Por Alicia Osorio González

Abogada demandante de la autorización de cobro de las Megaobras, Candidata al Concejo de Cali, No. L11 en el tarjetón del Partido Liberal.

El proyecto de las Megaobras y su falta de adecuada planificación.

Se ha establecido que las diez enfermedades más recurrentes de las organizaciones públicas son.

1. Excesiva burocracia

2. Falta de definición político – estratégica de la organización

3. Ausencia de control de gestión

4. Bajo perfil del recurso humano para acometer actividades especializadas

5. Desorganización administrativa

6. Alta rotación de personal

7. Predominio en resolver los problemas urgentes por encima de los problemas importantes

8. Escaso conocimiento del entorno organizacional (ciudadanos, instituciones vinculantes, leyes)

9. Uso inadecuado de los sistemas de información y comunicación

10. Excesiva centralización de la toma de decisión

Analizando todas y cada una de estas enfermedades es forzoso concluir que la administración del Municipio de Santiago de Cali, las padece todas y que ellas son consecuencia de la falta de conocimiento y aplicación de la planificación estratégica, elemento indispensable en la nueva gestión pública, situación en la cual es forzoso incluir al Concejo, la Personería y la Contraloría por los pobres o nulos resultados en el ejercicio del control que les corresponde.

Planificar significa que las decisiones de hoy producirán resultados en el futuro; resultados que se desprenden de la finalidad y de los objetivos de la organización y es por ello que la  nueva gestión pública persigue la creación de una administración eficiente y eficaz, es decir, una administración que satisfaga las necesidades reales de los ciudadanos al menor coste y para lograrlo es necesario que la gestión pública se lleve a cabo de acuerdo a los procedimientos establecidos  para la planificación estratégica que se rigen bajo los principios de economía, celeridad y eficacia  e incremento de la productividad del sector público.

Las Megaobras son un ejemplo contundente  de las graves consecuencias que puede producir un proyecto  que se improvisó dejando de lado la planificación estratégica: Podemos decir que en la estructuración del proyecto de las Megaobras brillaron por su ausencia esto principios.

Hoy es claro que los estudios técnicos y financieros y de capacidad de pago de los ciudadanos fueron rápidamente improvisados y alejados de la realidad, que las obras construidas no han contribuido a mejorar la movilidad de la ciudad y lo que es peor, la idoneidad de  su construcción deja serias dudas, tanto así que la Sociedad de Arquitectos ha solicitado los estudios pertinentes a lo cual accedió la Administración Guerrero

En cuanto al cobro de las Megaobras se puede establecer que:

1. La administración descargo sobre los hombros de los contribuyentes la amortización mensual de un gravamen durante un término varios años, hasta el 2017, sin tener en cuenta el decreciente o muy escaso poder adquisitivo de los ciudadanos, que tienen obligaciones prioritarias que no pueden desatender para efectuar dichos pagos.

2. Se perdió la credibilidad y la confianza en un proyecto del cual solo se han ejecutado una parte de las obras, otras andan lentamente o están licitadas pero no se han iniciado y las de mayor envergadura ni siquiera están licitadas,

3. A lo anterior se agregan los problemas de idoneidad en  la construcción que se ha presentado en algunas de ellas, especialmente del puente de la 70 que va por su tercera reparación, después de las dos que le llevaron a cabo en el primer año de construido.

4. Para completar las Megaobras ya no costarán más de $800.Mil Millones sino alrededor de$ 3 billones de pesos. Aguantará el bolsillo de los caleños?

A lo anterior debe sumarse el hecho de que el Tribunal Contencioso del Valle del Cauca declaró nula por inconstitucional la autorización de cobro de las Megaobras con cargo a vigencias futuras excepcionales que el Concejo le entregó al Municipio de Cali, es decir que la entidad se quedaría sin herramienta de cobro si el Consejo de Estado ratifica el fallo de primera instancia y habría efectuado un cobro de manera ilegal, comprometiendo así la responsabilidad de la administración.

Próximo tema: La Prescripción del Cobro del gravamen de las Megaobras.