Sobre la eutanasia

Por Luz Betty Jime… |
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Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


 

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De acuerdo con la nueva jurisprudencia constitucional toda persona es libre de elegir la manera de morir en el caso de padecer una enfermedad incurable

La libertad de decisión de la persona que padece  de una enfermedad incurable y de disponer sobre su propia muerte, es sin duda un asunto complejo de asumir, el cual ha vuelto a ser objeto de nuevos debates en torno a lo que se conoce como la aplicación de la eutanasia, esta vez a raíz del pronunciamiento reciente de la Corte Constitucional, frente a la cual se han pronunciado diversos sectores sociales, profesionales de la salud, y muy particularmente los jerarcas de la iglesia católica que se oponen a la aplicación de este procedimiento.

De acuerdo con la nueva jurisprudencia constitucional toda persona es libre de elegir la manera de morir en el caso de padecer una enfermedad incurable o sufrimientos de carácter físico o psíquico así la enfermedad no sea terminal; circunstancia ésta que exonera al médico que realiza la eutanasia de toda responsabilidad penal de incurrir en el delito de homicidio por piedad.

Frente a esta jurisprudencia hay quienes sostienen que la misma constituye una seria ofensa contra la dignidad del ser humano, en tanto que de la vida solo puede disponer su creador (Dios) y no los seres humanos a su libre albedrío.

Por su parte los partidarios de la eutanasia no dejan de celebrar este nuevo pronunciamiento del alto tribunal, al tiempo que consideran que con su práctica se abrirá el camino para aquellas personas condenadas a padecer de graves enfermedades y sufrimientos.

Desde el punto de vista del pensamiento liberal, sus partidarios se oponen a que el Estado intervenga más allá de solidarizarse con las personas que sufren graves padecimientos, particularmente relacionados con los sectores populares a quienes les deben suministrar los paliativos que mitiguen sus sufrimientos ya que en ningún caso deben influir en su conciencia para que aquellas personas desistan de su intención de terminar con su propia existencia.

Ahora bien, de acuerdo con el nuevo precedente constitucional la aplicación de la eutanasia debe estar precedida del conocimiento informado previo o posterior al diagnóstico del sujeto pasivo del acto y siempre que el paciente padezca de un intenso sufrimiento físico o psíquico proveniente de una lesión corporal o de una enfermedad grave o incurable. Según la Corte Constitucional dicho procedimiento se ajusta jurídicamente al cumplimiento de los principios constitucionales del “libre desarrollo de la personalidad” y “a no ser sometidas las personas a tratos y penas crueles, inhumanas y degradantes”.

No obstante lo anterior es necesario aclarar que la libertad de decisión del enfermo de no continuar con vida, puede conducir en determinadas circunstancias al simple voluntarismo entendido éste como la ausencia de toda limitación de la voluntad humana, en tanto que en la realidad no surgen los fenómenos sin que exista una determinada causa, como tampoco se puede concebir la libertad de decisión en dependencia de ninguna causa al margen de las condiciones y leyes objetivas de la existencia y desarrollo de la vida natural de los seres humanos.

Así mismo resulta inaceptable el extremo opuesto que es el fatalismo según el cual todo lo que ocurre en el mundo natural está predeterminado por fuerzas superiores al ser humano impotente para cambiar nada y condenado a conformarse con la realidad existente.

Resolver el problema de la libertad de decisión significa preguntarse si se puede ser libre sometiéndose a las leyes de la necesidad natural que restringe la libertad. En este último caso se trata de actuar en consonancia con aquellas y es precisamente allí donde la libertad de decisión tiene plena aplicación para beneficio de los seres humanos.

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En las condiciones de la sociedad capitalista la idea de elegir con “absoluta” libertad individual sin tener en cuenta las condiciones en que viven los seres humanos

De otra manera la posibilidad de elegir cualquier alternativa sin tener en cuenta ninguna condición, conduce a que dicha libertad no exista más, que en la cabeza de quienes así la conciben formalmente.

En las condiciones de la sociedad capitalista la idea de elegir con “absoluta” libertad individual sin tener en cuenta las condiciones en que viven los seres humanos, la convierten en acciones determinadas por una necesidad ciega disfrazada de una aparente legalidad y absoluta libertad.

Y de ahí que la aplicación de la eutanasia considerada como una posibilidad no puede realizarse a partir de la expresión del conocimiento informado al paciente que elige terminar con su existencia, en tanto que esta medida puede ser inducida de tal manera que su voluntad resulte condicionada, no siempre por motivos y razones que consulten su mayor beneficio, sino por otras razones que obedecen más bien a determinados intereses de quienes explotan la salud como un negocio lucrativo con lo cual los conceptos de humanismo y solidaridad se convierten en falsos estereotipos que privilegian la engañosa libertad individual de aquellos pacientes que desean poner límites a su vida, existiendo de por medio la posibilidad de librarse de sus dolencias con la aplicación de los nuevos y modernos tratamientos y medicamentos que ofrece la ciencia y la tecnología para no tener que acudir al procedimiento de la eutanasia, tan solo aplicable y justificable como único y último recurso para aquella persona que desea poner límite a sus padecimientos con la aplicación de aquella.


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