“Ecociudad” Navarro (2013)

Por Redaccion Cali… |
Tosudez del Alcalde Guerrero (2012-15) en urbanizar el Área de Régimen Diferido de Navarro-ARDN o Poligonal H, la cual irónicamente llama “Ecociudad” Navarro (2013) 
Juan Manuel Garcés
Consultor
 

Sobre la posible urbanización del Área correspondiente al Régimen Diferido de Navarro-ARDN (POT Cali, 2000), el Concepto Técnico emitido por el Comité de Apoyo a la Concertación de los Ajustes al POT de Cali (CVC) el 19 de febrero de 2007,  La Ley 357 de 1997 la cual aprueba la Convención Ramsar sobre Humedales, el Estudio de Ingeominas sobre Microzonificación Sísmica de Cali (2004-2006), las nuevas normas expedidas que tienen relación con el asunto, en especial la Resolución 196 de 2006 (Minambiente) sobre Planes de Manejo de Humedales, el Informe sobre los humedales de Navarro de Corporación Bioparque de diciembre 2010, las investigaciones epidemiológicas e hidrológicas del Dr. Fabián Méndez de la Escuela de Salud Pública y de la Facultad de Ingeniería de Univalle (2004-13), y los efectos de las crestas de la ola invernal potenciadas por La Niña, de noviembre-diciembre de 2010 y de abril-mayo 2011 en la ARDN y en las áreas vecinas, me permito presentar las siguientes consideraciones:

1. Falta un enfoque sistémico que articule los estudios parciales usualmente citados por la Alcaldía e interesados en la urbanización del ARDN.

2. Los estudios e informes citados por la Alcaldía de Cali  son parciales y no presentan una visión integral y sistémica del área a urbanizar, ni garantizan una mitigación del riesgo existente aún antes de la emergencia invernal de 2010-11, de tal manera que se pueda garantizar seguridad y buena calidad de vida a estos asentamientos humanos.

3. Dos puntos aún no respondidos

El punto central del Concepto del Comité de Apoyo de CVC de febrero del 2007, el de la importancia del ARDN para la recarga del acuífero y el de la fragilidad del suelo por la delgada y débil capa de saturación no ha sido respondido por la Alcaldía de Cali.

4. Advertencias y exigencias de organismos de control y del Gobierno Nacional

a) Por los dos llamados de advertencia de la Contraloría Departamental  Delegada y la General de la República sobre desarrollos urbanísticos en el ARDN  a la Alcaldía de Cali en el sentido de cancelar cualquier tipo de desarrollo urbanístico para el ARDN (enero 21 y 31 de 2011).

b) Por la reciente exigencia de la Ministra del Ambiente en reunión conjunta con representantes de la Corporación CVC, el Alcalde de Cali, y el Gobernador,  en la Gobernación del Valle en el mismo sentido (2011).

5. Importancia de la aplicación de la Resolución 196 de 2006 de Minambiente

De acuerdo con la Resolución 196 de 2006 de Minambiente el estudio de los humedales debe comprender:

a) El estudio de su cuenca del Cauca y de las microcuencas aferentes al Canal Sur;

b) El estudio del sistema de humedales del que hacen parte;

c) El estudio del humedal de que se trate, incluyendo detalles y análisis sobre el subsistema biótico, el subsistema abiótico, y sobre el subsistema socioambiental (definición de Actores y sus conflictos y negociación para superarlos en el horizonte del Plan de Manejo específico), y las relaciones e interacciones entre estos tres subsistemas;

d) Entre la cota histórica de máxima inundación y el espejo del humedal en verano existe una amplia zona anfibia de la llanura de inundación que debe ser estudiada en detalle, la cual presenta una secuenciación de flora particular para cada humedal e importantes factores de fauna;

e) Muy importante sería conocer los Ajustes a los Planes de Manejo acordes con la Resolución 196/2006 para los humedales ya inventariados de: Navarro, Vegas Centro Canal Lily, Vegas La Cabaña Meléndez, Pacheco, La Aldovea e Ibis, y para los nuevos por identificar por la Corporación CVC a partir de la emergencia invernal;

f) Estos humedales con los antiguos cauces de los ríos Meléndez, Lily y Cauca hacen parte de un sistema hidrológico mayor el cual incluye niveles freáticos muy altos, acuíferos con su capacidad de recarga, pulsos superficiales y subsuperficiales del río Cauca, niveles históricos de pluviosidad y proyectados acorde con la nueva situación creada a partir del Cambio Climático y de los fenómenos como El Niño y La Niña los cuales serán cada vez más intensos y con períodos más cortos de retorno, con  permeabilidad menor de los suelos por saturación del agua, y el Canal Sur, al cual deben reforzársele sus jarillones pues corta transversalmente antiguos cauces del río Cauca, y los ríos tienen memoria….

