Del primer punto acordado con la guerrilla

Por Claudio Borrer… |

ZUMBAMBICO


Por Claudio Borrero Quijano.  
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.


Resultaron beneficiadas las tierras ejidales rurales despojadas al pueblo en Cali

A los EJIDOS la Ley 41 de 1.948 - Alfonso Barberena, les otorga  tratamiento diferencial a los Ejidos Urbanos de los Ejidos Rurales de vocación Agrícola.

Alinderamiento del ejido de Cali

La Primera Cédula Real se fechó el 20 de Marzo de 1.540, confiriéndose el carácter de Ejidal a las tierras de Santiago de Cali, con los siguientes linderos:  Norte; Río Cali,  Sur; Río Lilí ó de las Piedras (Boquerón-Siete Cueros), Oriente; Río Cauca, Occidente;  La más alta Sierra (Farallones de Cali), linderos ratificados el 10 de Noviembre de 1.771 en Cédula Real, expedida en San Lorenzo del Escorial con la firma del Rey y sellos reales. 

Mandatos De Ley

De conformidad con la ley 41 de 1.948 (Alfonso Barberena) art. 14  ; “Los Ejidos rurales formados en tierras fértiles y cultivables, no podrán ser vendidos por los municipios correspondientes en ningún caso, a menos que con el crecimiento de las ciudades lleguen a convertirse en urbanos”.

(Corregimiento Rural y Agrícola del Ejido de Navarro ; Totalmente Protegido de Jarillones, adecuado al Urbanismo previa consultoría de OLAP - G&H - TMS (Desecación - C.V.C.), Microsismicidad - Ingeominas, Sesco Ltda. (Suelos - Alejandro Palacios), Geología - Sigifredo Tenjo, Aguas por Ingesan, Ingeniero Guillermo Regalado (Inundabilidad), Arquitecto Raúl H. Ortiz - Germán Samper  (Urbanismo), Ingeniero Interventor Alfonso Holguín Beplat, Constructora Meléndez = Ingeniero Raúl Arias Uribe e Hijo (Sanitaria, Pluvial, Tratamiento Residuales y Agua Potable). Aerofotografía Edgar Caldas Potes - Estudios pagados por  Sector Privado y Municipio.

“Los Ejidos Rurales son Bienes de Uso Público (Art. 1º. Ley 41/48). La Constitución los declara imprescriptibles, inajenables e inembargables”.  No solamente el Corregimiento de Navarro es EJIDO, también lo son los  Corregimientos de Buitrera, Villacarmelo, Los Andes, Pichindé y La Leonera.   

PRE ACUERDO DEL GOBIERNO CON LA GUERRILLA SOBRE EL TEMA “TIERRAS RURALES”  DE VOCACIÓN AGRARIA - ACCESO DEMOCRÁTICO A LAS TIERRAS DESPOJADAS POR LOS “AVIVATOS” (Juan Manuel Santos)

La Habana - Cuba - Domingo / Mayo 26 de 2.013

DERECHOS PATRIMONIALES DE LA NACIÓN EN ÁREAS MONTAÑOSAS DE TRECE CORREGIMIENTOS DEL MUNICIPIO DE CALI (23.800 HECTÁREAS), PARQUE NACIONAL NATURAL DE LOS FARALLONES DE CALI (15.000 Ha.) Y  RESERVAS FORESTALES PROTECTORAS (8.800 Ha.), TERRITORIOS NACIONALES AFECTADOS COMO BIENES DE USO PÚBLICO, USURPADOS POR 30.794 PARTICULARES, QUIENES OSTENTAN TÍTULOS PRECARIOS VICIADOS DE NULIDAD ABSOLUTA EN CUALQUIER ÉPOCA, SON DEL PLENO CONOCIMIENTO DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO POR DENUNCIO QUE INSTAURÉ DESDE MARZO DE 2.011 - ACCIÓN POPULAR EN CURSO DESDE EL AÑO 1.994, CON PONENCIA DE LA H. MAGISTRADA CLAUDIA ROJAS LASSO, VICEPRESIDENTA DEL CONSEJO DE ESTADO                                              RADICADO  76001233100020040065601 (INGRESE Y ENTÉRESE).

SEÑORES FISCAL Y PROCURADOR GENERAL, SEÑORA CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE COLOMIA  

EL PREACUERDO CON LA GUERRRILA FAVORECE LOS INTERESES PÚBLICOS EJIDALES DE LOS CALEÑOS

“SANTIAGO DE CALI NO PUEDE CONTINUAR SIENDO TERRITORIO EXCEPCIONAL DE COLOMBIA PARA VIOLAR LA LEY”

PUEBLO INDOLENTE CONCIENTÍSENSE Y  REVÍSTANSE DE VALOR CIVIL

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