El Valle necesita un equilibrio regional…

Por Redaccion |
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Redacción

Definitivamente y sobre la proyección futurista de la ciudad, el gran fracaso del PIMU es haber desconocido la competencia constitucional del departamento del Valle en la formulación del plan integral de movilidad urbana, que fue acertadamente hundido en el Concejo municipal. No tuvo en cuenta fácticamente como corresponde, la articulación con la Gobernacion del Valle, se limita a demostrar que cumplió el Plan de Desarrollo Departamental y no más. La Constitución le da una competencia constitucional, que el Municipio de Cali desconoció. De esta actitud egoísta de los alcaldes municipales, es que se deriva esa megaconcentracion urbana que tiene la ciudad capital , Cali.

Ante esta inquietud Planeación Municipal responde:

El marco regulatorio del proyecto de acuerdo “por el cual se adopta el plan integral de movilidad urbana del municipio de Cali; se crea la contribución por estacionamiento; se ordena, regula y tarifica el estacionamiento de uso público; y se establecen otras disposiciones” se encuentra debidamente sustentado en la exposición de motivos que fundamenta el proyecto acuerdo, que contiene el marco jurídico constitucional y el marco jurídico legal de nivel nacional y el nivel local. Vale la pena aclarar que la norma propuesta en el PIMU de Cali; no pretende ir en contra de marco regulatorio alguno, por el contrario su objeto es armonizarse con la norma actual que permite al desarrollo de la movilidad urbana de manera ordenada, eficiente, integrando todos sus componentes.

Además debe tenerse en cuenta que el marco regulatorio fue debidamente expuesto y discutido, previamente a la presentación del proyecto acuerdo con el departamento administrativo de hacienda municipal y el departamento administrativo de jurídica pública, cuya consecuencia son los dos conceptos de viabilidad del proyecto que acompaña y sustentan la propuesta del PIMU…

El plan de movilidad en ningún momento desconoce la competencia del departamento del Valle, en tanto que la formulación corresponde principalmente a municipio de Cali, pero dentro de su planificación no puede conocer los sistemas de envergadura regional, en tanto que el municipio de Cali como capital del departamento debe propender por promover el desarrollo en la región y uno de los promotores del desarrollo de la conectividad y la movilidad. Por ello el PIMU incluye los principales proyectos de conexión interurbano que plantea la conectividad de Cali con los municipios vecinos de Jamundí, Palmira y Yumbo, a través de un sistema ferroviario, el cual también hace parte del plan de desarrollo del Valle 2016-2019 “el Valle esta en vos”.

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para nada relaciona los actos administrativos del acuerdo entre el municipio de Cali y el departamento del Valle

Debe recordarse que el plan de desarrollo de la ciudad y el plan de ordenamiento territorial vigente surtieron los procesos de discusión y adopción ante los entes correspondientes, incluyendo los entes departamentales y el PIMU se encuentra acorde con los objetivos de dichos planes y es cumplimiento de estos que debe ser implementado por la administración municipal.

Como se observa para nada relaciona los actos administrativos del acuerdo entre el municipio de Cali y el departamento del Valle para armonizar el plan municipal con el plan departamental. Por supuesto que las obras del componente regional, son tenidas en cuenta, pero debe existir una armonización en la medida en que si se trabaja conjuntamente, se puede lograr una mayor prospectiva y visión del futuro de Cali al interior del área de influencia del Valle del cauca, del norte del Cauca, con visión internacional.

Sigue Planeación municipal “respecto a si se concertó con la gobernación del Valle, los proyectos que hacen parte del plan de acción del PIMU fueron socializados con actores de distintos niveles territoriales y algunos proyectos del orden departamental fueron incluidos debido a que corresponden a proyectos y así que ya sean parte del banco de proyectos de planeación departamental y que cuentan con recursos asignados…” De igual manera es importante aclarar que la gobernación del Valle tiene una competencia para pronunciarse sobre los proyectos de acuerdo con los municipios que lo integren, de acuerdo con los contenidos en artículos de la ley 1333 de 1986, de la ley 136 de 1994 que contienen normas sobre el régimen municipal y la organización de los municipios.

