Necesidad de una reforma judicial estructural

Por Luz Betty Jime… |
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Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


 

una profunda crisis política y moral que afecta el presente y futuro de millones de ciudadanos

La reforma de la Justicia constituye una necesidad ineludible e inaplazable en una sociedad atravesada por una profunda crisis política y moral que afecta el presente y futuro de millones de ciudadanos a quienes se les dificulta el acceso a los tribunales de justicia para dirimir sus conflictos judiciales particularmente en las zonas rurales.

De lo que se trata en este caso no es de hacerle algunos ajustes a la rama del poder judicial como lo sugieren algunos juristas para resolver aquellos problemas seculares de la justicia, relacionados con su ineficiencia, funcionalidad, politiquería y corrupción, etc., que finalmente conducen a realizar algunos cambios para que “todo siga igual” como ha sucedido en el pasado.

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la propuesta de reforma Constitucional del candidato a la presidencia de la República Iván Duque de crear una “Supercorte”

entronizado el “gobierno de los jueces” vulnerándose el principio de legalidad establecido en el marco del Estado Social de Derecho.

En este sentido la propuesta de reforma Constitucional del candidato a la presidencia de la República Iván Duque de crear una “Supercorte” que asuma las competencias que en la actualidad ejercen en forma separada las altas Cortes, no parece ser la mejor solución desde el punto de vista organizativo que demanda de una eficiente división del trabajo acorde con las nuevas condiciones de la actividad judicial y la creciente demanda de Justicia en todo el país, especialmente en el campo colombiano. Así las cosas, la cuestión no es que en el país existen muchos jueces, magistrados y organismos de cierre que generan los denominados “choques de trenes”, los cuales obedecen a otros factores de carácter ideológico y político que por cierto han generado un caos jurídico, con base en el cual se ha entronizado el “gobierno de los jueces” vulnerándose el principio de legalidad establecido en el marco del Estado Social de Derecho.

Igualmente habrá que decir que la reforma a la justicia no debe limitarse a la simple modificación de los códigos y las leyes existentes, como tampoco a la creación de nuevos juzgados, con los cuales se ha demostrado en la práctica que la oferta de justicia continúa siendo precaria en comparación con su demanda, lo cual se traduce en un monumental represamiento de expedientes que reposan por meses y años en los anaqueles de los despachos judiciales, convirtiendo a la administración de justicia en un ente paquidérmico, cuyas decisiones terminan siendo inoportunas y desfasadas de la realidad social que viven sus demandantes.

Buena parte de esta situación obedece a que no existe una distribución racional y equitativa de los procesos, particularmente en el caso de los juzgados de pequeñas causas que constituyen el grueso de la demanda judicial para los ciudadanos del común que no disponen de los recursos económicos para acudir a los centros de conciliación y arbitraje, ni a las cámaras de comercio, en tanto que ante los jueces de paz no se dirimen cuestiones eminentemente jurídicas ya que estos fallan en equidad. A lo anterior se suma el hecho de que las agencias del Estado no toman las medidas administrativas sobre las cuales existen precedentes judiciales que deben cumplirse tal como sucede con COLPENSIONES que se niega a reconocer derechos congestionando los juzgados laborales y la Sala Laboral del Tribunal de Cali.

Algunos juristas y operadores judiciales son partidarios de reformar aspectos puntuales como la ACCION DE TUTELA, que según se dice se ha convertido en ”un  obstáculo de la actividad judicial” y con lo cual se pretende limitar la protección de los derechos constitucionales fundamentales, cuando estos resultan vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública, circunstancia esta que viene sucediendo con alguna frecuencia, cuando no se hacen efectivas las medidas relacionadas con el cumplimiento de dicha acción y del desacato de la tutela.

