Por Clara Bedoya Borrero
Abogada, Caleña raizal y accionista de la PLAZA DE TOROS S.A
 
El lote de los  PARQUEADEROS DE LA PLAZA DE TOROS S.A. interpretándose el espíritu del texto constitucional, reafirma el principio de la inseparabilidad de los bienes de su destino público, como meta y razón de ser de la inalienabilidad, y únicamente cuando el “INTERÉS PUBLICO” exige tal separación, ésta se produce con desafectación determinadora del cese del dominio público y de la inalienabilidad, de tal manera, que existe la posibilidad de enajenación de estos terrenos de origen ejidal, bajo condición sujeta al cumplimiento de determinadas formalidades legales la venta de el terreno de ese origen como: La limitación de la enajenación sólo para construcciones, o con fines de reforma agraria, siempre y cuando se cumplan las formalidades señaladas en los Acuerdos, entre ellas, el requisito de la “previa desafectación”.

Esta solicitud se ha hecho de forma extemporánea ya que inconsulto a los pasos que se debían dar para la venta de los Parqueaderos se hizo un año después de la firma de la promesa de venta del lote por parte del Presidente de la Plaza de Toros  a un particular y después de haber recibido  la suma de $1.900 millones de pesos con el único fin de cubrir el desfalco creado por la FUNDACIÓN PLAZA DE TOROS.

Constitucionalmente solo el Concejo de Santiago de Cali puede desafectar los predios ejidales, y los inmuebles donde se ubica la PLAZA DE TOROS

Constitucionalmente solo el Concejo de Santiago de Cali puede desafectar los predios ejidales, y los inmuebles donde se ubica la PLAZA DE TOROSy todo su entorno (como los Parqueaderos) que pertenecen a la zona ejidal denominada ISABEL PEREZ. Además debe estar ésta desafectación de uso y protección ambiental y cultural, condicionada a la compensación de  un área equivalente a la superficie de área que se llegue a desafectar.

No encontrándose razones de ninguna índole en el caso específico de los parqueaderos, la construcción de un Centro Comercial no necesario para la ciudad, al frente del ya existente COSMOCENTRO, una mole de cemento más   no le aporta ningún beneficio a Cali, más bien conlleva no solo a un detrimento patrimonial, sino a un detrimento urbanístico, ambiental, y aún detrimento social. No hay pues, razones de índole económica, social, ni ambiental que lleguen a justificar la desafectación del área de parqueaderos; solo hay razones personales de unos pocos, que como escribió en su columna del diario EL PAIS  de Cali la doctora Soffy Arboleda, todo se debe a la obtención “del vil metal”

EXHORTO al HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SANTIAGO DE CALI , y muy especialmente, al Alcalde del Municipio de Santiago de Cali, Dr. RODRIGO GUERRERO  VELASCO (en cuanto a la debida representación y defensa de los intereses del Municipio),  a asumir y ejercer sus funciones de la manera más diligente y con estricta sujeción al derecho, por cuanto de manera contraria, su responsabilidad se encuentra evidentemente comprometida, sin contar los daños y perjuicios que su proceder puedan ocasionar al órgano que representan y con ello a la colectividad en general, constituida en última beneficiaria de dicha función pública y los servicios que la misma está llamada a cumplir, dada su elevada misión.

Las construcciones  de la Plaza de Toros de Cali con todo su ENTORNO ( incluidos los parqueaderos), son bienes de Interés Cultural de la Nación

PREGUNTO: Quien o quienes están interesados en la desafectación de este terreno? Cuales son sus argumentos?

PREGUNTO: Beneficia en alguna forma a la ciudad la venta de los parqueaderos de la Plaza de Toros?

PREGUNTO.-  Es importante conocer la posición oficial tanto del Municipio, como del Concejo sobre la venta de los parqueaderos de la PLAZA DE TOROS?

Las construcciones  de la Plaza de Toros de Cali con todo su ENTORNO ( incluidos los parqueaderos), son bienes de Interés Cultural de la Nación, según Acuerdo 069 del año 2000, mediante  el PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL del Municipio de Santiago de Cali, en el artículo 167 informa de listado de Bines  de Interés Cultural de la Nación en el cual se encuentra la PLAZA DE TOROS DE CALI según respuesta a derecho de petición al señor alcalde de Santiago de Cali Radicado No.201341110000082 de febrero 02 de 2013 suscrito   por el Dr. JUAN FERNANDO VALLEJO LOPEZ,  Subdirector de Ordenamiento Urbanístico.

