Planeación le usurpaba la facultad constitucional al Concejo MunicipalRedacciónLa controversia de la semana en la Ciudad la generaron la decisión del Concejo de Cali de mantener al interior del POT su competencia constitucional, para darle el uso del lote de la Plaza de toros, la objeción que hiciera la Alcaldía Municipal de Cali por dicha aprobación y las reacciones ciudadanas al respecto.El Presidente del Concejo Fabio Arroyave, los Concejales ponentes y los miembros de la comisión Plan y Tierras quienes aprobaron el POT de Cali, salieron a defender lo decretado mediante acuerdo municipal y Planeación Municipal consideró que el procedimiento no cumplió las normas legales para la aprobación de este tipo de proyectos y apoyó devolverlo al cabildo, para que una comisión accidental le rinda informe a la plenaria del Concejo.Los ciudadanos de Cali se han dividido frente a este tema, el Presidente del Concejo ha recibido palo, como uno de los artífices de una decisión dentro del POT, que dañaría el negocio de la venta parcial de 35 mil m2 de lote de la Plaza de Toros, para construir un centro comercial y el Conejo tambien.Caliescribe ha fijado una posición editorial frente al tema, pero serán los ciudadanos los que valoren la información entregada en entrevista dada por el Presidente del Concejo Dr. Arroyave, donde precisa que éste cambio de uso tan solo puede ser entregado por el Concejo de Cali, quien tiene la competencia constitucional y legal para pasar el lote de parque o uso institucional a comercial.Es un activo, se busca que haya una protección por la historia, arquitectura, medio ambiente de la ciudadQué es un Bien de Interés Cultural, protegido como patrimonio de la ciudad y por el uso del suelo restringidoEs un activo, se busca que haya una protección por la historia, arquitectura, medio ambiente de la ciudad, son de propiedad del municipio, Nación y de particulares. Requieren un Plan de Manejo Especial.¿Es conveniente permitir en los Bienes de Interés Cultural que parcial o totalmente se vuelvan comercio?La vocación del bien debe definirse y esa facultad del uso es del Concejo, debe ser de carácter institucional.¿Es conveniente que el Concejo y Ministerio de Cultura permitan desafectar el patrimonio cultural de la ciudad?En principio no es conveniente, el Ministerio debe aprobar debe aprobar los Planes de Manejado Especial PEM y el concejo debe definirlo sobre argumentes técnicos, sociales, cultural, etc.En principio no debe permitirse este centro comercial en frente de otro, no es conveniente¿Cuál es su posición frente al caso de la Plaza de Toros?Varios elementos, las decisiones han sido apresuradas por parte de la Junta Directiva de la Plaza de Toros, de la misma asamblea de accionistas y de la Administración Municipal, quien ha apoyado este proceso. La Plaza de Toros es una sociedad privada que tiene un lote, que tiene una vocación, su uso lo define la municipalidad y dentro de ella le corresponde al Concejo Municipal.Se debe conocer el proyecto, hacer el debate de frente a la ciudad, ver el impacto ambiental y la movilidad. En principio no debe permitirse este centro comercial en frente de otro, no es conveniente.¿El caso de la Plaza de Toros es competencia del Concejo Municipal o directamente del Ministerio de Cultura?La competencia constitucional y legal para otorgar el uso del suelo la determina la Constitución Nacional. En este caso de los Bienes de Interés Cultural, por supuesto el Cabildo de Cali tiene la competencia legal y constitucional. Lo del Ministerio de Cultura es para reglamentar los Planes Especiales de Manejo.Era un gran “mico”, pues le usurpaba la facultad constitucional al ConcejoAlgunos empresarios y periodistas dicen que la definición dada en el POT sobre los Bienes de Interés Cultural es un “mico”. ¿Cuál es su opinión?Desconocer la Constitución Nacional y las normas es un grave error. La Administración Municipal en su propuesta inicial pretendía que Planeación de Cali, le otorgara el uso a éste predio y a los demás, esto era un gran “mico”, pues le usurpaba la facultad constitucional al Concejo.Lo que el Concejo hizo fue definir en este caso de los BIC, lo que dice la Constitución Nacional