Renovación urbana sinónimo de desplazamiento y trato desigual

Por Luz Betty Jime… |
333

Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


La renovación urbana en un sector del centro de la ciudad en lo que se conocerá como la ciudad Paraíso, se ha convertido en un ejemplo vivo del desplazamiento de decenas de familias que hace más de 80 años habitan el lugar y tienen establecidos sus negocios de los cuales derivan sus ingresos para subsistir.

El hecho real es que las autoridades municipales permitieron que dicho sector integrado por los barrios El Calvario y San Pascual entre otros, se deterioran paulatinamente desde el punto de vista urbanístico, ambiental, paisajístico, económico y social, no obstante que la ley 9/89 ordena a las administraciones municipales proveer por su mantenimiento y renovación de su entorno, circunstancia esta que deriva en un mejoramiento del nivel de vida de sus habitantes, lo cual no se cumplió en el momento oportuno.

Ahora las autoridades municipales a través de la EMRU se han propuesto adelantar la renovación urbana sobre la base de declarar de utilidad pública la zona respectiva, obligando a los propietarios de sus viviendas y negocios a negociar bajo la amenaza de la expropiación administrativa e imponiéndoles el precio y las condiciones de compra que en este caso están por debajo de los precios reales de los inmuebles que fueron previamente depreciados al pasar del estrato tres al estrato uno.

Los habitantes del barrio San Pascual han expresado públicamente que la EMRU, entidad encargada de adelantar los trámites de ley en torno a la Renovación urbana que se ejecutará por un grupo de constructores asociados, los han excluido de participar en dicho proceso no solo como simples propietarios de los 424 predios que servirán de base para la construcción de 4.000 apartamentos para diferentes estratos socio económicos, sino como actores principales del citado plan, que debe garantizarles que no serán desarraigados del lugar y que siempre existirá una opción para contar con una nueva vivienda y un local para desarrollar sus actividades comerciales a que tienen derecho de conformidad con la Constitución y los tratados internacionales que obligan a las autoridades a asegurar materialmente los derechos a la vida digna, el trabajo, la vivienda, el mínimo vital, la igualdad, derechos que precisamente son los que se están vulnerando con la puesta en práctica del proyecto.

Lo paradójico de todo esto es que mientras los habitantes de San Pascual son los que salen perjudicados con las acciones administrativas de la EMRU, los grandes beneficiarios del plan de renovación urbana son los constructores, urbanizadores y banqueros que se encargarán de convertir en realidad la mal llamada ciudad Paraíso sinónimo de desalojo y desplazamiento, amparados en leyes, decretos, acuerdos municipales, resoluciones administrativas, cuya aplicación se coloca por encima de los tratados internacionales de Derechos Humanos consignados en la Carta de Naciones Unidas y en el Pacto de Derechos Económicos, Políticos y Sociales, entre otros.

Las acciones de las autoridades municipales han dado pie para que los habitantes del Barrio San Pascual o Fray Damián demanden la revisión total del procedimiento aplicado en este caso, el cual podrá ser revocado aplicando el aforismo de que en derecho “las cosas se deshacen como se hacen”, cuando de hecho se ha dado un trato desigual e inequitativo en perjuicio de los intereses de los habitantes del sector que hoy son objeto de semejante despropósito gubernamental.


Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social

Búsqueda personalizada

Caliescribe edición especial