Cabe antora que ante mi pregunta en el derecho de petición  al señor Alcalde fechado el 02 de Enero de 2013 a mi pregunta No. 1 “ ¿TIENE CONOCIMIENTO DE LA POSIBLE NEGOCIACION  DEL LOTE  DESTINADO UNICA Y EXCLUSIVAMENTE A PARQUEADEROS DE LA PLAZA DE TOROS DE CALI?  Las respuestas fueron contradictorias entre el Subdirector de Ordenamiento Urbanístico Dr. JUAN FERNANDO VALLEJO LOPEZ y el  Jefe Oficina Jurídica alcaldía Santiago de Cali Dr. JAVIER MAURICIO PACHON ARENALES;  el primero o sea el doctor Vallejo manifiesta “…, NO SE HA RECIBIDO INFORMACIÓN SOBRE EL PROYECTO DE VENTA  DEL LOTE DE LOS PARQUEADEROS DE LA PLAZA DE TOROS (BIEN DE INTERES CULTURAL)…” A febrero 02 de 2013 el Subdirector de Ordenamiento Urbanístico del Municipio DESCONOCIA ESTA NEGOCIACION, la cual se había firmado una promesa de compraventa el 28 de diciembre del 2012.

El Jefe de la Oficina Jurídica doctor JAVIER PACHON responde que tuvo conocimiento, “porque en calidad de accionista  (el municipio) fue citado a la asamblea celebrada  extraordinaria celebrada el pasado 16 de enero de 2013…”.

PREGUNTO.- Si el municipio aparentemente se enteró de la negociación el 16 de enero de 2013, fecha de la asamblea extraordinaria de la Plaza de Toros, quien o quienes  fueron responsables de que la negociación se hiciera a espaldas del Municipio, ya que la transacción (compraventa) con recibo de dineros se hizo como hecho cumplido el 28 de diciembre de 2012?

La inconformidad de la SMP defensora centenaria de la ciudad que considera esa determinación como un nuevo aporte al desorden urbano que impera en la ciudad

El presidente de la PLAZA DE TOROS S.A. Dr. ALFREDO DOMINGUEZ BORRERO en octubre 12 de 2012 solicitó un concepto a la SOCIEDAD DE MEJORAS PUBLICAS DE CALI SOBRE LA POSIBLE NEGOCIACIÓN de venta de los parqueaderos; el día  12 de octubre de 2012 mediante radicado P – SMP – 180 – 12, firmado por el Presidente NICOLAS RAMOS GOMEZ  mediante concepto motivado manifestó la SOCIEDAD DE MEJORAS PUBLICAS DE CALI SU INCONFORMIDAD  “…las razones anteriores motivan la inconformidad de la SMP defensora centenaria de la ciudad que considera esa determinación como un nuevo aporte al desorden urbano que impera en la ciudad”…, enviándole copia al señor GOBERNADOR DEL VALLE, Dr. Ubeimar Delgado Blandón, al señor ALCALDE DE CALI, Dr. Rodrigo Guerrero Velasco, al señor GERENTE DE EMCALI, Dr. Ramiro Tafur., todos los entes accionistas estatales quedaron plenamente notificados de esta concepto. Sin embargo dos meses después el Dr. Domínguez Borrero, EN SU CALIDAD DE Presidente de la Plaza de Toros S.A. negoció los terrenos de los Parqueaderos y lo que es más grave recibiendo una cuantiosa suma de dinero, como si se tratara de una empresa privada, donde las entidades gubernamentales no han ejercido la defensa del patrimonio de Cali.

PREGUNTO.- Ante tanta arbitrariedad y negligencia de los accionistas estatales en detrimento del patrimonio del municipio, el Concejo Municipal de Cali debe  en representación de todo el pueblo de Cali oponerse definitivamente a la venta de estos parqueaderos, que es negocio para unos pocos en detrimento del patrimonio de la ciudad de Cali.