Corte de cesped y ramas de los arboles: Cobro abusivoPor Luz Betty Jimenez De Borrero / Pablo A. Borrero V.El cobro del corte de césped en las áreas verdes públicas de los municipios ha generado con razón protestas ciudadanas y de algunos medios de comunicación al considerarlo como un nuevo atropello al bolsillo de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios porque según ellos en la sobretasa ambiental que se paga en la factura del Impuesto Predial está incluido ese servicio adicional al del aseo.Sin embargo, el gobierno nacional y el Congreso de la República determinaron que el corte de césped y la tala de las ramas de los árboles son actividades complementarias del servicio público domiciliario de aseo, como lo es el lavado de áreas públicas y deben pagarse con independencia de las actividades de barrido, recolección, transporte, disposición de residuos sólidos, mediante una fórmula tarifaria expedida a fines de 2015 por la Comisión Reguladora de Agua Potable y Saneamiento Básico CRA.El presidente Santos mediante el Decreto 2981 de 2013, reglamentó las leyes 142/94 (Servicios públicos domiciliarios) y 689 de 2001 (que a su vez modificó dicha ley) y desbordando la potestad reglamentaria introdujo en las leyes que dice reglamentar alteraciones que desvirtúan la voluntad del legislador en este caso, la eficiente prestación del servicio público domiciliario de aseo ya que los límites de esta facultad los señala la necesidad de cumplir adecuadamente la norma que desarrolla la reglamentación y no como en éste caso, configurándose un claro ABUSO DEL DERECHO al desviar el espíritu, el objeto y la finalidad de las mismas, pues mediante tal potestad definió en favor de los operadores de los servicios públicos que mayoritariamente son privados, unos cobros por cada actividad relacionada con el aseo y que anteriormente no se incluían en la tarifa ya que tales pagos salían del presupuesto de la respectiva empresa de servicios públicos o del ente territorial en este caso, el municipio de Cali. Lo grave es que el lavado de áreas públicas también será cobrado y la fórmula tarifaria también será onerosa teniendo en cuenta la escasez de agua.El corte de césped en las áreas verdes públicas de los municipios está definido y limitado en las normas antes citadas, a los separadores viales ubicados en vías de tránsito automotor o peatonal, glorietas, rotondas, orejas o asimilables, parques públicos sin restricción de acceso determinados en las normas de ordenamiento territorial, en tanto que las actividades que componen la poda de árbolesfueron limitadas exclusivamente alcorte de ramas, follajes, recolección, presentación y transporte para disposición final o aprovechamiento siguiendo los lineamientos que determine la autoridad competente., que se encuentren dentro del perímetro urbano, de manera que la poda de árboles no se incluyó como tampoco la de césped que complementa los andenes, dejando ésta última actividad a cargo del propietario ó arrendatario del inmueble, con lo cual se da un tratamiento contrario a ésta zona considerada como área pública no hace parte del predio del inmueble pero para efectos del corte de césped, tratamiento de área privada .Dicho cobro adicional a la tarifa de aseo, constituye una demostración más de que los servicios públicos son un negocio que representan grandes utilidades a los inversionistas privados, en tanto que el concepto de servicio público ha sido relegado por un Estado que considera que su papel en cuanto a dichos servicios es el de garantizar altas tasas de rentabilidad a los operadores particulares.Este cobro no garantiza que la ciudad mantendrá sus áreas verdes con adecuado mantenimiento pues la norma legal que definió el corte de césped y poda de ramas como parte del servicio de aseo establece unos parámetros muy laxos como el de señalar que en el primer caso la altura del área a intervenir debe ser superior a 10 centímetros sin especificar los casos en los que debe hacerse poda de ramas.Veeduria Ciudadana por La Democracia y La Convivencia SocialEl Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social Uncategorized