La nueva Ley de Seguridad Ciudadana y su impacto para Cali

Por Jaime Salazar |

Por: Jaime Salazar C.

El pasado 1° de Junio el Senado aprobó la conciliación de la polémica Ley de Seguridad Ciudadana, dando fin a un largo proceso en las dos cámaras de al menos 8 meses.

Se trataba, ni más ni menos, que otra de las leyes banderas de la administración Santos, junto con la Ley de Inteligencia, la de Reparación a las víctimas y la Ley de Regalías, que espera ofrecer herramientas a los alcaldes y autoridades contra la delincuencia.

El Congreso, acogiendo múltiples recomendaciones, redactó una ley técnica que quiere suplir las necesidades en materia de seguridad y convivencia. Temas como el hurto y ‘liberación’ de celulares, disparar al aire, la venta de autopartes robadas, uso de menores para mendicidad, la minería ilegal, entre muchos otros temas sensibles en la ciudad, son atacados por esta ley, que espera sanción presidencial en los próximos días.

Según Andrés Ortega, Mst. En Ciencias políticas de la Nacional, dicha ley era urgente: “porque con la política del anterior gobierno sobre seguridad democrática proliferaron grupos armados en las ciudades, convirtiéndose en problema neurálgico. Actualmente se registran índices terribles en seguridad urbana, a pesar del refuerzo de la policía en cantidad de hombres”.

Sin embargo, muchos ahora se preguntan si este nuevo esfuerzo legislativo tendrá algún impacto en la ciudad de Cali, donde los errores y la apatía1 de la administración municipal, tienen a la delincuencia disparada.

Cali registró 800 asesinatos en 5 meses, otros delitos como el atraco, el hurto de vehículos y el fleteo no dan tregua.La baja inversión en seguridad de la administración del alcalde Jorge Iván Ospina y la falta de recursos para este rubro, hace que muchos sean escépticos frente a los alcances reales de esta nueva ley.

No más balas perdidas

Uno de los temas tratados fue el de las balas al aire; en Cali por ejemplo, en el 2010 se cometieron 1.813 asesinatos, de los cuales el 1,05% fueron causados por balas ‘pérdidas’, es decir, 19 personas murieron por esta nefasta práctica.También en 2010 la policía reportó 49 heridos por balas al aire. Por eso, disparar al aire ahora tendrá la categoría de ‘delito’, así no causen daños o heridas a terceros, y pagará penas que van desde 1 a 16 años, dependiendo si el arma tiene o no salvoconducto.

También se penalizará bloquear vías y transportes públicos tales como el MIO o Tras- milenio, tal vez el punto más polémico en tanto sectores del POLO alegaron que se vulneraba el derecho a la protesta; la ley establece penas por bloquear vías o causar perturbación en servicio de transporte público de 4 hasta los 8 años de cárcel (Art. 45), y multas hasta los 75 SMLV (Modf: el Art. 353, Ley 599 de 2000).

En el capítulo de la contaminación ambiental, la ley ataca la explotación de yacimientos mineros ilegales, como el presentado en la zona de Zaragoza en el río Dagua, con penas que van desde los 5 hasta los 10 años, y multas hasta los 50.000 SMLV.

Respecto al delicado tema de los menores infractores, la ley permite que sigan cumpliendo sus penas después de los 21 años, factor que puede servir como elemento disuasorio en momentos en que los menores son usados para la comisión de múltiples delitos.Frente a este particular, la representante Ángela Robledo, del partido verde, afirmó que el problema en el país es de oportunidades. “Necesitamos que el ICBF se convierta en el ente que garantice la protección de los derechos de los niños y adolescentes. Definitivamente, las cárceles no son la solución para los problemas de seguridad, sobre todo en la infancia”.

Ojo a los hinchas y Barras bravas en los estadios

Las barras bravas del Deportivo Cali y del América deberán pensarlo dos veces antes de iniciar desórdenes, invadir la cancha o ingresar sustancias alucinógenas a los estadios. La ley dicta que un hincha dentro de un espectáculo deportivo cometa cualquiera de las siguientes conductas, incurrirá en multas y prohibición de acudir a dichos escenarios por un periodo hasta 3 años:

Pretender ingresar, o estar en posesión o tenencia de cualquier tipo de arma de fuego, arma blanca, u objetos peligrosos.

Pretender ingresar, o estar en posesión o tenencia de cualquier tipo de estupefacientes.

Promover o causar violencia contra miembros de la fuerza pública, con el fin de evitar que esta ejecute un acto propio del servicio.

Invadir el terreno de juego en torneo profesional.

No atienda las recomendaciones de los cuerpos de logística en lo que tiene que ver con la ubicación y tránsito de lugares no autorizados para el público, en torneo profesional.

Pretender ingresar o ingerir bebidas alcohólicas en torneo de fútbol profesional.

Una colcha de retazos jurídica

Fueron 8 meses en los que esta polémica ley sirvió para ‘montar’ los temas que fueron surgiendo en el camino, y que hace temer al gobierno por la opinión de la Corte Constitucional sobre unidad de materia. La ley hace ajustes al Código Penal, al de Procedimiento Penal, al Código de Infancia y Adolescencia e, incluso, al Ambiental.

En los 111 artículos recogidos en el texto de conciliación aprobado por el Senado, se plantean entre otros, los siguientes temas:

Explotación de menores de edad para mendicidad: de 3 a 7 años.

Utilización ilícita de redes de comunicaciones (hackeo): Penas entre 4 y 8 años.

Porte ilegal de armas: las penas se endurecen, entre 9 y 11 años.

Venta de autopartes robadas: se incluye uso de documentos y placas de vehículos dados en pérdida Total.

Lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos (ácidos): 16 a 90 meses.

Obstrucción a vías públicas que afecten el orden público: de24 a 48 meses de cárcel, excluyendo movilizaciones autorizadas.

Perturbación en servicio de transporte público: penas entre 4 y 8 años.

Tráfico o venta de menores de edad: de 30 a 60 años de cárcel.

Uso de menores de edad para la comisión de delitos: prisión entre 10 a 20 años

Disparos injustificados (bala perdida o al aire), pena de 1 a 5 años.

Realización de allanamientos después de las 6pm, con presencia de algún delegado de la procuraduría.

Robo de celulares y apertura de bandas: 6 a 11 años y multas, más gravedad por uso de armas blancas o de fuego en el hurto, hasta 19 años. 

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