Redacción
Al aprobar el Concejo municipal de Cali el presupuesto del año 2020 por $3.5 billones, que contiene cobro de la valorización y la ejecución del plan 21 Megaobras, se hizo sin estar acordé con la normatividad nacional de la valorización y la municipal.
Este presupuesto contempla seguir cobrando en el año 2020 la contribución de valorización adoptada en el acuerdo 241 de 2008 y seguir ejecutando el plan de obras, sin cumplir el decreto nacional 1394 de 1970 que establece en su artículo octavo: “ en los casos en que las contribuciones de valorización para la construcción de una obra se hubieran distribuido con base en el presupuesto la misma, fijado por la entidad ejecutora de la obra y este resultara deficiente, la diferencia será cubierta por dicha entidad…” . El municipio de Cali ha demostrado en los pasados años que las deficiencias presupuestales del plan 21 Megaobras no las ha podido cumplir y por lo tanto se está vulnerando este acuerdo municipal. Las obras que están sin hacer están encabezadas: prolongación de la avenida de circunvalación del sur, 110km faltantes de rehabilitación de vías, ampliación de la carretera al mar, puente a desnivel en chipichape, puente en la intersección de la autopista sur con carrera 66 y otras.
Asimismo el acuerdo 297 de 2010 aprobado por el concejo municipal de Cali determinó: “el plazo máximo para iniciar la ejecución de las obras, no podrá exceder el término de 24 meses contados desde el momento que se expida el acto administrativo que ordena asignar el valor del monto distribuible correspondiente a la construcción de las obras, del respectivo plan, so pena de devolver los dineros bajo el esquema financiero que se establezcan mediante acto administrativo”
En el artículo 2 también estableció “en concordancia con el artículo octavo del decreto 1394 de 1970, los eventuales costos adicionales que resultaren de la liquidación final del paquete de obras, deben ser asumidas por la administración municipal de su propio presupuesto y de ninguna manera se podrán distribuir entre los contribuyentes, en quienes ya se aplicó la contribución”.
Cómo se ha observado ya no se pueden iniciar más obras y procede la liquidación de obras, la devolución de los dineros sobre obras no contratas y no construidas.
Las pruebas las tiene el mismo Concejo, en las actas de la comisión y la plenaria para la aprobación del acuerdo 297 de 2010, simplemente es verificar la fecha de aprobación en comisión y en plenaria, la fecha de iniciación del plan de obras en la primera fase, la ampliación que se otorgó en el acuerdo 297 del 2010 de 14 a 24 meses y las intervenciones de los concejales al respecto y de los funcionarios de la administración municipal, en cabeza del jefe jurídico y el secretario de valorización e infraestructura.
El proyecto de acuerdo del presupuesto del año 2020 tiene como ingresos el recaudo de la contribución de valorización y como egresos la ejecución, la continuidad presupuestal para seguir pagando las 21 Megaobras iniciadas, como el parque lineal río Cali, la prolongación de la avenida ciudad de Cali y la ampliación de la vía a Pance, así como la posibilidad de iniciar otras obras con esos recursos públicos.
Adicionalmente el municipio de Cali ha embargado a los caleños sobre obras no contratadas y no construidas, hecho que se le considera ilegal en estas páginas editoriales.
Se ha aprobado ese proyecto de acuerdo e indudablemente es ilegal y será demandado.