El proceso de paz se enreda…La Corte contempla requisitos que deben cumplir los guerrilleros en proceso de reinserción de manera previa para participar en políticaLa Corte Constitucional de Colombia mediante fallo que avaló el marco jurídico para la paz, indicó que los responsables de delitos de lesa humanidad y de genocidio, cometidos de manera sistemática no pueden participar en política. La Corte contempla requisitos que deben cumplir los guerrilleros en proceso de reinserción de manera previa para participar en política. Mediante esta sentencia el proceso de paz indudablemente se enreda, pues si los guerrilleros no aceptaban el marco jurídico para la paz, mucho menos van a aceptar la sentencia de la Corte Constitucional.En otras palabras, la gran mayoría de los comandantes guerrilleros, Jefes de bloques y frentes tendrán que pagar cárcel, seguramente con una justicia transicional más flexible que la otorgada a los paramilitares, pero adicionalmente no podrán recibir directamente funciones como Congresistas o aspirar al voto popular para llegar a la Presidencia de la República o al Parlamento Colombiano.Un punto muy importante a tener en cuenta son los condicionamientos para la participación en política a favor de las víctimas, pues los excombatientes deberán imperativa e ineludiblemente atender los derechos de las víctimas. Los delitos del narcotráfico cuando sean conexos al delito político, las órdenes de extradición permanecerán vigentesPara resaltar los criterios que la Corte Constitucional colocó para que el Gobierno Nacional tenga en cuenta en la elaboración del proyecto de ley estatutaria sobre la materia, los limitantes para la participación en política de los guerrilleros y la atención a las víctimas. Precisó la Corte que los crímenes de guerra, los actos de terrorismo y los delitos trasnacionales no pueden ser reconocidos como conexos al delito político. Es decir, que estos delitos son de competencia de la Corte Penal Internacional como claramente lo determina el estatuto de Roma.Otro tema tan complicado para la paz con los grupos guerrilleros, es que los delitos del narcotráfico cuando sean conexos al delito político, las órdenes de extradición permanecerán vigentes. En otras palabras EEUU, Japón, Países Europeos que tengan solicitud de extradición sobre guerrilleros por temas por narcotráfico, deberán ser enviados a esos países.En un mensaje claro, la Paz de Colombia obliga la concertación entre Juan Manuel Santos y Álvaro Uribe VélezDe esta manera la figura del delito conexo para blindarse ante tribunales de justicia extranjera con delitos de narcotráfico no podrá utilizarse. Para un buen entendedor pocas palabras, bastan y será la guerrilla la que exija como una tabla de salvación al proceso de paz la Asamblea Nacional Constituyente, que ha sido reiteradamente negada por el Presidente Juan Manuel Santos y la Unidad Nacional. En este caso, el Centro democrático y el Expresidente Álvaro Uribe Vélez tienen mucho que decir y que decidir, con un Senado que necesariamente tiene que contar con el 20% de una bancada homogénea, para poder dar paso a cualquier acto legislativo o reforma constitucional, que exigiría la guerrilla colombiana.Luego debemos enviar un mensaje claro, la Paz de Colombia obliga la concertación entre Juan Manuel Santos y Álvaro Uribe Vélez.