Prevaricato, falsedad en documento y fraude procesal: Municipio

Por Ramiro Varela … |
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Por Ramiro Varela Marmolejo 
Ingeniero Civil de Univalle, MBA U. V., Director de Caliescribe, constructor, Ex -Congresista y Ex Concejal de Cali.

 

 


Se le ha rogado en múltiples oportunidades al Alcalde de Cali a través peticiones,  tutelas y acción popular, para liquidar la contribución

En los dos años de la administración municipal, se materializó el incumplimiento de las normas del estatuto de valorización nacional y municipal, para la ejecución del Plan 21 Megaobras. Se le ha solicitado en múltiples oportunidades al Alcalde de Cali a través peticiones,  tutelas y acción popular, para liquidar la contribución,  obras donde no existe la plata, ya le caducó el término para su ejecución y que es uno de los grandes fracasos del municipio de Cali.

A pesar del ruego, en el 2018 volvimos a insistir al alcalde de Cali, Maurice Armitage, que definiera lo que proyecta el municipio por las obras faltantes del Plan de 21 Megaobras, ante lo agotado que está presupuestalmente los recursos de la valorización y que las más importantes no quedaron priorizadas en el Plan de Desarrollo (prolongación de la Av. circunvalación del sur, ampliación de la carretera al mar, 110 km de rehabilitación de vías, etc.).  Y la respuesta,  sirve para engañar a los caleños,  dejar sin hacer las obras más importantes, luego son actos criminales, pues lo que buscan el alcalde, es no cumplir  con las normas legales

he presentado denuncia penal, por los delitos de prevaricato, falsedad de documento público y  fraude procesal, ante el ocultamiento del pasivo fiscal

Se le precisó que lo más grave económicamente, es  oficializar el desfase entre lo comprometido legalmente, la posibilidad presupuestal del municipio y las causas por qué no ha informado al Concejo y a los contribuyente  como sujetos pasivos de la valorización, el desfase económico y financiero del Plan 21 Megaobras, para hacer un cruce de cuentas, devolución de dineros sobre obras no construidas, con el soporte de la aprobación en el cabildo.

La respuesta del Ing. Diego Pérez, Subsecretario de apoyo técnico y ratifica lo expresado en 2 años, por el Alcalde, el Secretario de Infraestructura, la Dirección Jurídica del Municipio y la Secretaría de Hacienda, donde no reconocen el pasivo fiscal que origina la ausencia de presupuesto para terminar las Megaobras, evaden situaciones y con  vigencias futuras vencidas en el 2017. En consecuencia de lo anterior, he presentado denuncia penal, por los delitos de prevaricato, falsedad de documento público y  fraude procesal, ante el ocultamiento del pasivo fiscal del municipio de Cali, omitiendo incumplir normas legales. El ocultamiento es derivado de los recursos que le hacen falta al municipio de Cali arbitrar, para soportar el déficit presupuestal de la valorización en  el Plan de 21 Megaobras.

Normas vulneradas del estatuto de valorización

Los recursos presupuestales ejecutados en el año 2016 - 2017 y proyectados al 2019, oficializan el incumplimiento de las obligaciones del Alcalde, la Secretaría de Hacienda y el Secretario de Infraestructura, con los ciudadanos-contribuyentes del Plan 21 Megaobras. El Municipio ha venido ocultando el pasivo fiscal, desconocen el cumplimiento de los Acuerdo 241 de 2008, 261 del 2009 y 297 de 2010; con intención premeditada criminal para no acatar la ley,  evadirla como servidores públicos.

Es claro que el municipio tiene unas deudas con la ciudad y los contribuyentes de las 21 Megaobras, que oficialmente se reconocen en $726.000 millones

Es claro que el Municipio tiene unas deudas con la ciudad y los contribuyentes de las 21 Megaobras, que oficialmente se reconocen en $726.000 millones, no se liquida oficialmente el programa, a pesar de que se tiene todos los elementos fácticos de los presupuestos de obras ejecutadas, en ejecución y por ejecutar y contrastar con el cumplimiento de:

1. El Acuerdo 241 de 2008, que obligó a construir por el sistema de valorización las 21 Megaobras y le dio un plazo de 14 meses al Municipio para ejecutarlas.

2. El Acuerdo 297 de 2010 amplió el plazo para ejecutar las obras a 24 meses y ordenó la inversión pública del municipio de Cali, en el evento en que los recursos de la valorización no alcanzaran. Esto es un hecho real y se ha incumplido. Adicionalmente, dejaron en el limbo obras no priorizadas dentro del Plan de Desarrollo, como la prolongación de la avenida circunvalación, la ampliación de la carretera al mar, los 110 km faltantes de rehabilitación de vías, el parque lineal de la avenida Roosevelt…. Intencionalmente han omitido la obligación legal de presentar los informes de interventor, de compra de predios, de presupuestos ejecutados y por ejecutar, actualizados al Concejo Municipal como ordena el Acuerdo 241 de 2008, información que sirve para hacer correctivos.

