Por Claudio Borrero Quijano.
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.
Transacción ilícita regaló 9.216.880 m2 del bien de uso público ejidal Meléndez sur (navarro), al pactar devolución parcial de 2.218.000 m2 usurpados por cuatro familias, la transacción ilícita se aprobó insólitamente en la sentencia 099 de acción popular 2009-0248 (constitucional – erga omnes), firmada por la juez 2ª. De descongestión administrativa, abogada Martha Cecilia Osorio Casalini, fallo fechado el 20 de agosto de 2.015, providencia que presuntamente raya en la prevaricación
La providencia ratificó la “transacción ilícita” de un bien de uso público ejidal intransigible por mandato legal (ley 41/48 – art ), en acto celebrado en noviembre 10 de 1.994, transgrediendo la ley vigente el alcalde de Cali de la época Rodrigo Guerrero Velasco quien aprobó el entuerto jurídico, contando con la asesoría de su director jurídico.
En su momento fueron quejosos de la transacción entre compadres del bien de uso público, el personero de Cali diego rojas girón y los abogados Orlando Esteban Marín Cifuentes y Armando Palau Aldana.
Cuatro años después entró en vigencia la norma sobre las acciones populares (ley 472/98), que desarrolló el artículo 88 de la C.N., garantizando la protección y defensa de los derechos e intereses colectivos, de grupo o número plural de personas.
El ejido de Meléndez sur (navarro) con área de 34.304.640 m2, debió reintegrar la tercera parte en área de 11.434.880 m2, este patrimonio público está soportado en la escritura número 308 de marzo 5 de 1.938 corrida en la notaria segunda de Cali a cargo de Ezequiel Gamboa.
La sentencia de primera instancia del juzgado primero civil del circuito de Cali a cargo del doctor, providencia sancionada el 30 de julio de 1.935, en segunda instancia ratificada por el tribunal superior de Cali, con firma unánime de los h. Magistrados Ernesto García Vásquez, Carlos Olano, y Jorge Enrique Velasco.
El personero Arístides Mafla elevó a escritura pública las dos sentencias en la notaria segunda de Cali a cargo de Ezequiel Gamboa, registrando el título el 11 de enero del folio, libro y de 1.938 tramitado ante el registrador Luis González, en las nuevas nomenclaturas le correspondió la matrícula 370-117585, a la fecha aparece con un saldo de 10.551.500 m2, de territorio ejidal imprescriptible, inalienable e inembargable patrimonio público, destinado en el código de régimen político municipal (decreto 1333/86 art. 169) exclusivamente a fomentar y ejecutar programas de vivienda social.
Las pruebas aportadas aparecieron no solamente en la planoteca oficial de la personería de Cali contando con la colaboración del ex personero doctor Adolfo León López Giraldo, prueba reina autenticada del original por la notaria trece de Cali, doctora Lucía Bellini.
Posteriormente en la planoteca oficial de la secretaria de vivienda social, se encontró el mismo plano del ejido de Meléndez, el cual fue debidamente autenticado por la funcionaria Caldas, directora de la planoteca oficial, con sellos que acreditan su autenticidad, documentos fechados en julio 7 del año 2.007
Ese mismo documento planimétrico fue revisado y avalado a solicitud del ingeniero civil Claudio Borrero Quijano y el abogado julio césar cabrera cano acogidos al derecho de petición por la universidad del valle, facultad de ingeniería topográfica con la firma del decano ingeniero quien realizó el estudio debidamente autorizado por el rector del alma mater doctor Ramos, dando respuesta al derecho de petición con fecha julio de 2.007
La totalidad de las pruebas están en el expediente de acción popular 2009-0248, la juez 2ª. Administrativa Martha Cecilia Osorio Casalini no estudió estas contundentes pruebas técnicas, pues se atrevió a manifestar.
La C.V.C. confirmó la planimetría con coordenadas geográficas amarradas al plano geodésico de Colombia del IGAC (Instituto Geográfico Agustín Codazzi), certificación de alta precisión firmada por el ingeniero Álvaro Aguado director técnico de la corporación autónoma regional del valle del cauca.
El plano que data del año 1.884 del agrimensor Liborio Vergara se autorizó contratarlo durante el juicio divisorio para su restauración planimétrica con el expreso visto bueno del personero de Cali, doctor Ignacio Cucalón, quien autorizó al ingeniero Manuel José Peña para restaurarlo en 1915.