Gravísimo ¡Vergonzoso!

Por Claudio Borrer… |

Por Claudio Borrero Quijano.  
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.


Corte suprema en casación (abril 2/14) ratificó condena por compra del Dagma de la finca el “Rubí” (301 ha.), insólitamente continúa desaparecido  el expediente en el juzgado numero uno de ejecución de penas, la impunidad se perpetuó sin cumplirse la sentencia condenatoria contra la bandola asociada para delinquir. El concejo enmudeció durante los últimos doce años, el último contralor calló frente al 50%  que se había pagado por el negociado, el hada madrina del concejo funcionó… Se desfalcaron  los fondos públicos, y hasta el rígido “martillo” enmudeció

Qué nos pasa en Cali hermanado con los anticristos, cuando  llegue el “papa francisco” todos a comulgar, o bien en el te deum de acción de gracias por la paz. 

Los electos guardianes del patrimonio público continuarán haciéndole la segunda a los usurpadores?

Alcalde armitage usted recibió este entuerto sin que nadie de las comisiones de empalme se haya atrevido a contarle,  llegó el momento de despañetar el espejo retrovisor por mandato de la ley, he aquí la primera “piedra”.

Son casos juzgados en plena impunidad, usted no tiene que destapar, yo destapé por la vía judicial, a los bandidos, repito, ni soy comunista, ni guerrillero, como lo pregonan en los clubes sociales esta sociedad mojigata, los muérganos son los agazapados. Por favor autoridades no tapen más… noooo tapen…

Porqué  los  actuales concejales reelectos guardan solidario silencio? Invito al acucioso “martillo” a tocar la oxidada flauta de “Jamelin”

Después de superar toda clase de obstáculos impuestos en la misma fiscalía seccional de Cali, durante diez años de padrinazgos políticos en las investigaciones paquidérmicas lograron archivar con fiscal encargado durante 14 días, les hizo  bien el mandado, cuando apelé, el actual Contralor de Cali era fiscal ante el tribunal superior, revocó el insólito archivo, finalmente sentenció el “torcido” el juez doce penal del circuito condenando a la única paganini del “negociado”, los orientadores del cruce siguen “ocultos”.

En casación la corte suprema de justicia inadmitió la nueva trama el 4 de abril de 2.014, se dio traslado al expediente de Bogotá a Cali, ratificándose la condena contra la directora del Dagma y en el último pataleo se robaron el expediente durante el traslado del octavo al primer piso del palacio de justicia… y hasta el sol de hoy…..”Averígüelo Armitage”.

El 50% del negociado fue pagado en valor de $1.600 millones el 27 de diciembre de 2.004, después de once años y tres meses con intereses indexados la cuantía aún no reintegrada al tesoro público, ascendiendo a la bobadita de $4.800.000.000.oo.  Los anteriores contralores ni vieron, ni oyeron, el hada madrina feliz…, en el concejo?

En mayo 12 de 2.010 el juez doce penal del circuito, a cargo del doctor  Gustavo Alberto molina Rengifo, contando con opinión favorable de la procuraduría y la fiscalía 121, condenó a la única judicializada del entuerto.

La decisión fue apelada por el apoderado doctor Javier Tafur González, y en segunda instancia se ratificó la condena por el tribunal superior de Cali.                  

Se presentó el recurso de casación al que le correspondió el radicado 41338, posteriormente el 2 de abril de 2.014 la corte suprema de justicia inadmitió dicho recurso, confirmándose la sentencia condenatoria del juzgado 12 penal del circuito de Cali.    

La hacienda “el rubí” fue adquirida por el Dagma el 17 de diciembre  de 2.004 en área de 301 hectáreas (3.010.000 m2), no obstante ser “cosa propia municipal“ contenida en la cédula real ejidal de Santiago de Cali (lindero occidental las más altas sierras o mogotes de tierra del actual parque nacional natural de los farallones de Cali – escudo de armas), además patrimonio público territorial del municipio (escritura 907 de febrero 28 de 1.961) sustentado en la ley 175 de diciembre 19 de 1.948, que sancionó el presidente Mariano Ospina Pérez por cesión gratuita y a perpetuidad de dominio de la nación al municipio de Cali en plena vigencia de la ley 85 de 1.920, la cual en su artículo 14 ordenaba la “nulidad absoluta” de toda adjudicación de baldíos nacionales dentro de las áreas de reserva forestal protectora.

En el momento de adjudicarle a don Raúl Borrero la finca el rubí por la sección de bosques adscrita al ministerio de economía nacional, estaba afectada a la reserva forestal por la resolución no. 7 de octubre 15 de 1.941, quedando viciado de nulidad absoluta la adjudicación desde el momento mismo de su adjudicación.

Este bien de uso público constitucionalmente está amparado a la condición de imprescriptible, inenajenable e inembargable como patrimonio público del estado, afectado a bien de uso público.

El presidente Eduardo Santos sancionó la ley 54 en octubre 15 de 1.941 cediendo al municipio de Cali los baldíos de la nación localizados en las hoya hidrográfica del río Cali.  

