Urbanización Rincón de Fátima ha sido “parada”RedacciónHan continuado los problemas con la construcción “ilegal” de un condominio – urbanización denominado “Club Rincón de Fátima”, 174 lotes o quintas campestres de estratos socioeconómicos 6 según la licencia de urbanismo otorgada “ilegalmente” por la Curaduría Urbana No. 1, en un lote de 196.208 m2 ubicado en el sur de la ciudad, con frente al río Pance y con acceso después del puente del Centro Recreacional Comfandi y en el costado occidental de la Av. Cañasgordas, pues Planeación Municipal ha actuado con firmeza a través de la Subdirectora de Ordenamiento Urbanístico María Virginia Velasco Garrido, con el apoyo del director del DAPM Arquitecto León Darío Espinoza.Profesionales de la Medicina y otras disciplinas compradores de buena fe, engañados, preparan demandas penales, ante el engaño de que han sido objetoLas ventas de los lotes o quintas ha seguido en Club o Rincón de Fátima, pero a espaldas del Municipio y de la Curaduría, quienes ya informan que las licencias han vulnerado el POT y las normas legales y por lo tanto, no permiten más licencias de construcción, por lo que Profesionales de la Medicina y otras disciplinas compradores de buena fe, engañados, preparan demandas penales, ante el engaño de que han sido objeto.El proyecto de lote fue aprobado con interpretaciones ilegales del POT y ha sido construido con la figura de un club resort, al encontrarse en un área de manejo productivo, definida en el Art. 448 del POT de la ciudad (Acuerdo 069 de 2000). Las únicas actividades permitidas en esta área son agropecuaria, agroindustrial, recreativa y turística, luego ilegalmente se parceló, y vendieron las fincas como lotes o casas construidas, como quintas campestres. Mediante este mecanismo jurídico lograron que la oficina de Registro les abriera matricula inmobiliaria a 174 lotes o quintas campestres de estratos socioeconómicos 6, según la licencia de urbanismo otorgada "ilegalmente" por la Curaduría Urbana No. 1, trámite que ya ha sido suspendido por la Superintendencia de notariado y registro.ANTECEDENTES INFORMADOS POR CALIESCRIBELas zonas fueron divididas como lotes privados de conformidad a una propiedad horizontal, elevada a escritura pública, como subconjuntos y así nacieron las casas y los lotes a la venta. Proyecto como un Club, cuando en realidad es una urbanización ilegal con toda la apariencia de legalidad.Es inconveniente porque el POT de la ciudad no permite que en áreas agropecuarias y recreacionales se desarrolle el urbanismo, se genera y se atrae un nuevo polo de desarrolloCada zona tiene un número de quintas campestres y cada quinta campestre tiene un área construida inicial de 150 m2 en un primer piso, bienes comunes de área superior a 700 m2. Es decir, nació una urbanización en área agropecuaria en predios menores de 1000 m2, lo que el POT no lo permite.Es inconveniente porque el POT de la ciudad no permite que en áreas agropecuarias y recreacionales se desarrolle el urbanismo, se genera y se atrae un nuevo polo de desarrollourbano que la ciudad no lo tiene incorporado para su infraestructura urbana y no está dotado de los servicios públicos como ordena el Municipio de Cali.La inundabilidad del predio no está garantizada al estar colindando con el río Pance y al tener licencias de urbanismo y construcción, se tiene la patente de corso para realizar a venta de inmuebles con una presunción de legalidad. El catastro de la ciudad es el burlado, pues su avalúo es ínfimo como predio rural y agropecuario, no pagaron plusvalía por el cambio de uso, ni por su nueva construcción, menos pagaron valorización por Megaobras. Todo esto es totalmente injusto y riesgoso con la ciudad.Porque no ha cumplido las especificaciones del esquema básico aprobado por Planeación, ni las obligaciones urbanísticas¿Por qué es ilegal?Porque no ha cumplido las especificaciones del esquema básico aprobado por Planeación, ni las obligaciones urbanísticas. Adicionalmente es ilegal por el uso residencial incompatible con el uso agropecuario y recreativo que tiene la zona.Planeación Municipal ante las quejas verbales de muchos compradores de lotes, canceló mediante resolución no. 4132.3.21.SOU 506 de 2011 el registro como constructor a la constructora Rincón de Fátima y la obligó a cumplir las normas para el desarrollo de las actividades de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda y las obligaciones adquiridas frente a la misma Planeación Municipal de Cali, con anterioridad a la fecha de la resolución.Es decir, que actualmente la constructora realiza en la ciudad actividades de construcción de obras de urbanismo y venta de lotes sin el control de Planeación Municipal y sin cumplir los requisitos del Art. 71 de la Ley 962 de 2005 reglamentada por el Decreto 2180 de Junio 21 de 2006. Igualmente la constructora incumplió el Art. 2, Numeral 5º del Decreto ley 078 de 1987, la Ley 66 de 1968 y el Decreto Ley 2610 de 1979, por lo que le cancelaron el registro para ejercer la actividad de construcción y venta de muebles destinados a vivienda.El proyecto y Cali, el problemaAfecta al Municipio de Cali este tipo de proyectos, pues la ciudad no está preparada para afectar ambientalmente los terrenos no aptos para urbanizar, ni existe la infraestructura urbana en el sur de la ciudad, para seguir demandando y ofertando tráfico vehicular con unidades residenciales sin la debida planeación. El Municipio a través de sus entidades en ésta administración, empezó a actuar y ya por lo menos está deteniendo las nuevas construcciones, esperando la actuación de los organismos de control sobre la Curaduría Urbana y los funcionarios que permitieron este descalabro urbano para la ciudad.