Reforma agraria integral planteada en el Acuerdo final de La HabanaGuillermo E. Ulloa T. En la cascada de decretos ley, resultante de las facultades extraordinarias que el mecanismo de “fast track” otorgó al Presidente, en virtud del Acuerdo final de La Habana, que conforman el significativo cambio constitucional, se encuentra uno de profundo impacto a la actual estructura de autoridades ambientales y sector agropecuario nacional.El decreto 820 del 25 de Mayo, por el cual se establece el Pago (PSA) por Servicios Ambientales y otros incentivos a la conservación, con cargo al erario, aparentemente inofensivo, promocionado para frenar la deforestación y proteger los ecosistemas que actualmente se usan para la siembra de cultivos ilícitos, es de mayor alcance.reconociendo a su labor de guardabosques incentivos económicos familiaresSe busca, en principio, vincular a las comunidades residentes de las cuencas, especialmente en zonas de páramo y nacimiento de ríos, reconociendo a su labor de guardabosques incentivos económicos familiares.Las comunidades y organizaciones campesinas e indígenas, no solamente serán beneficiarias de los incentivos económicos, sino que participaran con carácter decisorio a quien cobrar por el uso del recurso natural, función que se sobrepone e interfiere la actual competencia de las corporaciones regionales (CAR).No obstante las buenas intenciones del decreto, en su articulado deja entrever el armazón y consolidación del gran rompecabezas que una vez armado, se convertirá en transcendental reforma agraria integral planteada en el Acuerdo final de La Habana, la cual no es nada diferente a la entrega paulatina del territorio, mediante el fortalecimiento de las comunidades y organizaciones campesinas e indígenas, sin buscar mejorar la eficiencia y competitividad en la explotación agropecuaria e industrial del país. En anterior artículo, comenté sobre los verdaderos terratenientes del país. En él expuse que las comunidades indígenas se les ha entregado 34 millones de hectáreas, equivalente al 30% del territorio nacional. A las comunidades afro descendientes, 4.7 millones de hectáreas y las zonas de reserva campesina disfrutan de 2. 3 millones de hectáreas escrituradas.En estas 41 millones de hectáreas aproximadamente el 40% del territorio nacional se encuentra buena parte de la riqueza hídrica del país, por lo tanto, son estas comunidades las que eventualmente podrán determinar si los beneficiarios del recurso hídrico en zonas actualmente explotadas en actividades agropecuarios son o no aptos de recibir agua.¿Qué sería la agricultura y ganadería sin agua?los gremios del sector y el que agrupa las corporaciones regionales, hoy autoridades ambientales, tímidamente silenciosos ante la reglamentaciónEs la respuesta que los gremios del sector y el que agrupa las corporaciones regionales, hoy autoridades ambientales, tímidamente silenciosos ante la reglamentación, deben profundizar, analizar y pronunciarse, en defensa de los intereses de la actual estructura propietaria de la ruralidad nacional.Aunque el decreto tiene fundamento en el Acuerdo de Paris, de protección al medio ambiente, es precisamente este tipo de subsidio entregado a la población, comúnmente empleado globalmente, el que motivó al Presidente Trump, a fijar una posición diametralmente expuesta a lo acordado, en consideración que el tema del medio ambiente se ha convertido de incalculable costo y sanguijuela, favoreciendo miles de organizaciones no gubernamentales (ONG’s), recibiendo incalculables recursos de los estados, sin pasar de la academia teórica investigativa a una verdadera acción de protección ambiental. Uncategorized