Metrocali perdido; Técnica, económica y legalmente

Por Ramiro Varela … |
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Por Ramiro Varela Marmolejo 
Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.

 

 


no hemos entendido por qué todos los Presidentes de Metrocali,  no han adoptado el MIO, mediante Acuerdo  en cuanto a su diseño definitivo

Hemos sostenido desde hace 11 años y no hemos entendido el por qué todos los Presidentes de Metrocali,  no han adoptado el MIO, mediante Acuerdo Municipal  en cuanto a su diseño definitivo.  Hemos informado que es una omisión inconstitucional e ilegal., ahora se le ha exigido al alcalde y al Presidente de Metrocali, el cumplimiento de las normas que lo ordenan, pero nueva e insólitamente se han negado a hacerlo.

En el año 2006, el Concejo Municipal ordenó mediante Acuerdo 192 , adoptar el sistema de transporte masivo en su diseño definitivo y lo ratificó en el año 2007, en el Acuerdo 224, artículo 1º Modificar el Artículo 4º del Acuerdo 192 de 2006, el cual quedará así: Realizar el cierre presupuestal, económico y financiero del sistema integral de transporte masivo de la ciudad mediante Acuerdo Municipal, iniciativa que deberá presentar el Alcalde Municipal en el mes de noviembre del 2008. Parágrafo. El cierre presupuestal, económico y financiero del STM de Cali contendrá:

  1. El cierre de compromiso mediante vigencias futuras, por parte de la Nación y el Municipio de Cali para las 3 primeras fases del sistema.
  2. Adopción del diseño definitivo del STM de Cali de conformidad al POT (Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio)
  3. Evaluación de los costos definitivo respecto al documento CONPES 3166 del 2002 Y 3369 de 2005

Nada de esto se ha cumplido

El artículo 313 de la C.N. establece como competencia constitucional del Concejo Municipal, reglamentar los usos del suelo, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción……. y la Ley 136 de 1994 estableció igualmente que el Concejo Municipal determinará la nomenclatura de las vías públicas. Nunca el MIO ha sido adoptado por las normas municipales.  Antes de su existencia en el POT del año 2000 (El MIO nació por el documento CONPES 3166 de 2002,  señaló en sus artículos 107 y 112  definiciones de lo que es un sistema integrado de transporte masivo y de lo que son los corredores y estaciones del sistema de transporte masivo). 

Al Alcalde de Cali se le preguntó Sírvase informar porque el diseño definitivo del sistema de transporte masivo de Cali MIO, no ha sido adaptado por Acuerdo Municipal, de conformidad con lo ordenado en los Acuerdos 192 de 2006 y 224 de 2007, en concordancia con el POT de la ciudad?

La respuesta del Presidente de Metrocali, Nicolás Orejuela es temeraria e insólita . “ Se considera que el diseño del sistema integrado de transporte masivo SITM MIO fue adoptado mediante el Acuerdo 373 de 2004 ( POT de Cali ) , en los términos que los artículos 206 y parágrafo I y el mapa 32 que hace parte del presente acto que así lo acordó”.

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Veamos lo que dice el POT de la ciudad, Acuerdo 373 del 2004, Art.206.  El subsistema integrado de transporte masivo está compuesto por la red de corredores, estaciones, terminales, patios y talleres, las tecnologías de operación, recaudo, información, así como por los vehículos que garantizan el servicio de transporte masivo para Cali y su conexión con la región.

Parágrafo I. La localización y la clasificación de redes e infraestructura de su sistema del transporte público se encuentra identificada en el mapa No.32 “sistema integrado de transporte masivo”, el cual es parte integrante del presente acto…….”

Como se observa en ningún artículo se está adoptando el diseño definitivo del sistema, ni se ha cumplido con ese ordenamiento legal

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Como se observa Metrocali, está muy mal desde el punto de vista jurídico, técnico y económico

Como se observa en ningún artículo se está adoptando el diseño definitivo del sistema, ni se ha cumplido con ese ordenamiento legal, está  afirmación                  la hacemos, con los siguientes fundamentos:

  1. Un POT es un marco general, que no incluye situaciones específicas como el diseño definitivo del MIO, a la que sí debe someterse elementos particulares del STM de Cali.
  2. En la exposición de motivos y en el marco jurídico del Acuerdo 373 de 2014, en ningún momento se relata que se va a adoptar el diseño definitivo del sistema de transporte masivo de Cali, ni se hace referencia al Acuerdo 224 del 2007.
  3. La redacción del artículo como el plano que se adopta, tampoco corresponde a un diseño definitivo. Se define un diseño definitivo de un proyecto: La adopción de acciones y actividades que garanticen la ejecución y operación del proyecto, documentos técnicos correspondientes para la construcción, montaje y puesta en marcha correspondiente al diseño de arquitectura, ingeniería o especialidades requeridas. En lo que contesta y remite, el Presidente de Metrocali Orejuela, no está ni de cerca en demostrar que es un diseño definitivo.

Es decir desde el punto de vista técnico y legal no tenemos en el MIO de Cali, el cumplimiento de la norma municipal.

Así mismo en el citado Acuerdo 224 del 2007 se ordenó el cierre de los compromisos mediante vigencias futuras por parte de la nación y del municipio de Cali para las 3 primeras fases del sistema, lo que no se ha hecho mediante Acuerdo Municipal.

Así mismo el Municipio tampoco ha cumplido con el ordenamiento legal de hacer “evaluación de los costos definitivos respecto al documentos CONPES 3166 de 2002 y 3369 de 2005. Esto no se ha adoptado mediante el Concejo Municipal. Por eso el MIO tiene quiebra técnica desde hace 11 años que la nación recortó las principales obras del sistema y no le ha dado solución al sistema.

Como se observa Metrocali, está muy mal desde el punto de vista jurídico, técnico y económico.

Orejuela,  está mintiendo,  está presuntamente prevaricando y podría estar cometiendo los delitos de falsedad en documento público y falsedad ideológica.

En este punto, del incumplimiento de la norma municipal para incorporar el MIO a la ciudad,  el Presidente de Metrocali, Orejuela,  está mintiendo,  está presuntamente prevaricando y podría estar cometiendo los delitos de falsedad en documento público y falsedad ideológica.

*Este debate se adelanta constitucionalmente en Acción de cumplimiento ante juez administrativo

Continuará….

Anexo respuesta Metrocali

 

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