
Por Claudio Borrero Quijano.
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.
ZUMBAMBICO
Por Ing. Claudio Borrero Q.
“RESTITUYENDO LOS IMPRESCRIPTIBLES EJIDOS”
La Sentencia de Acción Popular decidida por unanimidad en Sala Judicial reunida el 20 de Abril de 2.015, me permite entregar comentarios en mi condición de Accionante e Ingeniero Civil.
Pretendí dentro del marco legal la restitución de este patrimonio público territorial representado en EJIDOS (7.600 Ha.), Áreas de Reserva Forestal Protectora (8.800 Ha) y el Parque Nacional Natural de los Farallones de Cali (15.000 Hectáreas). Se busca el goce del colectivo de estos bienes imprescriptibles de uso públicos, desafortunadamente violentados por el 1% de “avivatos” de la población caleña, que utilizaron toda clase de mañas para apropiarse ilícitamente del 57% del patrimonio Público Territorial del Municipio de Cali, vulnerando la perpetuidad de dominio de la masa patrimonial del común de gentes, con absoluta inmoralidad administrativa. Los funcionarios públicos continúan violando la ley, amparados en una garantizada impunidad judicial agregada a la de los organismos de control ligados al cordón umbilical de la corruptela politizada, éste blindaje contemplativo político simultáneamente financia la política electoral del país.
El Presidente de Colombia JUAN MANUEL SANTOS, proclamó la restitución de los bienes territoriales del Estado en COLOMBIA. En el Departamento de Nariño reafirmó “Habrá cárcel para los “AVIVATOS”. El nuevo Ministro Liberal de Agricultura Iragorri Valencia de la meca del feudalismo colombiano no tiene asomo en el énfasis aportado por el ex Ministro de Agricultura, el conservador JUAN CAMILO RESTEPO. Será que después de denunciar las haciendas de los cabecillas de las FARC bajó la guardia el Gobierno, en la política de restitución de tierras usurpadas por los mas “avispados” ?
En la Sentencia del rescate de dos EJIDOS DEL MUNICIPIO DE CALI, aprobada por unanimidad de los tres H Magistrados de la Sala de Decisión con ponencia valerosa del H. Magistrado Ponente y a la vez Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, Abogado OSCAR A VALERO NISIMBLAT, aprobada en sentencia de segunda instancia el 20 de Abril de 2.015 conjuntamente con sus colegas los H. Magistrados JHON ERICK CHAVES BRAVO y FERNANDO GUZMÁN GARCÍA, Providencia Judicial a donde se lee :
“Tornándose igualmente cuestionable el hecho que sea un ciudadano y no los funcionarios del Municipio quien haya promovido denuncia de estos PÉRFIDOS hechos, por lo que es manifiesto el descuido e incumplimiento de los deberes del personal municipal que tiene a su cargo los EJIDOS”.
DE LA SENTENCIA SOBRE “INMORALIDAD ADMINISTRATIVA”
PERFIDIA(REAL ACADEMIA DE LA LENGUA) = “DESLEALTAD, TRAICIÓN O QUEBRANTAMIENTO DE LA FE DEBIDA, TRAIDOR QUE FALTA A LA FE QUE DEBE”