El debate del aborto

Por Ana Lucia Aran… |
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*Ana Lucia Arango M.
 

En Colombia en el siglo XX en reformas del código penal se empezó a manejar el aborto como un delito de tal manera que se sanciona a la mujer que interrumpa la vida de una criatura gestada en su vientre y que este en embarazo y también se sanciona a los médicos, o enfermeras o personal de servicio que ayude en la muerte de alguien que está vivo, es un feto que está en proceso para llegar al alumbramiento.

Para una corriente fuerte de mujeres se trata que la prohibición del aborto viola el derecho a su intimidad, a su libertad como mujeres y a decidir en su propio cuerpo, aunque ello genere riesgo al hacer un  aborto clandestino y también atenta contra los derechos de reproducción, pero hay otros que consideran, entre ellas la Iglesia Católica en que es un crimen el aborto, que se debe mantener la penalización de tal manera que se protejan los derechos de la persona que encarna el producto de la concepción, la cultura generada a través del tema religioso y por supuesto de la defensa del derecho a la vida que es sagrado.

El avance constitucional sobre el tema se dio después de la Constitución en el año 2006 cuando por situaciones calamitosas de la mujer como malformación del feto, peligro para su salud de la madre, o cuando es resultado el acceso carnal violento, tenga el derecho al aborto y se despenaliza. Esto no ha sido fácil en Colombia, las EPS y las IPS  alegan objeciones de conciencia o credos religiosos para no prestar el servicio y no acceden al procedimiento del aborto.

El debate del aborto

La sala penal de la Corte estudió la demanda del Ab. Andrés Mateo Sánchez y de Causa justa movimiento que reúne a organizaciones sociales y feministas, para despenalizar totalmente el aborto en Colombia, la dos a favor de los derechos reproductivos de las mujeres y exigen que la interrupción voluntaria del embarazo se realice en casos distintos a los que expone la sentencia C-355 de 2006, la cual asegura que el aborto es seguro en el país solo por las 3 causales,. El Magistrado Alejandro Linares se declaró impedido porque  públicamente en entrevista dio a conocer su posición. Con el empate la decisión final la tendrán 2 conjueces, uno por cada demanda ante la Corte  que será Juan Carlos Henao Y Julio Andrés Ossa.

Ya el Ex Magistrado Juan Carlos Henao fue  demandado para que se declare impedido y todo está suspendido hasta que los conjueces conozcan a fondo el expediente, pero tienen un plazo de 15 días hábiles para declararse habilitados.

Y Colombia pendiente de este fallo de la Corte Constitucional 

*Economista UAO

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