Carlos Cuervo
Emprendedor y empresario con formación en Ingeniería Industrial. Desde 1984 hasta 1988 Ingeniero de sonido para el Instituto Colombiano de Ballet y la Orquesta Sinfónica del Valle, Pionero del canal de Telepacífico entre 1988 a 1992 a través de una programadora regional en donde se desempeñó como socio y director comercial. Fundador y propietario desde 1993 hasta el 2009 del restaurante y Café-bar Caffetto. Escritor y editor del blog pulso de Opinión desde mayo del 2010, y desde mayo de 2011, parte del equipo de blogs del diario Occidente de Cali. A partir de junio de 2014 colaborador de la página editorial del Diario occidente hasta el 2018. Secretario de la JAC San Antonio desde 2016 hasta enero del 2019, community manager para Antigua Contemporánea entre 2017 al 2018, asesor en procesos de consultoría de ciencias de datos para Blaucast Media desde 2018.

Cali con 651159 vehículos registrados según datos al 2018, aún mantiene un aire relativamente limpio y para cuidar de| ello el Departamento de Gestión del Medio Ambiente (DAGMA), continuamente monitorea la calidad del aire con seis estaciones fijas y una móvil cubriendo puntos neurálgicos en la ciudad.
Esta importante tarea de control permite determinar que aparte del afamando monóxido de carbono, conocido por su aporte al cambio climático, susciten otros productos contaminantes como los compuestos orgánicos volátiles, el óxido de azufre y el óxido de nitrógeno. Cada uno de ellos procedente de la combustión incompleta de los hidrocarburos refinados, causando distintos efectos en la salud humana y el medio ambiente en general.
Además el DAGMA ha podido comprobar, por los ajustes a la normatividad, que tenemos un incremento en el número de episodios que exceden los límites determinados en la ley, pasando de cero en 2017 a 233 en 2018, lo cual no es bueno, pero está lejos de las situaciones que se viven en Medellín y Bogotá.
Aun así muchos ciudadanos, sobre todo los ciclistas expresan su descontento ante las densas humaradas a las que se ven expuestos en el tráfico diario.
Ante esta situación decidí conocer sobre la normatividad vigente. Inicialmente el código nacional de tránsito es quien reglamenta a través de los artículos 28, 51, 103, 130 y 131 las contravenciones a la emisión de contaminantes, pero también contribuye el decreto 948 de 1995 expedido por el ministerio de ambiente con sus artículos 120, 11 y 136. Igualmente aparece el decreto 979 de 2006 el cual modifica unos artículos del decreto 948 y recientemente se ha expedido la ley 1972 del 18 de julio de 2019, la cual actualiza los estándares para el parque automotor a base de diésel y las motocicletas. Para el diésel ordena que a partir de 2023 todos los vehículos que operen con este combustible, deberán cumplir los límites máximos permisibles de emisión de contaminantes correspondientes a la tecnología euro VI, su equivalente o superiores.

Ahora al analizar toda esta red de leyes encuentro que la labor de control tiene dos partes, una técnica a cargo de la autoridad ambiental y otra netamente coercitiva a cago de la autoridad de tránsito, pero para que se respeten las normas se requiere del accionar de ambas partes haciendo compleja la operatividad de todo ello.
Suena absurdo pero las autoridades ambientales tienen las directrices de porqué y la experticia de como se deben evitar las emisiones contaminantes, pero no tienen los dientes para castigar a los infractores y la ciudadanía a pesar del artículo136 del decreto 948 que establece que el ciudadano puede denunciar no tiene como aportar al respecto. El peso del castigo a los infractores queda en las autoridades de transito que no pueden obrar sin la pruebas.
Bueno esta es la lógica legal de Colombia y ante ello paciencia, y como me lo expresó una funcionaria del DAGMA ahora ellos intentan instalar una línea para que la ciudadanía denuncie con número de placa a los vehículos contaminantes.
La conclusión entonces es dotar a las autoridades ambientales de medidas para reprimir a los contraventores, ojalá se realice.