
Claridad en el marco jurídico y políticas de fomento por parte del Estado, son la condición básica necesaria para que esta forma de economía cooperativa pueda prosperar y ser una opción para diversos sectores de la población colombiana hoy excluidos.
El Decreto 2025 de 2011 estableció, de una parte, la obvia y reiterada prohibición legal a la intermediación laboral y de otra, que las instituciones o empresas públicas y/o privadas no podrán contratar procesos o actividades misionales permanentes con cooperativas o pre-cooperativas de trabajo asociado, so pena de incurrir en unas muy fuertes sanciones económicas, e inclusive de la disolución y liquidación de la cooperativa.
Según este decreto, las CTA y PCTA que venían prestando sus servicios a entidades públicas y/o privadas, para el desarrollo de procesos o subprocesos de cualquier naturaleza, actuando como contratistas independientes, han quedado impedidas para realizar contratos, con lo cual no solamente se está excediendo la facultad reglamentaria, sino que se violan los derechos a la igualdad ante la ley; la especial protección al trabajo en cualquiera de sus modalidades; la protección estatal a las formas asociativas y solidarias de propiedad, y la libertad de empresa, la iniciativa privada y la libre competencia.
De 4.307 cooperativas reportadas en el año 2010, se pasó a 3.478. Una reducción de más de 1.100 entidades. Si bien el proceso de depuración era necesario y urgente, la estigmatización sobre esta figura ha llevado a que muchas auténticas Cooperativas de Trabajo Asociado también hayan desaparecido o estén en ese proceso. La inseguridad jurídica generada en este subsector, el desconocimiento de muchos funcionarios sobre este complejo asunto, la persistente debilidad del Estado en materia de vigilancia y control, ha ocasionado un gran temor de las empresas que contrataban servicios con auténticas Cooperativas, lo cual ha creado una difícil situación para muchas de estas empresas cooperativas.
En la actualidad encontramos según Confecoop falsas cooperativas.
Falsas cooperativas que ofrecen crédito de manera rápida y sin muchos requisitos, estos préstamos se realizan a pensionados, maestros y empleados públicos, como una opción para solucionar sus necesidades de liquidez.
En estas falsas cooperativas, los supuestos asociados, son simplemente clientes de crédito, que nunca participan realmente de una gestión democrática como dueños de la cooperativa, no conocen sus derechos para elegir o ser elegidos como directivos de la cooperativa y mucho menos obtienen beneficios sociales por su vinculación. De otra parte, por tratarse de una iniciativa que no parte de los asociados sino de personas con intereses claramente económicos, los recursos con que se financian estas falsas cooperativas no provienen en gran medida de sus asociados sino de terceros que vienen siendo inversionistas. También en estas cooperativas en su afán de obtener ganancias, abusen en el cobro de tasas de interés o cobran servicios que nunca son prestados a los asociados.
Las cooperativas legales, piden al Gobierno un fortalecimiento en la supervisión y el control del sector, ante la constante aparición de entidades falsas cuyo único propósito es estafar a las personas más necesitadas.