Lobby – justicia – normasRedacciónIndudablemente el proyecto comercial del antiguo colegio de la Sagrada Familia, realiza excesivo lobby político, administrativo y jurídico, gestión para su aprobación, para obligar al Estado en la vulneración de las normas patrimoniales, urbanísticas y arquitectónicas de la cultura e historia de la ciudad. Una inversión importante y no hubo planeación en su ejecución, en la medida que construyó, violando amplia y notoriamente la licencia de construcción.Excesiva publicidadEn los escenarios económicos, sociales y políticos, se ha acelerado la dinámica publicitaria y gestión en la búsqueda de doblegar a la oficina de PlaneaciónEn los escenarios económicos, sociales y políticos, se ha acelerado la dinámica publicitaria y gestión en la búsqueda de doblegar a la oficina de Planeación Municipal y a la Alcaldía de Cali, para que le dé visto bueno a un proyecto que no se atempera al Plan de Ordenamiento Territorial.Hasta el punto que se destaca la inversión extranjera, la inacción del Alcalde Maurice Armitage para no recibir a los promotores del proyecto y el supuesto hecho de ser una iniciativa de ciudad. Como se observa en todos los argumentos hay verdades parciales. La única verdad es que no se ha cumplido el reglamento urbano de Cali, en consecuencia, no puede de allí moverse las autoridades públicas municipales, que también están amarradas a la defensa del patrimonio de la ciudad, que está circunscrito a normas nacionales.Y ámbitos legales.Hubo tutela que falló el Juzgado 31 Civil Municipal, en favor del municipio ratificando las acciones que se han emprendido para defender el bien de interés cultural colegio de la Sagrada Familia.Se adelanta un proceso de demanda por daños y perjuicios y para ellos se ha acudido a una audiencia de conciliación en la Procuraduría General de la Nación, mediante un trabajo periodístico importante, donde ha sido convocada la Alcaldía para que se le reconozca $40.000 millones. La administración municipal se mantiene firme en que su proceder ha estado acorde con la ley.Para esta demanda de daños y perjuicios los promotores del centro comercial del colegio la Sagrada Familia dicen que las modificaciones son mínimas, que es lo que no ha pasado, porque son evidentes con el incremento en el número de los pisos de la volumetría y del área construida, por fuera del POT.El incumplimiento de las normas.Indudablemente hubo infracción urbanística pues hubo contravención a la licencia, por lo que el Municipio de Cali tuvo que suspender parcialmente la obra.La construcción de una edificación de siete pisos en estructura metálica, que tenían licencia de construcción de una Curaduría para cinco pisos, es la vulneración evidente al patrimonio histórico de la ciudad, de las normas nacionales, regionales y del urbanismo de Cali.El 31 de enero de 2017, el municipio de Cali resolvió la solicitud de modificación de la intervención de un bien de interés cultural, negó la intervención para modificar la licencia aprobada.Es importante precisar que el Decreto Nacional 1080 de 2015 establece la obligación de restituir un bien de interés cultural por demolición no autorizada, sin la autorización correspondiente y en contravención de las normas que obligan a su conservación. Todo por salvaguardar el patrimonio cultural. La suspensión de la obra fuera adelantada el 14 de diciembre de 2016.Los promotores (Sagrada Familia) han tenido estrategia comunicacional, un video animado para buscar persuadir y dar peso político, pero ya el daño fue realizadoLos promotores (Sagrada Familia) han tenido estrategia comunicacional, un video animado para buscar persuadir y dar peso político, pero ya el daño fue realizado y lo único que se puede hacer, es atemperarse a la norma arquitectónica como urbanística y en defensa del patrimonio cultural