El despilfarro laboral del MunicipioPor Ramiro Varela Marmolejo Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali. Gracias a la sentencia de tutela del Juez 21 Civil Municipal, Gina Paola Cortez, el Alcalde Municipal de Cali, Maurice Armitage se vio obligado a responder la verdad sobre la nómina paralela del municipio de Cali, que profundiza la quiebra de la ciudad. Recordemos que la administración municipal no tiene recursos para pagar las Megaobras faltantes por ejecutar, por $726.985 millones y otras megaobras por construir que superan los $400 mil millones, cuyos recursos si están en el Plan de Desarrollo 2016 – 2019.El volumen gigantesco de empleados, que cumplen funciones permanentes en la administración municipal, en la práctica se suscribe como “nómina paralela”, detrimento patrimonial que se ha consolidado en Cali, después de la reforma administrativa.Esta nómina paralela del alcalde Armitage es de 10.622 personas, duplica la del alcalde Guerrero, tiene un costo en el año 2017 de más de $304 mil millonesEsta nómina paralela del alcalde Armitage es de 10.622 personas, duplica la del alcalde Guerrero, tiene un costo en el año 2017 de más de $304 mil millones y tiene unas Secretarías que definitivamente se salen de la norma disciplinaria, como Deportes con 1750 PS empleados contratistas supernumerarios y 135 funcionarios de planta, para un total de 1835 empleados e Infraestructura y ValorizacionSe profundiza quiebra fiscal , nomina paralela por $304 mil millonesEl problema del alcalde es que no podrá demostrar que las 10.622 son excepcionales, concebida como un instrumento para atender funciones ocasionales. Miles de ellos, llevan más de 2 años, que vulnera el mandato constitucional.Este es el derrumbe de Armitage, donde es culpable directo, pues el MIO, Megaobras, con 2 años de gobierno, es compartido con los otros alcaldes, por no hacer corte de cuentas. El Concejo de Cali y la Procuraduría deben pedir dar rápidamente explicaciones e intervenir al municipio de Cali, ante la inviabilidad administrativa, fiscal y financiera que genera está contratación de PS en el municipio de Cali. Pero al mismo tiempo se deben hacer las investigaciones fiscales y disciplinarias.Las Secretarias desbordadas en nómina paralela La Secretaria del deporte tiene 1750 personas contratadas como Ps por un valor al año de $22.200.503.274. Se dan el lujo de tener el 18.4% de los 9.517 PS de la administración central del Municipio. Son 135 de planta, 102 oficiales y 471 PS, se imaginan 606 funcionarios, 606 computadores, 606 escritorios, equipos y espacio físico que no existen. Y de los 1750 PS, más de 4 centenares de favores políticos, que deambulan por los pasillos de las secretarias, y a que costo de detrimento patrimonial.Sr Contralor, Sr Personero llamen al Secretario, Silvio López , para que lo investiguen disciplinaria y fiscalmente y demuestren la subordinación laboral, como los supervisa y lo insólito. tiene 3 veces más PS que Emcali.La Secretaria de Infraestructura tiene 1000 personas que cuestan $25.942.416.903. Esta Secretaria antes de Armitage tenía 300 PS, incluido el mantenimiento vial, ahora se triplicó. Sr Ing. Marcial Quiñones a dar explicaciones a los organismos de control.Secretarias con excesiva nómina paralela, 2182 PS y alta politiqueraLa Secretaria de Salud con 803 funcionarios que cuestan $24.820.344.603. La Secretaria o Departamento Administrativo de Hacienda Municipal con 709 funcionarios que valen $23.413.991.837 y el Departamento Administrativo de Gestión del Medio Ambiente con 670 personas que vale $22.991.454.980.3 dependencias con más de 2.182 PS, orientadas ahora a la politiquera, exige explicaciones ante los organismos competentes. Secretarias con contratistas en un número alto.Tenemos la Secretaria de Movilidad con 527 personas que valen $9.193.565.001La Secretaria de Educación con 485 Ps que cuesta $12.707.674.184 y la Secretaria de Bienestar Social 557 personas por un valor de $15.390.144.602Secretaria de Seguridad y Justicia 398 Ps por $9.645.353.147.Dependencias con mediana nómina paralela.La Administración Central tiene 9517 personas por $245.496.197.237Secretaria de Gobierno 115 personas $3.850.215.319.Departamento Administrativo Desarrollo Innovación Institucional, 228 personas por $5.618.177.640Departamento Administrativo de Planeación Municipal, 262 personas por $10.447.176.210Departamento Administrativo de Tecnología de la Información y las telecomunicaciones 135 un valor de $2.876.177.870Unidad Administrativa Especial de Gestión de Bienes y Servicios 126 personas valor de $4.545.725.700Secretaria de Paz y Cultural Ciudadana 159 personas por valor de $5.183.780.345Secretarias de Gestión de Riesgo de Emergencia y Desastres 204 personas por $5.961.708.051Secretaria de Desarrollo Territorial y Participación Ciudadana 231 personas por $7.182.606.300Secretaria de Vivienda Social y Habitad 245 por $6.761.697.559Unidad Especial Administrativa de Servicios Públicos 140 por $5.586.428.906La Administración Central tiene 9517 personas por $245.496.197.237Institutos descentralizados, establecimientos públicos