Hely de Jesús Martínez Hernández

Ingeniero en Transportes y Vias U.P.T.C. Tunja, Especialista en Vías Terrestres Instituto de Vías UNICAUCA


De acuerdo con el Artículo 1º de la Ley 105 de 1.993, los organismos de tránsito y transporte (Secretaría de Movilidad en el caso de Cali) forman parte del Sistema Nacional de Transporte y por tanto son Autoridades de transporte dentro de su jurisdicción, y por tanto son responsables de la habilitación de empresas para la prestación del servicio público de pasajeros, del otorgamiento de rutas, de la expedición de los documentos (Tarjeta de Operación) que avalan su operación, el control y vigilancia de su operación, especialmente en el cumplimiento de los recorridos y horarios autorizados. Estas funciones incluyen, en el caso de Cali, erl Sistema Integrado de Transporte Masivo (MIO).

Antes de existir el Sistema MIO, la División de Transporte Público de la Seccretaría de Tránsito, tenía adscrito un grupo elite de Agentes de Tránsito encargados de esta labor de control y vigilancia, redactar informes y sugerir la aplicación de sanciones en caso de incumplimientos, con el fin de garantizar la “regularidad” del servicio, en este caso los intervalos de paso de las frecuencias autorizadas. Este Grupo desapareció una vez inició operaciones el MIO por cuanto los contratos de concesión incluían una serie de faltas y sanciones a imponer a conductores por parte del responsable de la operación, dejando de lado a la Autotidad de Transporte.

Y mediante resolución del Ministerio de transporte No 14667 de octubre del 2002, la Secretaria de Movilidad de Cali, ejerce la autoridad de transporte masivo de Cali y ejercer funciones de planificación, organización, coordinnacion , control y  vigilancia sobre el MIO; sin que haya evidencias en informes en  el Concejo de Cali, sobre el ejercicio de estas funciones.

Desde el 30 de julio de 2.014 se constituyó la Región de Planificación y Gestión RPG del G11, integrada por 11 municipios del Valle del Cauca: Santiago de Cali, Víjes, Yumbo, Buenaventura, Candelaria, Dagua, Florida, Jamundí, La Cumbre, Palmira y Pradera, en el marco de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, LOOT, el Plan Nacional de Desarrollo, PND, y las recomendaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, OCDE.  Esta RPG se crea con el fin de:  

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  • Conformar alianzas estratégicas que impulsen el desarrollo autónomo y auto sostenible de las comunidades
  • Generar economías de escala
  • Articular objetivos, programas, proyectos y acciones alrededor de una visión compartida
  • Fortalecer la institucionalidad, la gobernabilidad y la capacidad de negociación con otros actores claves del desarrollo
  • Actuar como banco de proyectos de inversión estratégicos de impacto regional
  • Planear y ejecutar la designación de los recursos del Fondo de Desarrollo Regional

Adicionalmente, la RPG del G11 cuenta con unas líneas y prioridades estratégicas de: Infraestructura y Movilidad, Educación, Medio Ambiente, Desarrollo Productivo y Empleo, Seguridad y Desarrollo Institucional.

En este contexto y alrededor del proyecto de Tren de Cercanías se constituyó la Autoridad Regional de Transporte -ART-, encargada de impulsar el desarrollo del Sistema Integrado de Transporte Regional -SITR-, que se propone sea liderada por METROCALI, qué va a pasar con la regulación y control del Santiago de Cali?.

Se tiene contemplada esta stuación en el proceso de implementación del Sistema Inteligente e Integrado de Transpor Público -SIITP- Adoptado por Decreto 579 de 2.023, del cual ya se están expidiendo Resoluciones  relacionadas con el TPC tradicional?.