¿Imponer criterio del Magistrado sustituyendo normatividad?

Por Luz Betty Jime… |
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Luz Betty Jiménez De Borrero / Pablo A. Borrero V.


 

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En tales circunstancias la administración de justicia no solo es que no está en condiciones de garantizar plenamente el acceso y la igualdad de derechos de los ciudadanos

Cada vez crece la audiencia de colombianos que no creen en la administración de justicia, lo cual obedece a diversos factores estrechamente ligados con la crisis general que afronta la sociedad actual sumergida en un mar de contradicciones y conflictos sociales que se extienden al ámbito judicial, generando un clima de incertidumbre e inseguridad jurídica que afecta a todo el orden institucional del país.

En tales circunstancias la administración de justicia no solo es que no está en condiciones de garantizar plenamente el acceso y la igualdad de derechos de los ciudadanos ante los tribunales, sino que además no cuenta con los instrumentos idóneos para realizar sus funciones y ofrecer así una pronta y cumplida justicia en favor de los ciudadanos que acuden a los tribunales a dirimir sus controversias judiciales.

Entretanto la administración de justicia opera bajo la influencia de las fuerzas políticas que tratan por todos los medios de someterla a sus designios y propósitos políticos ajenos a la misión que tienen todos los jueces y magistrados de actuar conforme a lo establecido en la Constitución y en la ley y no de satisfacer los intereses de una u otra de las partes intervinientes en las diferentes causas que se adelantan en los despachos judiciales.

No obstante la puesta en marcha de nuevos procedimientos judiciales encaminados a lograr una mas eficiente y oportuna justicia, ésta se encuentra con una creciente demanda que sobrepasa la oferta judicial convirtiéndose en una justicia paquidérmica y frustrante que finalmente termina siendo injusta e inequitativa en el tratamiento y solución de los conflictos jurídicos que se tramitan a nivel de todas las instancias del poder judicial.

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La crisis de la administración de justicia se revela así mismo con la dependencia de los jueces frente a las altas Cortes y particularmente a la Corte Constituciona

La crisis de la administración de justicia se revela así mismo con la dependencia de los jueces frente a las altas Cortes y particularmente a la Corte Constitucional que les impone su visión de las normas jurídicas más allá de los límites de su competencia lesionando con ello su autonomía e independencia. Esta circunstancia se manifiesta con la modificación constante de las normas jurídicas so pretexto de “unificar la jurisprudencia”, generándose la obligación perentoria de aplicarla al momento de proferirse las sentencias que dictan los jueces en cada una de las ramas del derecho.

De esta manera el alto tribunal asume funciones de legislador propias de la rama legislativa en cabeza del Congreso de la república, en lo que podría calificarse como una forma velada de vulnerar el principio de la división de poderes que conlleva a una verdadera confusión de los mismos en el marco del Estado de Derecho. Un caso todavía mas grave lo constituye la práctica reiterada de la Corte Constitucional de privilegiar las formas jurídicas del Estado de Derecho por encima de la estructura jurídica del Estado Social y Democrático de Derecho, cuyos principios fundamentales están consignados en el preámbulo y en el título l de la Constitución de 1991 atinentes al trabajo, la paz, la JUSTICIA, la igualdad, la libertad, el conocimiento, la prosperidad general; principios estos concebidos dentro de un marco jurídico democrático y participativo, garante de un orden económico, político y social justo y comprometido con la integración de la comunidad latinoamericana.

No obstante lo anterior hay quienes consideran que el verdadero Derecho lo crean los jueces a través de sus providencias, en tanto que las normas jurídicas consignadas en la Constitución y en las leyes no son mas que “trozos de papel”. Y de ahí que el gobierno comparta la idea con los magistrados de las altas Cortes deintroducir como parte esencial de la reforma a la administración de Justicia la figura del precedente judicial obligatorio con lo cual se impondría el criterio del Magistrado o Magistrados de la Corporación en sustitución de la normatividad jurídica vigente en el país.

De esta manera se concentraría el poder de decisión en cabeza de las altas Cortes, abriéndose paso la tendencia al voluntarismo judicial y la arbitrariedad que en el fondo constituyen dos formas de manifestación de la crisis por la que atraviesa la administración de justicia, que de ahora en adelante tendría las manos libres para crear el derecho a su antojo en correspondencia con los intereses personales o políticos de los magistrados.

La crisis estructural y funcional de la administración de justicia también se expresa de manera patética en el procedimiento que se adoptó para algunas ramas del Derecho, particularmente en materia penal con la introducción del sistema oral convertido en un campo de negociaciones y transacciones basadas en la confesión de los delitos, acordadas entre el fiscal y el defensor del indiciado o imputado, encaminadas a lograr la reducción de la sanción penal o la renuncia a continuar investigando la existencia de alguna otra infracción penal.

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De la crisis de la JUSTICIA no se podrá salir a partir de la aprobación de una simple reforma a la rama judicial concertada en las alturas del poder

En toda esta estrategia incide de manera determinante el poder inmenso del fiscal frente al defensor de oficio desprovisto de los recursos y herramientas jurídicas para adelantar la defensa de su cliente.

A lo anterior se suma el trato discriminatorio y desobligante de algunos jueces y magistrados con los abogados litigantes en desarrollo de las audiencias en las que actúan y en donde algunos jueces los intimidan e incluso los sancionan con medida de arresto por sus manifestaciones de rechazo y protesta frente a los actos ilegítimos de extralimitación de funciones de los operadores judiciales.

De la crisis de la JUSTICIA no se podrá salir a partir de la aprobación de una simple reforma a la rama judicial concertada en las alturas del poder sin la participación democrática de todos los actores del sistema judicial , como jueces, magistrados, abogados litigantes, usuarios de la justicia, representantes de entidades académicas dedicadas al estudio y seguimiento de los procesos judiciales y de los ciudadanos en general, que demandan de la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente para reformar la Administración de Justicia en el marco del Estado Social y Democrático de Derecho y no como producto del contubernio que se gesta desde las alturas del poder.


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El Control Ciudadano Sobre la Gestión Pública es Condición Indispensable para el Ejercicio de la Democracia y la Convivencia Social

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