Tienen ustedes los contribuyentes Caleños la oportunidad de conocer lo que declara permanentemente el Jefe Jurídico de la alcaldía de Cali Javier Pachón por las demandas contra la valorización para la construcción de las 21 megaobras.
*Ramiro Varela M
Representante de los propietarios gravados con la valorización
Fue en el acto de Rendición de cuentas del Sr. Alcalde Rodrigo Guerrero por su primer año de gobierno, donde uno de los funcionarios escogidos para presentar el balance fue el Jefe Jurídico Pachón, quien le dedicó su intervención a las megaobras, el cobro y pago de la valorización. Como todas sus precisiones son verdades parciales, los contribuyentes Caleños deben llegar a conclusiones sobre las demandas de la contribución, en razón a que el 58% de los Caleños no ha podido pagar la valorización:
Dice el Jurídico: “Son 14, los fallos judiciales que declaran la legalidad de las obras por valorización. Uno de ellos emitido por el Consejo de Estado, el cual, esperamos que sirva de precedente para los demás procesos”, explicó el abogado Pachón Arenales, quien agregó que la población cada día está más convencida de la legalidad del trámite y este balance se ve reflejado en el aumento en el recaudo.
Es verdad van 14 fallos, pero ninguno en segunda instancia que refleje la legalidad del cobro de la valorización de Cali. Uno de ellos emitido en 2ª instancia por el Consejo de Estado, quien declaró una nulidad de la demanda instaurada por el Abogado Gustavo Prado, luego no sirven de precedente para los 70 procesos que debe fallar la justicia de Cali. Sigo reiterando que el cobro es ilegal.
La población por el contrario no está convencida de la legalidad del trámite y el recaudo se cayó en este primer trimestre del año frente al del año 2012.
Añadió que paradójicamente el mayor esfuerzo en el pago de la contribución por valorización, lo han hecho los sectores populares de la ciudad, siendo las grandes superficies y los barrios de estratos altos, los que más han recurrido a los estrados judiciales para cuestionar los actos administrativos que le dan vida jurídica a las obras.
No es que los estratos altos hayan recurrido a los estrados judiciales para controvertir las megaobras, los reparos fueron generalizados con 36.453 recursos de reposición al cobro de la valorización, pero las demandas es una cuestión eminentemente profesional de unos propietarios de inmuebles , que tiene unos costos y que nada tiene que ver con clases socio- económicas.
Altas cortes como la Sección Cuarta del Consejo de Estado, negó la solicitud de suspensión provisional de la resolución 0169 de 2009, que es la resolución distribuidora de la contribución por valorización. Por su parte, el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle también se pronunció en varios fallos de Acciones Populares, negando la nulidad de la resolución mencionada.
“La suspensión provisional, hoy prevista en el artículo 238 de la C.P., y que había sido regulada por el artículo 152 del -C.C.A.- (artículo 31 del Decreto 2304 de 1989) en vigencia de la anterior Carta Política, fue concebida para la defensa del ordenamiento superior de las eventuales agresiones de actos administrativos, que amparados en su presunción de legalidad, incurran en una ilegalidad manifiesta, que surja de la mera comparación del acto administrativo impugnado con textos normativos superiores que se aduzcan como desconocidos por la Administración, sin que se requiera efectuar un mayor estudio a la confrontación directa de sus contenidos. Con la adopción de esta medida cautelar se detienen temporalmente los efectos de los actos administrativos y, por lo mismo, se suspende su fuerza obligatoria (arts. 238 superior, 66 No. 1 y 152 del C.C.A.). … la procedencia de la suspensión provisional de un acto administrativo está condicionada a que la violación al ordenamiento jurídico que se le imputa al mismo sea evidente, ostensible, notoria, palmar, a simple vista o prima facie, conclusión a la que se debe llegar, …, mediante un sencillo y elemental cotejo directo entre el acto administrativo demandado y las normas que se invocan como transgredidas, en un proceso comparativo a doble columna, que no requiere de mayores esfuerzos interpretativos o probatorios, porque, en el caso de requerir un análisis profundo o un estudio de igual naturaleza de los medios probatorios aducidos con la demanda, no resulta posible su decreto, y las consideraciones de legalidad o ilegalidad en torno al acto se deben posponer para la sentencia”.Auto 24 de 2009 Consejo de Estado.
