Plaza de Toros debe conservarse

Por Redaccion Cali… |
Por Pablo Borrero
Abogado
 
Los bienes de interés cultural tienen carácter público que deben estar al servicio de la comunidad. Ese tipo de bienes están afectados doblemente: en primer lugar por el carácter del uso del suelo y en segundo lugar por la calidad que tienen de interés patrimonial cultural.

Esto significa, si se trata de modificar dichas características, es necesario que intervengan el Concejo municipal y el Ministerio de la Cultura.

Dicha entidad puede cambiar su carácter de patrimonio cultural.

Una vez producido este hecho o autorizado este cambio, la modificación relacionada con el uso del suelo debe ser definida por el Concejo municipal, mediante un Acuerdo, eso lo determina la Constitución Nacional.

Es lamentable que un bien que tradicionalmente ha tenido este carácter de patrimonial se le cambie su naturaleza  para construcción.Es el caso de la Plaza de Toros.

No es conveniente que los BIC se vuelvan comercio, por el contrario la municipalidad debería de común acuerdo con el Ministerio de Cultura, conservar y fortalecer ese patrimonio  de la mejor forma posible, en tanto que el mismo tiene que ver con los interés comunes de los ciudadanos.

No sería conveniente, que el Concejo y el Ministerio de la Cultura desafecten el BIC de la Plaza de Toros, toda vez que dicho patrimonio debe ser conservado en interés de todos los caleños y de la propia ciudad.

La plaza de toros se debe conservar como un monumento tradicional de la ciudad, en donde se pueden realizar además de las corridas de toros, espectáculos de carácter artístico y cultural, tal como viene sucediendo en la actualidad conservando el patrimonio ambiental de su lote.

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