Estas elecciones 2023, las ganará Cali

Por Redaccion |
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*Redacción 

Es tal el problema de Santiago de Cali, con su desorden de ciudad, violencia e inviabilidad técnica económica y social, sumado a la desmoralización del pueblo caleño, encontrado por Caliescribe, que cuando llegue la fecha del 30 de julio, cuando se cierran los candidatos a la alcaldía y al concejo, y no encuentren candidatos creíbles, revise para que vote bien o sancionar con el voto en blanco: 

  • Porque con sus propuestas se evidencie que no son creíbles para gestionar los grandes problemas de Cali , que los diferencie de los alcaldes 2000 – 2023, Recordamos el sueño irrealizable de un tren de cercanías o de un metro para Cali , que hoy proponen y que no es realidad, ante la quiebra billonaria en lo técnico , lo económico y organizacional del MIO.
  • Porque hayan evidenciado y probado que seguirán con el modelo político, de los alcaldes 2004 – 2023, que armaron “bandolas “ para privilegiar intereses personales y partidistas o grupistas. 
  • Propongan como coalición de gobierno con  el Concejo, los mismos con las mismas. Debe haber colaboración armónica en propósitos de ciudad, sin contratos de obras, sin contratos de programas y sin contratos de personal, para que sea de nuevo un CONCEJO HISTORICO Y ADMIRABLE. 

Voto en blanco

En Colombia los votos en blanco son votos válidos

Se diferencian por supuesto de las tarjetas no marcadas y los votos nulos, la sentencia C-490 del 2011 de la Corte Constitucional, se indica que este tipo de voto es “una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad con efectos políticos” ¿cuáles son estos efectos? Según el artículo 9º, acto legislativo 01 del 2009 “deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros (……) o la primera vuelta en las elecciones presidenciales” cuando los votos en blanco constituyen la mayoría del total de los votos válidos. No obstante, la Registraduría Nacional del Estado Civil, de conformidad con el Consejo Nacional Electoral aclara que la mayoría necesaria para repetir la elección es la “absoluta”, es decir el 50% más uno de los votos válidos. Ahora bien, si en la repetición llegara a ganar el voto en blanco nuevamente, quedaría como triunfador el candidato que alcance la mayoría de los votos válidos en el certamen electoral.

La Constitución de 1991 se refiere al voto en blanco como un derecho y un deber ciudadano. Y así fue que nació la ley 84 en 1993, que en su artículo 13 definió el voto en blanco. Por esta razón, la tarjeta electoral debía contar con una casilla en la que se expresara, pero le negó efecto jurídico al disponer que no se tendrá en cuenta para obtener el cociente electoral. Esta ley fue declarada inexequible por la Corte Constitucional con sentencia C-145 de 1998.

Yo voto en blanco
Yo voto en blanco

El voto en blanco es una opción que le permite al ciudadano expresar de forma positiva, clara y contundente el desacuerdo con las propuestas en contienda. Pero al mismo tiempo es un voto de castigo a quienes han ejercido, en el caso de Cali, la alcaldía y el concejo, por décadas, de tal manera que pueda existir esa sanción social. Y fue el acto legislativo del 3 de julio del 2003, reconocido también como reforma política, que estableció “deberá repetirse por una sola vez, la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos. Tratándose de elecciones unipersonales, no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las de corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral. 

Y la reforma política del 2009, modificó el artículo 258 de la Constitución y lo dejó como se aplica hoy en día en lo establecido en la ley estatutaria del 1475 del 2011. 

Es una garantía legal para que los ciudadanos que no se sientan conformes con la situación política o con los candidatos en una jornada electoral, puedan lograr esa expresión democrática. La experiencia ha sido donde se ha ganado la elección local en el 2011 en Bello Antioquia, y en el 2015 en Tijacá Tolima. La experiencia en el Valle del Cauca fue en Florida, donde el voto en blanco alcanzó los 8.021 sufragios, pero obtuvo una mayoría simple, por lo que el candidato que obtuvo la segunda votación ganó la alcaldía.

Los promotores del voto en blanco 

El voto en blanco tiene un impulsor: un partido, movimiento político, incluso un comité independiente que se postula para hacer campaña entre la población, “promoviendo el voto en blanco”, señala la Registraduría Nacional del Estado Civil.

En su plataforma digital, la Registraduría Nacional del Estado Civil expone que en ningún caso se suma el porcentaje de los votos en blanco al candidato que obtenga la mayor votación en las elecciones, ya que este es uno de los mitos que distorsionan el significado de este voto, el cual siempre “se contabiliza independientemente, al igual que se hace con los sufragios alcanzados por cada candidato”.

El Estado de Colombia reconoce la existencia legal de movimientos u organizaciones de ciudadanos que puedan promover el voto en blanco, otorgándoles derechos iguales a los de los partidos y movimientos políticos. 

Estas elecciones las ganará Cali

Como? Eligiendo los mejores con estas condiciones o votando blanco, para que la ciudadanía asuma la voz y se repitan las elecciones , sin los candidatos en contienda.

 

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