Delirante especulación inmobiliaria de la expansión

Por Carlos Botero |
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Por Carlos Enrique  Botero Restrepo

Arquitecto Universidad del Valle; Master en Arquitectura y Diseño Urbano, Washington University in St: Louis.

Profesor Maestro Universitario, Universidad del Valle. Ex Director de la Escuela de Arquitectura de la Universidad del Valle (de2012 a 2015) y Director del CITCE (Centro de investigaciones Territorio Construcción Espacio) de 2006 a 2010.


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Esa definición es lo suficientemente amplia y flexible para dar cabida a iniciativas de diferente origen, estatal y comunitario, siempre y cuando se enmarquen dentro de los términos que establecen los Planes de Ordenamiento Territorial

En términos de las leyes que rigen el planeamiento territorial en Colombia –lo que incluye lo urbano y lo rural- puede definirse urbanismo como el ejercicio transdisciplinar que estudia, administra y define los tratamientos que se deben aplicar en el manejo del territorio para el desarrollo de las sociedades humanas.

Esa definición es lo suficientemente amplia y flexible para dar cabida a iniciativas de diferente origen, estatal y comunitario, siempre y cuando se enmarquen dentro de los términos que establecen los Planes de Ordenamiento Territorial a escala municipal y, tras la Ley 1454 de 2011, a escala metropolitana y departamental. Así las cosas, toda iniciativa, toda propuesta traducible en proyectos, se debe enmarcar dentro de los alcances y limitaciones del respectivo POT.

Lo único que se atendió fue la delimitación de las áreas de expansión

Cumplidos dieciocho años de la promulgación del POT según el Acuerdo 069 de 2000 –el Acuerdo 323 de 2014 ( nuevo POT ) es un reformulación en cumplimiento de la ley- nadie puede demostrar que en algo se haya atendido como herramienta de ordenamiento territorial. Lo único que se atendió fue la delimitación de las áreas de expansión y lo que se tradujo en las llamadas fichas normativas, es decir en establecer las limitaciones y posibilidades de construcción en predio urbanizados y en nuevos desarrollos urbanos. En últimas, lo que siempre ha importado a los agentes de la dinámica de transformación urbanística es la posibilidad que deja el POT para construir, ampliar, reformar edificaciones. El resto del plan queda dando vueltas: cada alcalde, para tratar de cumplir con la ley, impulsa según recursos disponibles, algún avance en algunos de los planes ordenados por el POT. Unos que se elaboraron y otros que se bosquejaron durante la vigencia de 2001 a 2014, no sirvieron a partir de la vigencia actual del POT. Otros que se iniciaron en ésta, ahora enfrentan o enfrentarán la amenazante intervención del Concejo Municipal para su aprobación. Y aquí si viene la definitiva eliminación práctica del Plan de Ordenamiento Territorial.

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A quién se le ocurre dentro de la lógica de la práctica del planeamiento territorial, que los planes de desarrollo urbano de cada uno de los que se denominaban sistemas estructurantes del territorio

A quién se le ocurre dentro de la lógica de la práctica del planeamiento territorial, que los planes de desarrollo urbano de cada uno de los que se denominaban sistemas estructurantes del territorio (ambiental, de espacio público, de equipamientos colectivos, de infraestructura de servicios domiciliares, de movilidad y de manejo de patrimonio arquitectónico y urbanístico), elaborados por equipos profesionales interdisciplinares tras largos y complejos ejercicios, terminen siendo sometidos a la consideración de los muy honorables concejales para su aprobación? Pueden ser muy honorables, pero pocón pocón capaces de valorar a través de ponentes la validez de las propuestas que ahí se pretenden analizar y validar. Eso es una aberración: cualquier concejal no pasará de  tratar de ver qué de un plan afectaría a los intereses de sus electores que casi siempre son sus patrocinadores y no la comunidad.

no era necesario todo el volumen cartográfico y analítico

Puede todo mundo quedarse tranquilo. El POT seguirá otros ocho años antes de que se lo someta a una nueva revisión y a un nuevo pretendido ajuste y cada quien sabrá qué se le permite construir dentro de la delirante especulación inmobiliaria de la expansión. Para eso no era necesario todo el volumen cartográfico y analítico que se incluye en el documento completo sino unas veinte páginas escritas equivalentes a las fichas normativas.

Parafraseando a un conocido académico, en Colombia hay muchísima planeación, pero nada o casi nada de eso se ejecuta. Nada qué ver con el negocio del territorio.

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