques o vigilantes asalariados del Parque Nacional Natural en las mismas andanzas. No se cómo, pero es verdad verdadera que existen Ex Alcaldes, Concejales, Dirigencia de la Política Local con títulos de propiedad dentro de esta áreas, en fin es la  verdadera debacle moral y ética. 

Las autoridades Nacionales encabezados por el Presidente de la República, Doctor JUAN MANUEL SANTOS CALDERON tienen la PALABRA.

Los Organismos de Control, Procuraduría Contraloría, Personería no pueden continuar mudos.

En la Fiscalía General de la Nación en su seno reposan parsimoniosas investigaciones congeladas en las Fiscalías 98, 76, 100, 67, 48, 80, 121, 159, 163, 26, 164.

El Consejo de Estado y los Juzgados Administrativos adelantan investigacioes desde diez años atrás sin la toma de decisiones prontas.

Bien lo sabe la nueva Ministra de Justicia, Doctora RUTH STELLA CORREA PALACIO, quien como funcionaria judicial asumió la ponencia de la ACCIÓN POPULAR desde el año 2.006 ante el Consejo de Estado, con el radicado 76001233100020040065601, precisamente mi denuncio busca detener el vandalismo con la usurpación de estos bienes de uso público del Parque Nacional Natural de los FARALLONES DE CALI, la defensa de la Reserva Forestal Protectora y los bienes imprescriptibles de uso público EJIDALES URBANOS Y RURALES del Municipio de Cali, usurpados 74 años atrás impunemente en detrimento de la locomotora de Vivienda Social propósito del Presidente Juan Manuel Santos, que para el caso de SANTIAGO DE CALI, representa un déficit de 120.000 destechados humildes.

Uncategorized

Post navigation

Previous post
Next post

Esta viendo los contenidos del archivo histórico de Caliescribe entre abril 2011 y noviembre de 2023.

Ver contenidos recientes
  • November 2023 (108)
  • October 2023 (171)
  • September 2023 (162)
  • August 2023 (142)
  • July 2023 (163)
  • June 2023 (113)
  • May 2023 (116)
  • April 2023 (141)
  • March 2023 (110)
  • February 2023 (106)
  • January 2023 (94)
  • December 2022 (99)
  • November 2022 (143)
  • October 2022 (138)
  • September 2022 (97)
  • August 2022 (130)
  • July 2022 (124)
  • June 2022 (118)
  • May 2022 (109)
  • April 2022 (120)
  • March 2022 (106)
  • February 2022 (101)
  • January 2022 (104)
  • December 2021 (84)
  • November 2021 (152)
  • October 2021 (246)
  • September 2021 (209)
  • August 2021 (168)
  • July 2021 (203)
  • June 2021 (175)
  • May 2021 (177)
  • April 2021 (132)
  • March 2021 (147)
  • February 2021 (134)
  • January 2021 (87)
  • December 2020 (90)
  • November 2020 (138)
  • October 2020 (151)
  • September 2020 (135)
  • August 2020 (183)
  • July 2020 (179)
  • June 2020 (185)
  • May 2020 (177)
  • April 2020 (171)
  • March 2020 (181)
  • February 2020 (196)
  • January 2020 (127)
  • December 2019 (158)
  • November 2019 (173)
  • October 2019 (179)
  • September 2019 (167)
  • August 2019 (198)
  • July 2019 (168)
  • June 2019 (192)
  • May 2019 (167)
  • April 2019 (161)
  • March 2019 (203)
  • February 2019 (168)
  • January 2019 (162)
  • December 2018 (180)
  • November 2018 (188)
  • October 2018 (185)
  • September 2018 (221)
  • August 2018 (175)
  • July 2018 (206)
  • June 2018 (230)
  • May 2018 (237)
  • April 2018 (198)
  • March 2018 (218)
  • February 2018 (175)
  • January 2018 (169)
  • December 2017 (202)
  • November 2017 (189)
  • October 2017 (198)
  • September 2017 (224)
  • August 2017 (194)
  • July 2017 (206)
  • June 2017 (197)
  • May 2017 (196)
  • April 2017 (215)
  • March 2017 (185)
  • February 2017 (130)
  • January 2017 (108)
  • December 2016 (162)
  • November 2016 (126)
  • October 2016 (170)
  • September 2016 (149)
  • August 2016 (145)
  • July 2016 (152)
  • June 2016 (140)
  • May 2016 (114)
  • April 2016 (166)
  • March 2016 (137)
  • February 2016 (149)
  • January 2016 (168)
  • December 2015 (142)
  • November 2015 (149)
  • October 2015 (208)
  • September 2015 (168)
  • August 2015 (188)
  • July 2015 (161)
  • June 2015 (149)
  • May 2015 (161)
  • April 2015 (143)
  • March 2015 (142)
  • February 2015 (148)
  • January 2015 (161)
  • December 2014 (155)
  • November 2014 (174)
  • October 2014 (149)
  • September 2014 (149)
  • August 2014 (164)
  • July 2014 (150)
  • June 2014 (141)
  • May 2014 (170)
  • April 2014 (145)
  • March 2014 (171)
  • February 2014 (128)
  • January 2014 (120)
  • December 2013 (116)
  • November 2013 (179)
  • October 2013 (143)
  • September 2013 (146)
  • August 2013 (157)
  • July 2013 (150)
  • June 2013 (163)
  • May 2013 (155)
  • April 2013 (128)
  • March 2013 (141)
  • February 2013 (127)
  • January 2013 (112)
  • December 2012 (149)
  • November 2012 (120)
  • October 2012 (130)
  • September 2012 (189)
  • August 2012 (132)
  • July 2012 (122)
  • June 2012 (145)
  • May 2012 (134)
  • April 2012 (126)
  • March 2012 (146)
  • February 2012 (120)
  • January 2012 (137)
  • December 2011 (151)
  • November 2011 (131)
  • October 2011 (142)
  • September 2011 (124)
  • August 2011 (133)
  • July 2011 (151)
  • June 2011 (122)
  • May 2011 (141)
  • April 2011 (77)
©2026 Archivo Caliescribe | WordPress Theme by SuperbThemes