
Por Ramiro Varela Marmolejo
Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.
delitos del daño patrimonial contra Emcali, como lesión del patrimonio, pérdida de los intereses patrimoniales
Se ha instaurado denuncia penal en contra del alcalde Maurice Armitage como Presidente de la junta directiva de Emcali y el gerente general Gustavo Jaramillo, por los delitos del daño patrimonial contra Emcali, como lesión del patrimonio, pérdida de los intereses patrimoniales de las Empresas Municipales de en Cali, producida por una gestión fiscal ineficiente, antieconómica, ineficaz e inoportuna, por no cumplir los bienes esenciales del Estado, particularizados por el objetivo funcional y organizacional, como funcionarios que son sujetos de vigilancia y control.

Este daño causados cuantificados en unas pérdidas superiores a $418 mil millones en los años 2018, 2017, 2016 y 2015, se origina por acción del alcalde y el gerente y por omisión de los mismos citados servidores públicos, que en forman dolosa o culposa directamente han contribuido al detrimento del patrimonio público de Empresas Municipales de Cali, por las siguientes razones:
La Nación devolvió a la ciudad de Cali, la dirección y administración de Empresas municipales de Cali, con el Documento Conpes 3750 del 2013, que se convirtió en la carta de navegación de Emcali, su junta directiva y los gerentes, aspectos cuyo cumplimiento debe ser investigado por la Fiscalía y la Procuraduría General de la nación, pues 5 años después, la ciudad está en una crisis económicas, derivada de la mala gestión de los servicios públicos, especialmente en el tema de las telecomunicaciones.
Ha informado el alcalde Maurice Armitage en su calidad de Presidente de la junta directiva de Emcali, Maurice Armitage, que el componente de telecomunicaciones de Emcali, dio una pérdida superior a $140.000 millones de pesos en el año 2018, hecho que debe investigarse fiscal y penalmente.
Según los estados financieros de los años 2015, 2016, 2017, Emcali-telecomunicaciones ha perdido en el año 2015 $60.720 millones de pesos, en el año 2016 $110.340 millones de pesos y en el año 2017 $108.224 millones de pesos, lo que está afectando la viabilidad de las Empresas municipales de Cali, ante la pérdida continua de grandes dineros públicos, en 4 años seguidos.
en los próximos 3 meses entre ellas la posible liquidación del componente de las telecomunicaciones, de EMCali.
Ha informado el señor alcalde de la ciudad, Maurice Armitage Cadavid, qué va a tomar decisiones en los próximos 3 meses entre ellas la posible liquidación del componente de las telecomunicaciones, de EMCali.
El señor gerente de EMCali, Gustavo Jaramillo, el 30 de diciembre del 2019 informó a la comunidad caleña, a través de un publireportaje en el diario el País de Cali que: “Debemos pensar en fortalecer la empresa y tomar el camino que más le convenga a la ciudad y a nuestros usuarios, para garantizar el funcionamiento de un Emcali económicamente estable y que genere un retorno de inversión a los caleños…” Cómo se observa el señor gerente tiene preocupación de garantizar el funcionamiento de Emcali de una manera económicamente estable, alerta pública, precisamente por la información del deterioro de las finanzas públicas de empresas municipales de Cali.
pérdidas continuas de telecomunicaciones – Emcali superan los $418.000 millones
Las pérdidas continuas de telecomunicaciones – Emcali superan los $418.000 millones, lo que definitivamente obliga a que haya una investigación de carácter penal y otra fiscal, sin obviar la disciplinaria, por la posible lesión del patrimonio público de Emcali, ante la pérdida o detrimento del componente de telecomunicaciones de esta empresa, ante una gestión fiscal ineficiente, ineficaz y antieconómica. Este daño indudablemente se presenta por acción y omisión del alcalde, el gerente de Emcali y su junta directiva.
Irregularidades que generaron el delito.
El artículo 6 de la ley 610 del 2000, definió el daño patrimonial al estado, representado en el menoscabo, disminución, perjuicio, detrimento, pérdida, uso indebido o deterioro de los bienes o recursos públicos, o a los intereses patrimoniales del Estado, producido por una gestión fiscal antieconómica, ineficaz e ineficiente, inequitativa e inoportuna. En virtud de ello Emcali como empresa industrial y comercial del Estado, al tener pérdidas consecutivas durante 4 años del componente de telecomunicaciones, se ha generado una gestión fiscal antieconómica, ineficaz, ineficiente, en perjuicio o detrimento o la pérdida de los bienes y recursos públicos de las Empresas municipales de Cal, en este caso de todos los caleños. Por ello se ha infringido esta ley.
La Contraloría Municipal y o la Personería Municipal, no se han pronunciado con la contundencia que estas conductas requieren, la ciudadanía desconoce qué acciones han emprendido, parece que ninguna, para resarcir el daño que se le ha causado a las Empresas municipales de Cali y/o al Municipio de Cali y/o a los ciudadanos de Cali como usuarios de la Empresa de servicios públicos y no se ha reprochado por esta conducta de responsabilidad fiscal y penal.
En otras palabras se ha utilizado mal los recursos públicos que le pertenecen a todos los ciudadanos y los responsables parecen no darse cuenta.
El Concejo de Cali tampoco ha hecho un verdadero control constitucional, político, que le corresponde según la C N y la ley , por ello los ciudadanos deben acudir ante la Fiscalía General de la Nación y demás entidades de control competente, para detener esta malversación de los recursos públicos.
El concepto de víctima. El artículo 250 No.6 de la carta política refiere como un deber de la Fiscalía General de la Nación, brindar asistencia a las víctimas y disponer el restablecimiento del derecho …víctima es toda persona afectada con el delito.

A su turno, el inciso 1 del artículo 132 de la 906 de 2004, define el concepto, así : “artículo 132. Víctimas. Se entiende por víctimas, para efectos de este código las personas naturales o jurídicas y (directo) como consecuencia del injusto…” es decir víctima es la persona natural o jurídica que individual o colectivamente, hayan sufrido un daño como consecuencia del injusto.
El artículo 132 de la ley 906 de 2004, define víctima como toda persona natural o jurídica que individual o colectivamente haya sufrido algún prejuicio como consecuencia del injusto, qué le otorga el derecho de acceder a la actuación e impone reconocerle como tal en el proceso.
A citar Concejales, junta directiva, Contralor, Personero Municipal e inspección de actas
a conocer su versión, sobre el detrimento patrimonial de Emcali, , citar y hacer comparecer en su despacho a la totalidad de los Concejales
Con el fin de dar a conocer su versión, sobre el detrimento patrimonial de Emcali, se solicitó citar y hacer comparecer en la Fiscalia a la totalidad de los Concejales de la ciudad, la totalidad de los miembros de la junta directiva de Emcali, al Señor Contralor Municipal de Cali y al Señor Personero Municipal de Cali, todos mayores de edad, vecinos de esta ciudad
Sírvase hacer inspección judicial a todas las actas de la junta directiva de Emcali, entre los años 2013 a 2017
Cuantía $418 mil millones y más….
Se estimó la cuantía en más de $418.000 millones, luego su despacho es competente para conocer este proceso.
Ramiro Varela Marmolejo
C.C.16.587.269
Notificación accionante: Carrera 4 No. 8-39 oficina 1101 Cali – Teléfono: 882 1343- Email: ramirovarelam@gmail.com
Anexo Documento radicado