De papayazo en papayazo

Por Luz Betty Jime… |
550

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


Esta práctica del papayazo se ha convertido en la actualidad en una alternativa de solución de la administración distrital para recaudar los impuestos, tasas, contribuciones que adeudan los contribuyentes por diversos conceptos y vigencias fiscales.

La misma se convirtió en un estímulo tributario consistente en rebajar los intereses de mora en un 80% en favor de los contribuyentes que no cumplieron con el pago oportuno de sus impuestos correspondientes a diferentes vigencias fiscales anteriores al año 2020, y del 15% en el pago del impuesto predial del año 2021.

Por este camino la administración ha logrado recaudar 102.000 millones de pesos con el último “papayazo” a 31 de octubre, cantidad ésta muy inferior a la adeudada por los contribuyentes al fisco distrital por diversos conceptos relacionados con dichos tributos.

En principio se puede considerar que el “papayazo” tributario no solo beneficia al contribuyente moroso sino a la Hacienda Municipal que lograr recaudar una parte de los impuestos correspondientes a diversas vigencias fiscales. Sin embargo, esta práctica tributaria genera un trato desigual entre los contribuyentes, en tanto que unos pagan cumplidamente sus impuestos y solo reciben un descuento del 15% por pago hasta abril del IPU, en tanto que a los morosos se les concede un mayor plazo y proporcionalmente un mayor descuento, lo cual estimula de alguna manera el no pago oportuno de los impuestos en las fechas determinadas por la administración.

qewretr
Dicha práctica aplicada de manera reiterada y sistemática conduce en cierta forma a generar una mayor inestabilidad fiscal

Dicha práctica aplicada de manera reiterada y sistemática conduce en cierta forma a generar una mayor inestabilidad fiscal que impide que la administración pueda disponer oportunamente de los recursos del presupuesto para atender los gastos y las inversiones, a cambio de las cuales la administración se ve obligada a endeudarse con los bancos, tal como viene sucediendo en la actualidad.

Es conocido que el no pago de los impuestos obedece en buena parte no solo a la situación generada por la crisis económica agravada con la pandemia del COVID-19, sino por el hecho de que los impuestos que se cobran se vienen incrementando sustancialmente, como sucede por ejemplo, con el IPU a partir de los reavalúos o “actualizaciones catastrales” cada cinco años, con los cuales se duplica y en ocasiones se triplica el avalúo y con ellos el valor del impuesto.

Esta circunstancia debe llevar a la administración y al Concejo distrital a revisar el Acuerdo Municipal en donde se fijaron las tarifas del IPU, además de la metodología que se aplica a través de las actualizaciones catastrales que finalmente no tienen en cuenta la antigüedad de los predios ni el deterioro ambiental producido por los ruidos ocasionados entre otros por la cercanía a las vías con elevado tráfico automotor, o el hecho de que la vivienda esté habitada por el propietario con su familia; circunstancia esta que debe tenerse en cuenta para efectos de establecer una tarifa especial para los predios urbanos y rurales.

Entre tanto la administración distrital debe proceder para el IPU y respecto de los demás impuestos municipales que pagan los contribuyentes a aplicar los principios de la justicia y la equidad según se dispone en la Constitución Política en el marco del Estado Social y democrático de Derecho, el respeto a la legalidad y la prevalencia del interés general.


Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social

Búsqueda personalizada

Caliescribe edición especial