El municipio de Cali premeditadamente ha calculado mal el marco fiscal de mediano plazo, la capacidad de endeudamiento

El municipio de Cali premeditadamente ha calculado mal el marco fiscal de mediano plazo, la capacidad de endeudamiento, ingresos corrientes que se determinan por los ingresos de libre destinación, y ante la el agotamiento de la contribución para las obras del Plan 21 Megaobras, deben hacer parte del cálculo de ahorro operacional, pues así lo ordenó el Acuerdo 297 de 2010, el Municipio asume el mayor valor de la valorización. No lo hacen…

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El Acuerdo 297 de 2010 reitero originó unas obligaciones en esas normas, y creó un acto o un hecho financiero, económico y social

Como el programa a través de valorización ha dejado un déficit oficial superior a 400.000 millones de pesos y nuestros cálculos indican que llegan a 1.1 billones de pesos, no se ha llevado eso al escenario del marco fiscal de mediano plazo, conforme a la proyección de ingresos del Municipio, pues la deuda  no tiene nada que ver con los contribuyentes, así lo ordenó el Acuerdo 297 de 2010, ni con el recaudo, pues su valor se conoce y el déficit también.

El Acuerdo 297 de 2010 reitero originó unas obligaciones en esas normas, y creó un acto o un hecho financiero, económico y social,  asumiendo un pasivo fiscal que no lo quiere reconocer el municipio y por ello es el ocultamiento que premeditadamente hace el Alcalde, la Secretaría de Hacienda y el Secretario de Infraestructura, principalmente.

Los pasivos estimados son las obligaciones que están a cargo del Municipio de Cali, originadas en unas circunstancias ciertas, con una exactitud, y con facilidad de medir monetariamente, pues los presupuestos de costos de las obras construidas, por ejecutar y en construcción vs el recaudo pagado y adeudado que se conoce , con una contabilidad sencilla. El pasivo estimado por las 21 Megaobras tiene la naturaleza en el Acuerdo 297 de 2010 que se las origina el municipio de Cali y le libera a los contribuyentes de la valorización de responsabilidad de asumir el déficit del plan de obras, y por lo tanto deben reclasificarse como el pasivo, ante una estimación que debió materializarse hace dos años en el estudio del Plan de Desarrollo de Cali 2016-2019. La información estaba cuando no se priorizaron algunas Megaobras, por la falta de los recursos y que permitió su cálculo a través de unas vigencias futuras otorgadas para el Plan 21 Megaobras, hasta el año 2017. Y aqui hay una co responsabilidad del Concejo, que no hace este control constitucional politico.

Las cuentas de orden de deudores, acreedores, contingentes del municipio deben ser registradas ante el hecho jurídico del Acuerdo 297 de 2010

Las cuentas de orden de deudores, acreedores, contingentes del municipio deben ser registradas ante el hecho jurídico del Acuerdo 297 de 2010, como una condición legal existente, con total certidumbre en relación con el derecho que le asiste a los ciudadanos de que les ejecuten las obras y la obligación por parte de Cali. Estas contingencias no son probables, ni eventuales, ni remotas, tratándose de cuentas de orden deudora contingentes, eventuales o remotas, tratándose de las cuentas de orden acreedoras contingentes, en ambos casos la ocurrencia es cierta y está determinada con la información que tiene el mismo Municipio de Cali, soportada  en los Acuerdos Municipales.

Las cuentas de orden acreedoras contingentes se revelan teniendo en cuenta la obligación proveniente del compromiso contractual que se hizo con los ciudadanos contribuyentes, al declararnos como sujetos pasivos de la valorización para el Plan de 21 Megaobras.

Este ocultamiento del pasivo fiscal del municipio, e incumplimiento de las normas  legales y ante la existencia de estos hechos y la solicitud permanente que hicimos en los dos primeros años de gobierno, nos obligaron a presentar la respectiva denuncia penal, comenzando por el  prevaricato claramente visible, como se desarrolló en el presente escrito.

Y se incurrió en FRAUDE PROCESAL cuando se ha  engañado a los servidores públicos, Concejales, Personería y la Contraloría, Procuraduría, Fiscalía y los jueces

El delito de falsedad en documento público se incurre cuando el Alcalde, el Secretario de Infraestructura y la Secretaría de Hacienda, informan por escrito que que se está acatando la ley, que no hay semáforo en rojo en el marco fiscal del mediano plazo, que no hay pasivo fiscal del municipio, que no hay que devolver los dineros de la valorización sobre obras no contratadas ni construidas. Y como si fuera poco, las obras ya no se pueden ejecutar, porque el gobierno tuvo dos años de plazo para iniciar su construcción, contratándolas y no lo hizo. Y se incurrió en FRAUDE PROCESAL cuando se ha  engañado a los servidores públicos, Concejales, Personería y la Contraloría, Procuraduría, Fiscalía y los jueces, pues se ha informado con argucias jurídicas, diciendo que las obras ya se iniciaron y por lo tanto no hay necesidad de cumplir el mandato, ni que hay que devolver los dineros sobre obras contratadas y no construidas y que no hay necesidad de construir en un plazo determinado el Plan de las 21 Megaobras.

Será el operador disciplinario, el penal y los jueces administrativos, que le digan la verdad a los caleños.

 

Adjunto  respuesta a derecho de petición

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