Manejo, proyección, intervención y protección del espacio público: 11 dependenciasArq. Carlos E Botero Rde manera inequívoca al espacio público como articulador del territorioEl espacio público es el catalizador de la vida deseable en la ciudad. Aunque se haya dejado de lado, o cambiado, en la reciente actualización del POT de Cali de 2014, en la versión inicial de 2000 (Acuerdo Municipal 068) se señalaba de manera inequívoca al espacio público como articulador del territorio. Semejante calificación equivale a decir que todo lo que se pueda pensar y hacer sobre el territorio municipal pasa por o se resuelve sobre el espacio público, entendido éste con todos los alcances que le asigna el Decreto 1504 de 1998, desarrollo puntual de la Ley 388 de 1997 y específico para su inclusión en los POT.Bien interpretado, tal papel le otorga al espacio público la capacidad de convertirse en el protagonista de cualquier proceso que genere en los habitantes de cualquier sector de la ciudad, un sentido de apropiación que construya identidad y reconocimiento mutuo, el camino hacia la topofilia. No hay otra manera posible para gobernantes, administradores públicos y comunidades organizadas para implementar, hacer práctico, lo que los discursos sobre el desarrollo urbano predican; y el POT debe interpretarse como el texto fundamental para actuar en tal dirección.El barrio entonces aparece de nuevo, en su condición de célula irremplazable, como la escala de actuación desde donde se puede y debe construir y reconstruir la ciudad de cualquier tamaño, estructurado a partir del espacio público como sistema articulador y dinamizador de un verdadero proceso de desarrollo urbano. Y es la combinación equilibrada de espacio público efectivo -como denomina el decreto de marras a toda plaza, parque o zona verde- con el espacio público básico para la movilidad, la que instrumenta de manera básica un escenario deseable para la vida en la ciudad.Falla el urbanismo cuando separa en dependencias administrativas diferentes las decisiones que afectan la construcción, manejo y control del espacio públicoFalla el urbanismo cuando separa en dependencias administrativas diferentes las decisiones que afectan la construcción, manejo y control del espacio público, que es un proceso permanente, no terminal, dentro de una concepción integral de desarrollo urbano.¿Sabe alguien en Cali cómo y cuándo coinciden en el manejo, proyección, intervención y protección del espacio público al menos 11 dependencias administrativas municipales o instituciones públicas y/ o de servicio público, que intervienen en él? Imposible mostrar un solo caso en que confluyan armónicamente Planeación Municipal, Secretaría de Infraestructura y Valorización, Secretaría de Movilidad, Metrocali, Secretaria de Seguridad y Justicia ( antes Secretaria de Gobierno ) , EMCALI, Catastro Municipal, Dagma ó CVC, el Concejo Municipal (Comisión de Tierras), la Curaduría Urbana respectiva y finalmente la Unidad administrativa de gestión de bienes y servicios ( antes Bienes inmuebles) Planeación Municipal o un nuevo organismo con capacidad técnica de coordinación y dirección de procesos urbanísticos,algo así como una Secretaría del Espacio Público- debería tomar de manera unificada todos los proyectos y programas dirigidos a un proceso permanente de construcción de espacio público estructurado.Los problemas que se le señalan a la experiencia de implantación de un sistema de transporte masivo, el MIO, no son solo de carácter técnico funcional, sino que también representa las limitaciones de practicar el urbanismo a partir de un agente aislado, sin concertar con los demás entes que necesariamente están involucrados en el desarrollo del espacio público. Uncategorized