Respecto a las manifestaciones por el supuesto desconocimiento de la ley orgánica del plan de desarrollo ley 152 de 1994, especialmente a los principios generales que se relacionan con el artículo tercero modificado en la ley 1473 de 2011 (articulo 9), que define D) consistencia con el fin de asegurar la estabilidad macroeconómica y financiera, los planes de gasto derivado de los planes de desarrollo deberán ser consistentes con las proyecciones de ingresos y financiación, de acuerdo con las restricciones del programa financiero del sector público y de la programación financiera para toda la economía que sea congruente con dicha estabilidad. Se deberá garantizar su consistencia con la regla fiscal contenida en el marco fiscal de mediano plazo”

Parágrafo: para efecto de lo previsto en el literal D de este artículo se entiende por concurrencia. Cuando dos o más autoridades de planeación deben desarrollar actividades en conjunto acción propósito común, teniendo facultades de distintos niveles en su actuación deberá ser oportuna y procurando la mayor eficiencia y respetándose mutuamente los fueros de competencia de cada una de ellas.

Subsidiaridad. Las autoridades de planeación del nivel más amplio deberán apoyar transitoriamente aquellos que carezcan de capacidad técnica para la preparación oportuna del plan de desarrollo.

Complementariedad. En el ejercicio de las competencias en materia planeación las autoridades actuarán colaborando con las otras autoridades, dentro de su órbita funcional con el fin de que el desarrollo de ellas tenga plena eficiencia.

Es pertinente, señalar que toda vez que proyecto de acuerdo fue debidamente presentado ante hacienda municipal, los temas de sostenibilidad financiera y su armonización con el gasto público del municipio, fueron estudiados y viabilizados por dicho ente competente. Lo anterior, obra en la certificación de viabilidad del proyecto de acuerdo, en la que se indica que este es consistente con las proyecciones del marco fiscal de mediano plazo conforme a la ley por 819 de 2003.

El PIMU es un instrumento de planificación macro de la movilidad, lo cual excede la construcción de obras destinadas al uso del vehículo particular y su objetivo no es garantizar los recursos financieros para la ejecución de las megaobras faltantes ni en el corto, ni en el mediano, ni en el largo plazo.

Adicionalmente y dado que el PIMU cuenta con la viabilidad financiera por parte de hacienda municipal, en tanto que no tiene impacto fiscales negativos en las finanzas del municipio, e involucra las acciones y proyectos contemplados en los distintos subsistemas del sistema de movilidad.

La ley orgánica de ordenamiento territorial faculta los departamentos para que establezcan directrices y orientaciones para el ordenamiento de la totalidad o porciones específicas de su territorio, especialmente en áreas de conurbación con el fin de determinar los escenarios de uso y ocupación del espacio, de acuerdo con el potencial óptimo del ambiente y en función de los objetivos de desarrollo, potencialidades y limitantes biofísicos, económicos y culturales, no obstante el departamento del Valle del Cauca, a la fecha no cuenta con un POT adoptado por lo cual el único insumo disponible de planificación de la movilidad en el municipio de Santiago de Cali es el acuerdo 373 de 2014.

Sin embargo se resalta que la gobernación del Valle viene en un proceso de formulación y adopción del primer POT en Colombia. Los proyectos que contemplan la construcción de obras de infraestructura tal como se definen en el plan de acción del proyecto acuerdo están sujetos a diseño de detalle. De igual manera sólo los proyectos de conexión interurbana involucran los proyectos de infraestructura en vía del departamento y de la Nación.

Indudablemente que Cali debe pensar en otro desarrollo, sus fronteras económicas tocaron a Yumbo, Palmira, Jamundi, Candelaria, Puerto Tejada, Santander de Quilichao, Pradera, Florida, Caloto, etc. Es hora que Cali, piense en desconcentrase y el valle , pueda construir su equilibrio económico y poblacional. 

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