Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


 

El presidencialismo constituye una deformación del régimen presidencial en lo que se conoce como una verdadera hipertrofia de los poderes del presidente de la república que concentra y centraliza las funciones relacionadas con la organización y dirección institucional de la vida económica, política y social del país.

En Colombia, con la aplicación del principio de la división de los poderes durante la constitución de 1886, el presidente de la república podía ejercer funciones legislativas y judiciales en detrimento de las otras ramas del poder público bajo el amparo de las facultades extraordinarias del Estado de Sitio y de otras normas en general que le permitían por ejemplo, ordenar la aprehensión y retención sin orden judicial de los opositores al régimen y extraditar vía administrativa a los ciudadanos colombianos sindicados de cometer delitos en el extranjero, aún en el caso de que su conducta no fuera considerada como delito en el país.

En Colombia con la Constitución de 1991 y con el fin de evitar el desbordamiento del poder presidencial, se garantiza formalmente cierto equilibrio entre las ramas del poder público conteniendo varias normas encaminadas a limitar el poder del ejecutivo, que ya no podrá suspender el ejercicio de los derechos humanos ni disminuir los derechos económicos y sociales de los trabajadores con base en la declaración de los estados de excepción en su versión modificada del antiguo estado de sitio.

No obstante lo anterior, el presidencialismo colombiano se refleja en lo esencial con las funciones del ejecutivo como jefe de Estado, jefe del gobierno y suprema autoridad administrativa con las cuales se identifica el denominado Estado Social y Democrático de Derecho en el país.

El presidencialismo se expresa en el hecho de que el Congreso de la república no puede aprobar ciertas leyes sin contar con la iniciativa del gobierno, tal como sucede por ejemplo, con la ley del Plan Nacional de Desarrollo, el presupuesto nacional, la determinación de la carrera administrativa del Estado, la organización del crédito público, la aprobación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos, además de cualquiera iniciativa que implique erogación o gasto del presupuesto nacional.

A lo anterior se suma la posibilidad de que el presidente pueda expedir decretos leyes, facultad esta que le otorga el congreso sin mayores condiciones ni limitaciones.

Con la aprobación de la Constitución de 1991 se reforzó el poder presidencial con la creación de nuevas organizaciones encargadas de vigilar el sector financiero y de los servicios públicos. A renglón seguido se autorizó al gobierno en cabeza del presidente de la república para liquidar y privatizar las empresas estatales y promover con el sector privado la creación de zonas económicas de desarrollo en las fronteras y sectores estratégicos del territorio nacional, con el propósito de estimular la actividad económica y la conformación de grandes monopolios que en la práctica abusan de su posición dominante en el mercado.

El presidencialismo de nuestro tiempo no es ajeno al populismo ni al reformismo como tampoco a realizar acuerdos con las clases económica y políticamente dominantes a fin de impulsar el desarrollo capitalista monopolista de Estado, con el cual se conjuga la actividad empresarial con la regulación estatal.

Así mismo, se llegan a ciertos acuerdos con algunas organizaciones sindicales y sectores de opinión pública interesados en conciliar los intereses de los trabajadores y ciudadanos en general con el gran capital, al tiempo que le garantizan a los inversionistas el retorno del capital acompañado de jugosas ganancias obtenidas con la explotación económica del trabajo que conlleva a una monopolización de la vida económica y política del país.

El presidencialismo crece en medio de la crisis social, en cabeza  de jefes de Estado a quienes se erige un verdadero culto a su personalidad creyéndose imprescindibles y todopoderosos frente al pueblo al cual manipulan y subordinan, comprometiéndolo en campañas de destrucción y violencia cuando no es que paralizan su acción en la lucha por la defensa de sus derechos y reivindicaciones económicas y políticas.


Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social