El espíritu de la curul de los segundos en votación

Por Ricardo Téllez… |
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Ricardo Téllez Bautista

Abogado Administrativista — Especialista en Administración Pública


Revisé numerosas Gacetas del Congreso' para confirmar o descartar que las curules otorgadas en las corporaciones públicas para los segundos en votación en candidaturas a Presidencia y Vicepresidencia de la República, gobernaciones y alcaldías, se crearon para ejercer oposición a quien les ganó la elección, bajo la protección de la Ley 1909 de 2018.

Ese espíritu de la ley revelaría qué quiso hacer el legislador y entender los motivos de la inexequibilidad declarada por la Corte Constitucional en sentencia C-018 de 2018 a la presencia de los grupos significativos de ciudadanos y movimientos sociales en el texto de ley. Y que la aparente violación al derecho a la igualdad no es así, pues dichos grupos "no son iguales" a los partidos políticos con personería jurídica. Todo debate sobre igualdad necesita que sus protagonistas sean iguales en el escenario de la discusión. Al final confirmé que fue para hacer oposición. Y a pesar de esa exclusión, estos grupos con candidatos propios y una necesaria representación corporativa lograda en las elecciones, pueden "lograr esa igualdad" al adquirir la capacidad legal de transformarse en movimientos políticos y obtener personería jurídica, conforme al artículo 107 de la Carta y especialmente el parágrafo del artículo 3° de la Ley 1475 de 2011.

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En el trámite que modificó el artículo 112 de la Constitución (Acto Legislativo 02 de 2015) la idea fue una adición del senador nariñense, Carlos Eduardo Enríquez Maya

En el trámite que modificó el artículo 112 de la Constitución (Acto Legislativo 02 de 2015) la idea fue una adición del senador nariñense, Carlos Eduardo Enríquez Maya:

Intervención del Senador, Horacio Serpa Uribe, Gaceta del Congreso No. 505 de julio 23/15 página 13: "... Por último, aquí hay una propuesta muy importante del señor Senador Enríquez Maya, él -con una sapiencia extraordinaria- ha propuesto ... que la persona que siga en votos a quien sea elegido Presidente de la República, o elegida, pueda ocupar una curul ... a nivel de los municipios. Y yo quiero referirme dos o tres minutos a este aspecto... me permite decir a mí que es una ley o un proyecto de norma sabio, usted Senador Enríquez Maya acierta, ¿por qué?, en la práctica quienes pierden (las elecciones) por la Alcaldía, esa persona que generalmente es jefe de un partido esa persona que representa una gran cantidad de ciudadanas y de ciudadanos tiene mucho que aportarle al país "

Gaceta del Congreso No. 505 de julio 23/15 página 115 S-emidor Cado; Eduardo Enríquez Maya:

"Hemos querido. con el apoyo de todas las bancadas, aumentar a ese Estatuto de Oposición la siguiente propuesta: Para que el segundo en votos a la Presidencia de la República, sea reconocido como Senador . Pero mandato especifico. para que hagan uso  ejercicio;  pongan en vigencia el derecho fundanwmal de la oposición.  Y por supuesto, la figura hay que llevarla a la provincia para que el segundo en votos a la gobernación sea reconocido como diputado y el segundo en votos para la alcaldía .lea reconocido corno

De esta manera. Los segundos de partidos políticos con personería jurídica obtuvieron una curul persona] (no era su objetivo electoral) en la respectiva corporación de elección popular, dentro del marco del Estatuto de Oposición para hacer oposición.

Pero el mismo artículo 112 ordenó: "Una ley estatutaria reglamentará íntegramente la materia". El Ministerio del Interior radicó en 2017 el proyecto de Ley Estatutaria de la Oposición que sería la Ley 1909 de 2018. Veamos:

De la Gaceta del Congreso No. 152 de marzo 21 de 2017, página 21 inciso 4'. "El Acto Legislativo número 02 de 2015 incluyó dentro de esta norma y con el claro proposito de estimular el ejercicio de la oposición que de manera natural correspondería a quien ha perdido la elección. que los candidatos que le sigan en votos a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Presidente y Vicepresidente de la República... alcalde )"

Con la obligación legal de que el segundo en votación haga oposición, ¿no es irregular que alguien de un grupo significativo de ciudadanos, sin bancada y nada más. esté ocupando una curul sin poder declararse políticamente en oposición?

' La Gaceta del Congreso. Es un archivo en donde se publica todo lo que los congresistas hacen cuando se reúnen (proyectos de ley y/o actas). Se revisaron 19 Gacetas por el Acto Legislativo 02 de 2015 y cuatro por el trámite del Estatuto de Oposición.

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