Desafíos que conlleva la justicia transicionalPor Luz B. Jiménez/Pablo BorreroLa propuesta del ex Presidente Gaviria de extender la aplicación de la justicia transicional, no solo a los guerrilleros y agentes del Estado, sino también a los civiles no combatientes (empresarios, banqueros, comerciantes, políticos, etc.), que de alguna manera aparecen comprometidos con hechos delictuosos, plantea en cierta forma un gran desafío para el proceso de paz que tiende a afianzarse en medio de un sin número de dificultades, objeto de un acalorado debate en el seno de las organizaciones políticas y sociales existentes en el país. Sin embargo el punto de partida radica en que la justicia transicional debe operar con amplitud y presteza, a fin de lograr su cometido y evitar así que se produzca un vacío institucional que acarrearía graves consecuencias para el futuro del proceso de paz.Esta circunstancia debe ser analizada y valorada en toda su dimensión, pues de lo contrario la sociedad en su conjunto no entendería por qué a unos actores del conflicto se les aplica la justicia transicional y a otros no, además de la inmensa decepción que causaría su aplicación unilateral con la cual se estaría incursionando en el peor de los mundos: el de la total impunidad.Ahora bien, las vicisitudes y dificultades que conlleva poner en marcha la justicia transicional estriban básicamente en su modus operandi, pues el establecimiento como tal no puede jugar el papel de juez y parte a la vez dentro del proceso de investigación, juzgamiento y sanción por los delitos cometidos durante el conflicto armado. Para ello se debe buscar un mecanismo idóneo y confiable que garantice formalmente en la práctica los derechos y garantías procesales constitucionales, y legales de los sindicados al debido proceso y el respeto al principio de presunción de inocencia en favor de cada uno de los procesados. Así las cosas una forma de conseguir que la justicia transicional cumpla a cabalidad con su objetivo consistirá en diseñar un instrumento judicial que permita asegurar en igualdad de condiciones la participación de representantes de la guerrilla, el gobierno y los ciudadanos escogidos por sorteo de una lista de inscritos en la defensoría del pueblo. De esta forma se podrían conformar uno o varios tribunales encargados de administrar justicia y de aplicar los principios de priorización, selección, suspensión temporal o definitiva de los procesos o sustitución de la pena, por otra no aflictiva de la libertad individual, además de la reparación de los daños causados a las victimas, etc.En correspondencia con lo anterior es menester aplicar el principio de la conexidad de los delitos comunes con el delito político, lo cual no excluye el juzgamiento y sanción para quienes hayan cometido delitos caracterizados por acciones de barbarie y ferocidad particularmente contra la población civil.La adopción del citado mecanismo para la integración del tribunal o tribunales especiales de justicia transicional, deberá resultar de los acuerdos de La Habana (Cuba) y como los demás aspectos de la agenda deberán ser refrendados por el gobierno, con base en un decreto ejecutivo con fuerza de ley en desarrollo de sus facultades omnímodas derivadas de su calidad de jefe supremo del Estado y responsable del orden público interno.No hay que olvidar que la justicia transicional tiene un carácter temporal y excepcional, y que en ningún caso suspende o sustituye la acción de la justicia ordinaria en el evento del juzgamiento y aplicación de las penas a los delincuentes comunes. Por lo demás, el camino a seguir en procura de aclimatar la paz no deja de tener sus escollos los cuales no pueden convertirse en obstáculos insalvables para la terminación del conflicto armado y posterior afianzamiento de la paz.VEEDURIA CIUDADANA POR LA DEMOCRACIA Y LA CONVIVENCIA SOCIALEl Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de laDemocracia y la Convivencia Social