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Reforma electoral vs sistema político, más de lo mismo

Archiva, 19 December, 2020
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<em>La aprobación se hizo con amplísimas mayorías, en un proyecto de ley estatutaria muy controvertido</em>

Redacción

El código electoral colombiano fue aprobado en el último día de sesiones ordinarias del 2020, a través de una Comisión accidental del Senado de la República, que tuvo que tomar las decisiones sobre 500 proposiciones presentadas por los congresistas, pero cuya discusión estuvo tan sólo en 10 artículos, que tienen que ver con la burocracia en las registradurías seccionales, la seguridad nacional y la paridad. Al cierre de esta edición mediante extras, llamadas por el gobierno, se aprobará la conciliación entre el texto del Senado y de cámara.

La aprobación se hizo con amplísimas mayorías, en un proyecto de ley estatutaria muy controvertido, pues la ponencia se votó en el Senado, sin la suficiente información; en la siguiente sesión del día martes se votó el articulado en bloque (mayor parte). Y para el cierre de la jornada, es decir el 16 de diciembre la sub comisión se centró en las 200 proposiciones que tenían modificación, quedando finalmente un texto similar al que tuvo la Cámara de representantes.

Colombia perdió una gran oportunidad pues el actual código electoral tenía más de 30 años, 1986, más antiguo que la actual constitución colombiana.

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<em>El voto anticipado tan sólo será en el exterior y por primera vez</em>

Puntos relevantes de la reforma electoral

  1. Introducción de la tecnología en los procesos electorales. Van a utilizarse máquinas electrónicas (será un negocio) para emitir el voto y que entregará un soporte físico para ser depositado en la urna, por eso se le llama mixta

  2. El voto anticipado tan sólo será en el exterior y por primera vez

  3. Los puestos de votación en zonas rurales se han creado y se garantice el transporte público durante esa jornada

  4. El registro de cédulas será más riguroso para averiguar el domicilio electoral de cada persona, que debe ser contrastado con toda la información laboral y de seguridad social que haya registrado. Es algo muy importante para acabar con la trashumancia electoral.

  5. El voto electrónico, su implementación y los procesos de auditoría, se logró que los primeros pilotos sean elecciones juveniles y que no se podrán aplicar en las próximas elecciones del 2022, sino a partir del 2023. Las auditorías, se dieron para garantizar que se puedan dar a tiempo y no de forma posterior a la aplicación de los sistemas

  6. La seguridad nacional de la actividades llevadas a cabo por la registraduría del consejo nacional electoral, cuya suspicacia estuvo en la contratación directa y no en las normas de licitación, (Ley 80) siempre los negocios del Consejo Nacional electoral y de la registraduría son billonarios, finalmente se acordó con una proposición que los procesos de la registraduría se rijan por la ley 80 de 1993, como estatuto de contratación.

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    <em>En este nuevo código electoral se logró la paridad de género en las listas</em>

    La burocracia en la registraduría, al crearse los delegados seccionales para el registro civil y lo electoral. Allí la situación importante era la despolitización de la registraduría y del consejo nacional electoral pero no fue así. Seguimos siendo tercermundistas en este sentido.

En este nuevo código electoral se logró la paridad de género en las listas, conformada por 50 / 50 entre hombres y mujeres. Es un avance pero está muy lejos de obtener la mujer el 33% de las corporaciones legislativas.

La votación fue 90 votos por el sí, 1 solo voto por el no, de tal manera que la lista a las corporaciones y cargos de elección popular deben estar conformada por un 50% de mujeres. La excepción está para cuando haya una lista que sea menor a 5, este porcentaje se redujo al 30%

También incluye a las asambleas departamentales y concejos distritales y municipales. Es un crecimiento en la participación femenina en la política pero está muy lejos de lograr un buen porcentaje.

El voto electrónico es de manera mixta. La contabilización será de manera digital sin participación de los jurados de votación y solamente se acudiría a los sufragios físicos en caso de diferencia de los resultados. Se acabó este negocio de la registraduría.

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<em>El actual código electoral tiene normas de 1986, que fueron recogidas de los años 1960 y 1970</em>

La registraduría quedó con facultades para corroborar con base de datos de otras entidades públicas la información verdadera.

Fue un error no haber colocado el voto anticipado. Se crearán 32 nuevos cargos puestos en las registradurías departamentales y se aprobó que los partidos políticos podrán tener acceso a los datos electorales antes de que sean conocidos por los lectores.

El actual código electoral tiene normas de 1986, que fueron recogidas de los años 1960 y 1970.

Se amplió la jornada electoral hasta las 5:00 p.m. El voto electrónico mixto se implementará gradualmente desde el 2023.

Las encuestas electorales han sido controladas por la ley, pues han regulado los criterios técnicos que deben cumplir las encuestas que sean públicas y divulgadas.

Se impidió que el Consejo electoral revoque la inscripción de la candidatura de personas con sanciones fiscales y administrativas, con base en la jurisprudencia de la corte interamericana de derechos humanos.

No se consigue la igualdad en el sistema democrático colombiano, pues no se aprobó la paridad en la conformación del Senado y las cámaras, sino en la descripción.

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<em>Las encuestas no se podrán publicar con 8 días de anticipación. Las sesiones extraordinarias quedaron entre el 17 y el 19 de diciembre.</em>

Es un avance en materia de derechos para las mujeres de Colombia, pero está muy lejos de volverse realidad.

Otro de los puntos aprobados fue el control biométrico en los puestos para evitar suplantación (otro negocio). Quedaron dos tiempos para el momento de la votación, una persona se identifica con la cedula física o su equivalente funcional en el celular y luego pasa al biométrico a autenticarse, doble control que es la identificación y la autenticación. Se aprobó la inclusión de un artículo que garantizaría la participación política de la comunidad LGTBI, pero no es obligatoria, cada partido decide si lo mete o no en sus estatutos. No se eliminó la ley de garantías, como lo solicitaron los gobernadores y los alcaldes.

Las encuestas no se podrán publicar con 8 días de anticipación. Las sesiones extraordinarias quedaron entre el 17 y el 19 de diciembre.

Lo de fondo es que no hubo  decisión para hacer realidad el voto obligatorio y este era un paso trascendental para la reforma del sistema político colombiano, que aún está muy lejos de llegar a las necesidades democráticas del país, una reforma constitucional que lo permita, para luchar contra el abstencionismo en el país que supera el 50%, eso es un lunar histórico colombiano, construir una verdadera cultura electoral fundamentada en el voto de opinión, no en la maquinaria de los empleados públicos, esa es la verdadera reforma del país, que en esta reforma electoral poco se dio en el debate, pero que necesita el país.

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