Las demandas sobre la ilegalidad de la valorización requieren un análisis profundo, dadas las complejidades del tema, en especial de un sistema que es poco conocido y que tiene unos elementos técnicos que requieren estudio profundo, luego de los fallos de los Jueces negando medidas provisionales , no se puede concluir nada.
“Los altos tribunales nos han dado la razón y fallo a fallo han desestimado las pretensiones de los ciudadanos que buscaban la nulidad y el restablecimiento del derecho, contra los actos administrativos que ordenan el cobro de las obras. Esta situación permite dar un parte de tranquilidad a los caleños que tenían dudas", dijo Pachón Arenales.
No puede existir parte de tranquilidad a los Caleños sobre la valorización y las megaobras, la verdad es una: La valorización en Cali ha sido INCONVENIENTE E ILEGAL. Solo es observar que se declaró la quiebra oficial de las Megaobras porque:
1. No hay dineros para terminar las obras en construcción, que valen $130 mil millones, para entregar el túnel de la Avenida Colombia están utilizando el dinero del impuesto del alumbrado publico ($2.000 millones) y haciendo fraccionamiento de contratos con el contratista de Emcali MEGAPROYECTOS, para la iluminación del túnel, de la plataforma a nivel y el montaje y energización de las luminarias.
2. No hay dineros para pagarle las deudas a los contratistas- concesionarios de las megaobras, facturación que llega a $130 mil millones adicionales, con el agravante que en el 2012 y en los meses que llevamos en el 2013 no les han podido pagar ni un peso, lo que le genera costos adicionales por intereses al plan 21 megaobras.
3. No hay dinero para construir la 2ª fase de Megaobras que según la Secretaría de Infraestructura y Valorización cuestan $808 mil millones y cada mes que pase hay unos sobrecostos por ajustes ante las tardanzas de las megaobras superiores a $10 mil millones, suma superior al pago promedio mensual de los Caleños que no llega a ese valor.
"Lo que no pueden seguir argumentando los detractores de las obras, es que lo mejor es no desarrollar la ciudad o esperar que Cali, con el plan de ajuste fiscal que afronta, siga en una actitud pasiva, amparándose en las formas clásicas de gestión, por la cual, el beneficio general no existe y solo se beneficia cada predio en particular", afirmó. “Necesitábamos una inyección importante de presupuesto y con las obras por valorización, la ciudad tiene un nuevo aire que dará una nueva cara a la ciudad, la cual, está preparada para recibir inversión extranjera, como hoy ocurre con diversos países interesados en desarrollar inversiones en nuestra región”, concluyó el director jurídico.
Nadie en Cali es detractor de las obras, ni nadie está contra el desarrollo de la ciudad, lo que se ha cuestionado es la ausencia de planeación , la ejecución de un programa de vías sin plan vial, la aplicación de un instrumento legal como es la valorización sin cumplir las exigencias de este estatuto de contar con estidios y diseños definitivos para su liquidación y cobro.
Me permito especialmente entregarle a los Abogados de la ciudad, el link de las declaraciones del Jefe Jurídico en las mismas paginas de la alcaldía: http://www.cali.gov.co/alcaldenlinea/publicaciones.php?id=51083, pues allí dice Javier Pachón: “por la cual, el beneficio general no existe y solo se beneficia cada predio en particular". Esta declaración del Jefe Jurídico de la alcaldía permite concluir que:
- No conoce el sistema de valorización.
- No conoce como se aplicó la contribución en Cali, en donde por primera vez fue por beneficio general.
- Maneja un discurso político, con verdades parciales , interpretaciones equivocadas, siendo el problema legal, en los estrados judiciales
- En las demandas, ésta es una prueba adicional sobre la improvisación de la alcaldía de Cali, en la aplicación de la valorización en la ciudad.
Sigue equivocado el Jefe Juridico, no reconoce la imperiosa necesidad legal de devolver los dineros de los contribuyentes sobre megaobras no construidas, en la defensa que hace el Municipio en las demandas contra la valorización, mantiene la mentira de que las megaobras se hicieron con estudios y diseños completos y ahora, trata de concluir sobre sentencias judiciales donde se distorsiona la verdad de los hechos.