6. En torno a la definición legal y técnica de los humedales

Si bien la definición internacional aceptada por la Convención de Ramsar y aprobada por la Ley 357 de 1997 define los humedales acorde con la máxima cota de inundación como ecosistemas a proteger, y no como el espejo del agua en verano, definición errada de humedales compartida en el inventario que hace la CVC para los humedales del Valle del Cauca, como usualmente se ha estilado en nuestro medio, en parte dependiente de la ideología cañera invasora de las riberas de los ríos, los cuales como seres vivos requieren respirar y tener áreas para la amortiguación de sus caudales y de su energía cinética, es preciso observar en detalle lo ocurrido en la ARDN de noviembre 2010 a mayo 2011, en que se llegó a observar hasta el 85% del área con espejo de agua.

7. Lluvia, escorrentía e inundaciones

Hay que tener en cuenta que las inundaciones por escorrentía por lluvia se incrementan con el proceso de urbanización.

8. Garantía de amortiguación hidrológica

a. ¿Hasta dónde el sistema hidrológico actual garantiza el manejo adecuado de las inundaciones en el sector de ARDN? 

b.  ¿Cuáles son los volúmenes de amortiguación que se tienen en la zona y a cuántos días de intensa lluvia corresponden?

c.  Necesitamos conocer los metros cúbicos disponibles de almacenaje y contrastarlos con los niveles de pluviosidad más la escorrentía de aguas lluvias que viene del occidente ante la precariedad del alcantarillado pluvial de esta zona, y ante la precariedad de los cauces del Lily y el Meléndez los cuales permitieron el desbordamiento de sus aguas en abril 2011.

9. Hacia la mitigación del Riesgo Conjugado: alto nivel sostenido del agua sobre el dique, asentamientos sobre berma húmeda, sismo, y epidemiología

a) Debe evaluarse el riesgo conjugado de las inundaciones, en esta nueva etapa de inundaciones periódicas y mayores que las históricas, con las arenas licuables sobre las que se asienta la parte visible del Jarillón sobre el río Cauca, siendo el dique objeto de presión hidráulica lateral en el sentido oriente-occidente con poco agarre efectivo con su “cimentación” debido a las arenas licuables de su subsuelo entre 10 y 20 mts de profundidad (Ingeominas 2004), -lo cual exige complementar los trabajos de amarre  del 2007-8, con columnas geotécnicamente diseñadas en una extensión mayor a través de  los 17.5  kms de Jarillón-,  con la probabilidad de un sismo, estudiada por el OSSO-Ingeominas,  y el riesgo epidemiológico investigado por el grupo del Dr Fabián Méndez de Univalle, en simultáneo.

b) Obviamente, es preciso tener en cuenta los niveles altos prolongados de las aguas del río Cauca durante las próximas y repetidas Niñas y su presión hidrodinámica sobre el Jarillón de Aguablanca,  el impacto de la hormiga arriera, de los árboles sembrados sobre el dique, el de las conexiones de servicios públicos que atraviesan el dique con destino a los asentamientos sobre la berma húmeda, donde se encuentra hasta una estación de policía y varias escuelas públicas,  todos los anteriores implicando probabilidades crecientes de tubificación del dique y ruptura, y el de los asentamientos humanos sobre la parte mojada del dique y sobre el dique, los cuales incrementan notablemente el riesgo de una catástrofe.

10. Inconsistencia en la clasificación del suelo en el POT de Cali (2000)

Es llamativo como al sur del antiguo Canal CVC-Sur, hoy Canal Sur, dicha área rural se clasifica en el POT de Cali como área de Protección Ambiental, en tanto que el área similar ecológicamente, al norte de dicho Canal se clasifica como de Régimen Diferido con connotación de posibilidades de urbanización. No es comprensible cómo se hacen menos exigencias ambientales a un área de “vocación urbana” versus un área ecológicamente similar de vocación rural dentro del POT (2000).

11. Epidemiología y radio de influencia del Basuro de Navarro

a) Es importante precisar las afectaciones que implica la cercanía al Basuro de Navarro, del cual se inició su cierre hace cinco años, pero que sólo en 40 años se podrá considerar ambientalmente sellado, si se ejecutan las labores acordes, las cuales hoy en el 2013 ya tienen un retardo de cinco años. El grupo de Epidemiología de Univalle coordinado por el Dr Fabián Méndez, Director de la Escuela de Salud Pública (2004-13),  ha realizado investigaciones rigurosas en las que se demuestra que hay riesgo epidemiológico de enfermedades  teratológicas como cíclopes y sirenas, y degenerativas, cardíacas, tiroidismo, diabetes, cáncer, etc., ambigüedad sexual, y bajo peso y talla al nacer, hasta 3.2 Km del Basuro,  generadas por la influencias de metales pesados como el plomo,  el mercurio y el cadmio, por el benceno,  por moléculas pesadas de impacto negativo en el sistema endocrino, y por la baja calidad del aire; y la distancia del Basuro a la ARDN-Poligonal H es mucho menor pues son colindantes.

b) Los indicadores de calidad del aire están por encima de la tolerancia máxima de la Organización Mundial de la Salud-OMS, la cual no ha tenido en cuenta que los efectos en este campo de la salud son acumulativos y el daño depende de la permanencia del vector en el entorno de los habitantes; el desencadenamiento de las enfermedades degenerativas depende en gran parte de la llegada al umbral crítico en el sistema inmunológico de las personas.