y demás.Emcali tiene 642 contratistas; Metrocali 267 contratistas; Hospital Geriátrico y Ancianato San Miguel 66 contratistas ; Corfecali 33 contratistas ; La ESE salud Norte 88, de Centro 9, faltan la ESE de ladera y de oriente, la Escuela Nacional del Deporte y el Centro Comercial DecepazEl total de contratistas de las entidades descentralizadas y establecimientos públicos asciende a 1105 personas que cuestan $29.328 millones.El total de nómina paralela del Municipio de Cali tiene un costo anual en el año 2017 $274.824 millones, sumado a los 1010 no resportados oficialmente, llega a tener un costo total de $ 304 mil millonesInviabilidad fiscal y violación de las normas con nómina paralelaEste valor es insostenible, no se puede mantener en el tiempo, teniendo en cuenta que esos contratistas van a devengar en un futuro, cuando a través de demandas logren incorporarse a la nómina u obliguen al municipio por la continuidad o subordinación laboral, a asumir esa carga prestacional, que afecta el marco fiscal de mediano plazo del Municipio. Estos contratos de prestación de servicios que celebra el Municipio ha generado proliferación de contratistas y esto está abiertamente contrario a la Constitución Nacional. Un operador disciplinario debe identificar las características de esta contratación de servicios profesionales en el municipio, para que pueda demostrar que no está ajustado a las políticas públicas , desarrollando cantidad de contratos laborales, de esta manera los Secretarios, por lo que están incursos en investigaciones disciplinarias, podrían generar sanciones, de conformidad a la normatividad legal.Son 10.622 PS, más de 2.000 pertenecen a la planta, que no tienen independencia y tienen subordinación a sus jefesUna falta gravísima, celebrar contratos de servicios cuyo objeto sea el cumplimiento de funciones públicas o administrativas que requieran dedicación de tiempo completo e impliquen subordinación y ausencia de autonomía respecto del contratista, salvo las excepciones legales. Son 10.622 PS, más de 2.000 pertenecen a la planta, que no tienen independencia y tienen subordinación a sus jefes y es lo que tumbaría la administración Armitage. Relaciones laborales, acaban con la administración Armitage: DestituciónSe ha desvirtuado la naturaleza de la administración pública, se ocultan verdaderas relaciones laborales, falta gravísima cometida tanto por el alcalde, como los ordenadores de gasto en sus dependencias. Los organismos de control deben combatir esa clase de prácticas, a través de la aplicación de las normas legales y prevenir de esta manera la violación de los derechos de las personas que puedan ser afectadas con este tipo de contratos y el despilfarro de los dineros públicos.Claramente la Corte Constitucional en sentencia C-614 del 2009 determinó prohibir celebrar contrato de prestación de servicios para el ejercicio de funciones de carácter permanente que se ajuste a la Constitución, porque constituye una medida de protección a la relación laboral, ya que no sólo impide que se oculten verdaderas relaciones laborales, si no también que se desnaturalice la contratación estatal, pues el contrato de prestación de servicios es una medida de trabajo con el Estado de tipo excepcional concebido como un instrumento para atender funciones ocasionales, que no hacen parte del giro ordinario de las labores encomendadas a la entidad, o siendo parte de ellas no pueden ejecutarse con empleados de planta o se requieren conocimientos especializados. Está prohibido vincular mediante contrato de prestación de servicios a personas que puedan en la práctica demostrar relaciones laborales.La tipificación como falta gravísima, implica que el servidor público municipal que firme un contrato de prestación de servicios, que da lugar a una nómina paralela, podría caer incurso en una sanción de carácter disciplinario por efectuar una omisión de sus deberes claramente tipificados en el código único disciplinario artículos 34 y 35. De esta manera estaría sometido a la destitución e inviabilidad general de 10 a 20 años, por incurrir de manera dolosa en la falta gravísima determinada en la Ley 734, Art. 48.Los 10.622 PS – contratistas del Municipio deberán demostrar que son totalmente independientes, que no se encuentran subordinados a la administración, ni ver tampoco limitada su voluntad con ocasión del contrato suscrito de tal manera que no pueda el Municipio en el futuro cargar con una relación laboral , que afecta la estabilidad presupuestal del Municipio de Cali.Nunca se han visto 10.666 PS en el Municipio de Cali, generan un desgaste administrativo grande para la Administración, detrimento patrimonialNunca se han visto 10.666 PS en el Municipio de Cali, generan un desgaste administrativo grande para la Administración, detrimento patrimonial, miles de empleados no tiene espacio donde trabajar.El Municipio requiere una mayor vigilancia , será la Procuraduría General de la Nación la que entre a determinar toda esta situación tan grave para Cali y especialmente para el Alcalde Maurice Armitage.Anexo cumplimiento fallo de tutela Uncategorized