Contraloría de Cali y la quiebra fiscal del distrito

Por Redaccion |
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Redacción

La Contraloría de Cali de los últimos 7 años está en deuda con la ciudad, órgano de control de la ciudad de carácter técnico, con autonomía administrativa y presupuestal, encargado en Cali de ejercer, en representación de la comunidad el control fiscal a la administración y como tal, examina sus cuentas a fin de velar por la legalidad de los ingresos, gastos e integridad del patrimonio estatal y  juzga las cuentas de funcionarios que manejan fondos o bienes públicos, con el objeto de hacer efectiva su responsabilidad patrimonial. Este Contralor de Cali Pedro Antonio Ordóñez y sus subalternos, debe responder por la situacion fiscal y como elude las peticiones, debe dar respuesta con los actos administrativos proferidos por su vigilancia fiscal.

Por ello y ante el termino de su gestión fiscal, le hemos radicado el siguiente derecho de petición, al Contralor General de Cali, para que se sirva responder por esa situación tan delicada economica, financiera y fiscal de la ciudad. 

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Hechos:

  1. La ciudad de Cali a través del distrito, ha venido endeudándose en los últimos años, llegando a una deuda pública por encima de 1.2 billones de pesos, y unos intereses bancarios por encima de un billón de pesos. Estas autorizaciones de emprestitos  han sido entregadas por el Concejo Municipal de Cali, en los cuatrenios 2016-2020 y 2020-2024. Pero no se conocen los actos administrativos de la Contraloria de Cali, que califiquen el endeudamiento del Distrito de Cali , incluyendo los compromisos económicos y fiscales con los contribuyentes caleños de la valorización.

  2. Adicionalmente, la ciudad desde el año 2008, a través del Acuerdo 241, ha decretado un plan denominado 21 megaobras, las cuales aún no se terminan, , se les debe 7 megaobras a los ciudadanos contribuyentes . Y en estos 4 últimos años, no se han contratado ninguna de las megaobras faltantes: Ampliación de la vía al mar, prolongación y ampliación de la Av. Circunvalación del Sur hasta Pance, Puente en Chipichape, 110 kilómetros de rehabilitación de vías faltantes, terminación de la vía a Pance hasta la Voragine, puentes peatonales y parque lineal sobre la Av. Roosevelt. Y por el contrario, la Administración Municipal en el presente cuatrenio, se dedicó a hacer otras obras, como el Parque Cristo Rey por 140 mil millones de pesos, el Parque Corazón de Pance, por una cifra similar, el Parque Pacífico por 30 mil millones de pesos, Malla Vial de 400 kilómetros o plan huecos por 90 mil millones de pesos, Parque de la Tecnología e Innovación en el Club San Fernando por 120 mil millones de pesos, etc. Es decir, la ciudad no cumplió con las obras comprometidas, que son obligación de hacer y se puso a hacer otras obras. Y el municipio de Cali, mediante el Acuerdo 297 del 2010, ordenó pagar los costos y sobrecostos de las 21 megaobras, de los recursos presupuestales anuales del municipio, y esto no se cumple. Adicionalmente el decreto 1394 de 1970, el mismo Acuerdo 297 del 2010 y el 241 del 2008, obligan a que el distrito de Cali devuelva los dineros sobre obras cobradas por valorización  no contratadas no construidas. Un ejemplo de esto se hizo en Bogotá mediante el Acuerdo 523 del 2013, pero en la ciudad de Cali no se cumple el ordenamiento legal.

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Petición al Contralor de Cali

  1. Se le solicita copia del informe del marco fiscal mediano plazo que presenta el alcalde anualmente al Concejo de Cali, años 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022,  Como conceptuó el Contralor de Cali, sobre el marco fiscal de Cali, presentado al Concejo de Cali en esos años?.

  2. Según sus obligaciones legales fiscales contenidas en la Constitución Nacional y la ley, ¿Cuál es la valoración que se ha hecho en su despacho, en los años 2020, 2021 y 2022 de los presupuestos municipales y el cumplimiento de la obligación de hacer de las 21 megaobras. Indicar obras faltantes y valores contratados de las 21 megaobras durante los años 2020, 2021 y 2022.

  3.  ¿Por qué no se ha cumplido el acuerdo 297 del 2010, que obliga a construir el plan de 21 megaobras con los recursos de los presupuestos anuales, mientras el Distrito de Cali se ha dedicado a construir y pagar otras obras que no estaban dentro de las obligaciones anteriores?

  4. El Señor secretario de Infraestructura , Néstor Martinez, en respuesta a petición adjunta, argumenta que la causa de la no construcción de las obras faltantes, es el bajo recaudo de la valorización, lo que no es cierto, de conformidad al acuerdo 297 del 2010. Allí se obliga a ejecutar las obras , sus costos y sobrecostos, del presupuesto del Municipio de Cali.

  5. Que conceptúa el Contralor de Cali, se  deben devolver los dineros a los contribuyentes sobre las obras faltantes de la valorización, según el decreto 1394 de 1970, los acuerdos 241 del 2008 y 297 del 2010?

  6. Favor certificar , si se ha cumplido o no, el acuerdo 241 del 2008 y el 297 del 2010, que obliga a construir el plan 21 megaobras. Yo fui elegido en el año 2008 por la comunidad, representante de los propietarios gravados por valorización, y en la única decisión que tomamos , en el año 2009, voté en contra,  NEGATIVAMENTE , sobre la contribución de la valorización de Cali y luego RENUNCIÉ ,  porque no se iban a cumplir con los presupuestos ni las obras, como se ha evidenciado en el presente cuatrenio 2020 – 2023. Para el Sr. Contralor, según las investigaciones de su despacho, se incumplió el plan de valorizacion de 21 megaobras ?

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  7. Según los documentos oficiales de la Contraloría de Cali ¿cuál es el nivel de endeudamiento del Distrito de Cali, durante los años 2016, 2017, 2018, 2019 2020, 2021 y 2022 y el cumplimiento de las normas fiscales, incluyendo la responsabilidad fiscal asumida en el acuerdo 297 del 2010 con la contribución de valorización? ¿Está el Distrito de Cali en quiebra fiscal? ¿Debe ser intervenido el distrito por la nación y entrar a ley 550, como en los años 1998, 1999?

  8. Según las funciones fiscales asumidas años, 2020, 2021, 2022, por el Contralor de Cali, cual es el balance fiscal de su control fiscal del Distrito de Cali?

 

Notificación: Cra.4 No.8-39 Of.1101 / teléfono 6028821343 /[email protected]

Ramiro Varela M.

cc # 16.587.269 Cali 

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