12. Cierre del Basuro de Navarro

a) El haberlo cercado y el no disponer 1.800-2000  toneladas/día de las basuras de Cali allá desde el 2008 no significa que ambientalmente se haya cerrado. El cierre técnico-ambiental del Basuro requiere trabajos por más de 40 años; se requiere una planta de tratamiento para los lixiviados que se encuentran en ocho lagunas, y estos son parte de los históricos, pero el basuro seguirá soltando nuevos lixiviados por muchos años.

b) Además, debe frenarse la infestación del acuífero principal-superficial la cual ya ha avanzado bastante y se aproxima al río Cauca peligrando así la principal fuente de aprovisionamiento de agua potable de la ciudad.

13. Altos costos de urbanización y construcción para la vivienda popular

a) Algo llamativo y por decir lo menos paradójico es que el destino más probable de los terrenos de la ARDN sería para vivienda ultrapopular, tipo estrato 1,  pues el Alcalde Guerrero aspira a desarrollar planes de vivienda por autoconstrucción en el sitio, como si tuviera la aguja pegada a su primera Alcaldía, y los costos de urbanización de estos terrenos dadas sus limitantes abióticas como suelos licuables que requieren cimentación y estructura reforzadas, altísimo nivel freático, bajísima capacidad de drenaje, riesgo de sismicidad alto con subsuelos licuables,  necesidad de bombeo permanente para las aguas negras, etc., implican un altísimo costo generando un costo por metro cuadrado urbanizado impagable para los estratos más pobres; a lo anterior debe sumarse el elevadísimo costo de los rellenos el cual debe ser por lo menos similar al de Mojica II, entre 1.50 y 2.0 mts de profundidad.

b) ¿Qué pasa en la ciudad de Cali que se planifican los usos del suelo, y en especial el de la vivienda ultrapopular, en lugares de urbanización costosísima y de alto riesgo?

c) Uno de los mayores índices de pérdidas técnicas en acueducto se dan en el Distrito de Aguablanca debido a las fisuras que se producen en las tuberías de agua causadas por las presiones excepcionales a que son sometidas por las condiciones anotadas del suelo. Y con todas estas constataciones el Alcalde Guerrero nos quiere embarcar en un Aguablanca II, que él como falso-positivo llama pomposamente “Ecociudad Navarro”, como si no hubiéramos aprendido de lo que nos costó ese error en competitividad y calidad ambiental de la ciudad.

¿Y cómo le vamos a cargar estos costos exorbitantes adicionales a la maltrecha Emcali que Guerrero se apresta a recibir  el próximo 3 de julio de 2013, sin un inventario detallado y una evaluación de la intervención del Gobierno Nacional  (2000-2013) a través de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios-SSPD?

14. Ambiente y Socioambiente

Tradicionalmente se ha reducido lo ambiental a tres factores: suelo, agua y aire. Con el enfoque aquí asumido, caro al Programa de las Naciones unidas para el Ambiente-Pnuma, se infiere que el Ambiente es Socioambiente, y que las acciones de los seres humanos y los impactos en los seres humanos tanto de sus acciones como de la dinámica de la Naturaleza hacen parte de su ambiente.

15. Solicitud al Señor Alcalde de Cali

a) Estimo que la Corporación CVC,  con base en las consideraciones y estudios aquí citados debe solicitarle al Alcalde de Cali Rodrigo Guerrero la reclasificación de la ARDN, aboliendo el concepto de Régimen Diferido,- el cual en el 2000 pudo tener alguna legitimidad, pero que ahora en el 2013 está fuera de contexto-, y clasificarlo como suelo rural de protección ambiental en el marco de los Ajustes al POT de Cali actualmente en trámite en la Corporación CVC.

b) Ante el gigantesco déficit de zonas verdes y de espacio público en el Distrito de Aguablanca, Comunas 13, 14, 15 y 16,  en el nuevo POT de Cali el ARDN-Poligonal H debe constituirse en el gran parque que requiere la ciudad, con manejo de una cultura anfibia, acorde con sus condiciones y hidrológicas y ambientales, sin descuidar los tratamientos de lixiviados y las evaporaciones del Basuro, los cuales deben acelerarse con un seguimiento técnico ambiental de interventoría objetiva y competente, y con veeduría ciudadana empoderada.

Conclusión

Por todas las razones anteriores, aplicando el principio de precaución y el de subsidiariedad de la Ley  99 de 1993, y los artículos de la Constitución Nacional que plantean la primacía del bien común sobre el bien particular,  los defensores de un ambiente sano, de una vivienda digna, y de la salud de los colombianos, nos permitimos conceptuar la inconstitucionalidad, la ilegalidad y la inconveniencia de permitir desarrollos urbanísticos dentro del Área de Régimen Diferido de Navarro dentro del POT de Cali.

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