Denuncié los hechos con carácter averiguatorio en febrero 17 de 2.005 ante la directora seccional de fiscalía de la época a cargo de la doctora Elizabeth Vargas Bermúdez, correspondió la asignación de la averiguación a la fiscal 42 Liver Vélez Balanta en el radicado 728299, funcionaria que rompió la unificación de la investigación desmembrándola entre la unidad de patrimonio económico lo concerniente a quien recibió los pagos de la tesorería municipal el doctor Rafael Ignacio Bonilla Vargas, quien hizo el papel de repartidor entre los interesados en la negociación en su calidad de apoderado de los hermanos Berrio Sandoval y Berrio Guerrero y otros personajes.

Cuando llegó el caso a manos del fiscal Edgar Aurelio León Patiño de la unidad de patrimonio económico advirtió el desmembramiento de la unidad investigativa y lo devolvió inadmitiendo con jurídicos argumentos esa decisión a la unidad de delitos contra la administración pública.

Después de que la abogada Liver Vélez Balanta se le designó como coordinadora de la unidad de patrimonio económico, reinsistió en la ruptura de la unidad investigativa regresando nuevamente la investigación contra los implicados recolectores de los pagos recibidos de las arcas municipales a la unidad de delitos contra el patrimonio económico, hasta que finalmente el juez doce penal del circuito detectó la “maroma” y en su sentencia de mayo 12 de 2.010 decidió en el resuelve séptimo: “compulsar para investigar las presuntas conductas punibles” en relación al dinero cancelado por la alcaldía (rastreo cti.) Recibido y girado de su cuenta privada por el abogado Rafael Ignacio Bonilla Vargas a los presuntos personajes ocultos en la compraventa.

La Corte Suprema de Justicia al resolver la casación se reafirmó en lo decidido por el señor Juez Doce Penal del Circuito compulsando copias para ser investigados los participantes ocultos en el negociado, pruebas de los pagos presuntamente recibidos de la cuenta privada del abogado Rafael Ignacio Bonilla Vargas (cti). Hoy en absoluta impunidad con buenas palancas.

Esta negociación de terrenos localizados al interior del parque nacional natural de los Farallones de Cali, bienes de uso público dentro del espacio público en áreas de protección de fuentes hídricas, de reservas forestales protectoras, producción de oxígeno en densos bosques de niebla, delitos que no prescriben y son de acción permanente, que vulneran el medio ambiente en nuestro santuario de fauna y flora.

Fui desconocido como denunciante cuando delictuosamente se decidieron  “archivar” designando en común acuerdo la coordinadora de la unidad de delitos contra la administración pública doctora Adriana Inés Colonia y la coordinadora de patrimonio económico Liver Vélez Balanta, al igual que la fiscal 97 alba Doris Burbano torres, quienes designaron al auxiliar de esta fiscalía 97 el abogado Luis Ángel almario, quien en solamente 14 días archivó la investigación por esta negociación criminal contra los intereses públicos, además me desconoció como denunciante para no notificarme y no permitir mi apelación, acudí al recurso de queja y la fiscal ante el tribunal superior doctora Ruth Stella girón quien me concedió la razón revocando la insólita manipulada y orquestada decisión del doctor luis Ángel almario.

Mi sustento de apelación lo resolvió el fiscal ante el tribunal superior Ricardo Rivera, revocando la injurídica actuación del fiscal 92 encargado Luis Ángel almario.

En reciente audiencia pública ante magistrados del tribunal superior de Cali la Fiscal Gloria Arizabaleta de barreras, delegada ante el tribunal superior de Cali exoneró según su sabio criterio de justicia las actuaciones insólitas del fiscal 92 ( e ) Luis Ángel almario (ver acta audiencia caso 1992200900538 proceso 728299. El tribunal superior inadmitió y corrió traslado a la corte suprema, la cual ratifico insólitamente archivar.

La coordinadora actual de delitos contra la ley 600 doctora Romelia del rosario cuevas conoce de antaño el caso de la fiscalía 80 radicado 806243-(Dra. Beitia), quien archivó la investigación contra los implicados encabezados por el doctor Rafael Ignacio Bonilla Vargas, compulsación de copias para reabrir esas investigaciones por mandato del juez doce penal del circuito, mandato contenido en la sentencia de mayo 12 de 2.010 y en la casación de la corte suprema de justicia decidida el 2 de abril de 2.014, aún sin darle cumplimiento por pérdidas del expediente.   Horror de horrores, con estas trampas prescribió la acción penal señores de la fiscalía seccional de Cali. Ojala el fiscal general Eduardo Montealegre Linett aclare este secreto antes de su retiro del cargo.

Podrá la impunidad precalculada de desleales servidores de la rama judicial mancillar aún más la justicia colombiana, por seguir haciendo mandados políticos?

Negociado “asqueante” del Dagma, tienda de mecato de la política corrupta de Santiago de Cali.  La entidad fue creada hace 22 años, no todos los políticos están en llave, levanten sus voces los “indignados”!

 

 

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