Redacción
El Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura Arquitecto Alberto Escobar, Wilson- White ordenó al representante legal de la Plaza de Toros de Cali, Ingeniero Alfredo Domínguez Borrero, el estudio de títulos y escrituras públicas realizados en el PEMP Plaza de Toros Cañaveralejo de Cali, y remitir al peticionario Ramiro Varela M. Así mismo le ordenó informar que instancia debe tener el primer añillo de aislamiento, como espacio que quedaría entre la Plaza y el proyecto inmobiliario, de conformidad al artículo 33 del C.C.A.
“No estamos de acuerdo en que los documentos de nuestro PEMP (Plan Especial de Manejo y Protección), sea un documento de consulta pública
La respuesta del mismo día 13 de marzo, firmada por el Presidente de la Plaza de Toros de Cali S.A. Alfredo Domínguez y dirigida al Doctor Juan Luis Isaza Londoño Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura se niega a entregar el estudio de títulos de la Plaza de Toros, al afirmar que “No estamos de acuerdo en que los documentos de nuestro PEMP (Plan Especial de Manejo y Protección), sea un documento de consulta pública, ya que es tramite privado que la sociedad Plaza de Toros de Cali está adelantando como le corresponde ante el Ministerio de Cultura para su aprobación.
Estamos atentos a que en la próxima reunión de Consejo Nacional de Patrimonio nuestra formulación sea presentada y se emita un acto administrativo que lo apruebe… Alfredo Domínguez Borrero. Presidente “
Antecedentes
En derecho de petición dirigido al Ministerio de Cultura se presentó la solicitud de hacer el estudio de títulos y escrituras públicas realizadas para el PEMP de la Plaza de Toros de Cali Cañaveralejo.
Se presentó al Ministerio de Cultura el estudio de esas tierras elaborado por el Ingeniero Claudio Borrero Quijano en el que se precisa el carácter ejidal de los terrenos que ocupa la actual Plaza de Toros de Cali y por ello, el Gobierno Nacional debe precisar su concepto al respecto, antes de desafectar el Monumento Nacional Plaza de Toros de Cali y permitir la construcción de un centro comercial.
Será el Ministerio de Cultura el que dirima esa situación o los ciudadanos puedan acudir a buscar una medidas cautelares en una acción popular
La respuesta de la Plaza de Toros fue negativa a entregar el estudio de títulos y será el Ministerio de Cultura el que dirima esa situación o los ciudadanos puedan acudir a buscar una medidas cautelares en una acción popular, para defender los derechos colectivos y del ambiente, como el derecho al espacio público, pues es un deber del Estado velar por la protección del integridad del espacio público, claramente determinado en las normas Municipales. Así mismo el derecho de gozar de un ambiente sano. No olvidemos que la ley define como parte del espacio público a elementos naturales de bienes privados destinados por su naturaleza uso o afectación a satisfacción de necesidades urbanas colectivas. En este caso el lote de la Plaza de Toros está destinado por el POT y varias normas Municipales a un uso ambiental, institucional y recreativo para atender las necesidades de la comunidad de Cali. Y es allí donde el Ministerio de Cultura puede extralimitarse en sus funciones, al entregarle a la Plaza de Toros licencia (Patente de Corso) para construir un centro comercial.
Se anexa la orden del Ministerio de entregar el estudio de títulos y la negativa de la Plaza de Toros para que estos documentos sean públicos.
Se anexa información del Ingeniero Claudio Borrero donde se precisa el carácter ejidal de dichos terrenos: https://historico.caliescribe.com/estudios-urbano-regionales/2015/03/14/7750-plaza-toros-negociacion-irregular