Humberto De La Calle se propone defender y promover la transparencia y la legalidad y ejecutar un gran programa de descongestión judicial

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ninguna de ellas tiene por objeto hacer de la Justicia un factor esencial de la democracia participativa y decisoria

Algunos candidatos a la presidencia de la República como Sergio Fajardo, plantean la necesidad de garantizar el acceso a la justicia en las zonas rurales y la aplicación de un plan estratégico de carácter tecnológico en la rama judicial. Por su parte, Humberto De La Calle se propone defender y promover la transparencia y la legalidad y ejecutar un gran programa de descongestión judicial. De otro lado, German Vargas Lleras habla de convocar un referendo Constitucional además de implementar el “expediente electrónico”. Finalmente, Gustavo Petro considera indispensable fortalecer la independencia de la Justicia a través de la aplicación de la carrera judicial y la autonomía financiera.

No obstante la importancia de las anteriores propuestas, ninguna de ellas tiene por objeto hacer de la Justicia un factor esencial de la democracia participativa y decisoria, que a través de los tiempos ha adquirido un inmenso valor social constituyéndose en un medio importante para el ejercicio de los derechos y libertades frente al poder del Estado, que hoy con justa razón reclaman los abogados litigantes y los colegios de abogados de todo el país que conocen, viven y padecen los problemas de la justicia  e insisten en que su reforma debe contar con su participación.

Ahora bien, la crisis institucional de la justicia es en cierta forma un reflejo de la crisis que afronta la estructura del poder en su conjunto, en donde ya no impera el principio de la separación de poderes ni la colaboración armónica de los mismos en la realización de sus funciones, ya que en la práctica el poder está concentrado y centralizado en cabeza del ejecutivo que gobierna en su condición de representante y defensor de los intereses de las clases dirigentes o de un sector de las mismas, imprimiéndole un carácter de clase a las decisiones que se toman y leyes que se aprueban en el Congreso en donde se fija la política del régimen en diversas materias, incluyendo las relacionadas con el “poder judicial”, circunstancia esta que por supuesto no impide para que en determinadas condiciones y al calor de la lucha competitiva por el poder se generen grandes contradicciones políticas al interior del aparato estatal, que se manifiestan por ejemplo en el órgano legislativo con la actual polarización política entre el partido Centro Democrático y los partidos que apoyan al gobierno del presidente Santos o cuando en virtud de lo que se conoce como el “gobierno de los jueces”, la Corte Constitucional asume la función de cuerpo legislativo con miras a unificar la jurisprudencia y garantizar la seguridad jurídica que reclaman los grandes intereses económicos y políticos del país, afectándose de esta manera el principio de legalidad y la autonomía e independencia judicial.

La convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa constituye en la actualidad el mejor camino para debatir y aprobar una reforma estructural

La convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa constituye en la actualidad el mejor camino para debatir y aprobar una reforma estructural y funcional de la justicia que comprenda todos aquellos aspectos de carácter político, organizativo, funcional y financiero, encaminados a garantizar real y materialmente la continuidad en la prestación del SERVICIO PUBLICO GRATUITO DE LA JUSTICIA, que hoy presenta dos caras opuestas, en tanto existe una justicia ineficiente, inoportuna y costosa en donde se ventilan las causas de los ciudadanos comunes y corrientes, y otra para los sectores mas pudientes de la sociedad rodeada de todas las garantías procesales, generándose una mayor desigualdad y desconfianza de los usuarios de la justicia, que prefieren acudir a otros medios para dirimir sus controversias en medio de un clima de violencia y pugnacidad, respecto del cual el Estado resulta incapaz de garantizar el orden social y jurídico y en donde la justicia tiende a convertirse en “la sirvienta del poder”, cuando no es que algunos de sus miembros aparece comprometido con el denominado “cartel de los togados”.

la reforma a la justicia no se convierta en un fin en sí mismo

A fin de que la reforma a la justicia no se convierta en un fin en sí mismo, es preciso que ésta no se encuentre mediatizada por la demagogia y el populismo judicial que en nada contribuyen con la necesidad de avanzar por los caminos de la democratización de la justicia que hoy demandan los colombianos como garantía de sus derechos y libertades en el marco del Estado Social y democrático de Derecho.


Veeduría Ciudadana por La Democracia y La Convivencia Social

El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social

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