
Por Claudio Borrero Quijano.
Ingeniero Civil de la Universidad javeriana de Bogotá, Ex Secretario de OOPP Cali, Ex Concejal de Cali, Ex – gerente de Bienes inmuebles de Cali e historiador.
Solicitud de “aclaración” – no hay lugar a apelaciones
1º. – el Juez 21 Civil Municipal de Cali, abogado Edgar Valderrama Varela, el 7 de Febrero de 2007 dictó providencia aclarando que en la sentencia 312 de Diciembre 26 de 2006, se ampliaban los linderos en 133.626,59 m2, predios que ubicó por fuera de los dos ejidos señalados en la investigación, dando origen a la “escritura pública de aclaración 2586 de julio 31 de 2006, suscrita “presuntamente” por el Subsecretario de Apoyo Técnico de Valorización Marco Tulio Quintero y por el Notario Octavo Luis Oricson Arias, dicha escritura pública quedó protocolizada en la Notaria Octava de Cali con firma del Notario Luis Oricson Arias, afirmó el propio en audiencia celebrada en el transcurso de la acción popular que su firma era auténtica.
Durante el proceso de acción popular con radicación Nº 76001333101620090036001, certificó la coordinadora de la unidad de delitos contra la administración pública abogada Adriana Colonia, acompañada firmando el documento la Fiscal 97 abogada Martha Lucía Hung, que se citaba para el 23 de Junio de 2010 a audiencia de imputaciones y medidas de aseguramiento contra los ex funcionarios de valorización Juan Gerardo Sanclemente y Marco Tulio Quintero, en su condición de firmantes de las escrituras de venta de los dos ejidos en la que igualmente aclaró el Juez 21 Civil Municipal de Cali, Doctor Edgar Valderrama Varela, en sentencia aclaratoria de febrero 7 de 2007, que las áreas ocupadas por los dos predios ejidales incluían los predios de extinguido dominio para la nación en cabida de 133.626,59 m2 sentenciados en primera instancia en el Juzgado Primero Especializado de Bogotá (xi-17-2.004), decisión ratificada en segunda instancia por el tribunal superior de Bogotá en marzo 31 de 2005, el insólito Juez 21 Civil Municipal de Cali a sabiendas de que en la matrícula inmobiliaria 370- 434478 aparecían las anotaciones 16 y 18 de los nuevos territorios de la Nación, inexplicablemente los incluyó como si fueran parte de los ejidos de Cali vendidos por los funcionarios a Uldalino Tascón Escobar de donde en sucesión surgió como única heredera Carmen Tulia Tascón Mera, monstruosidad acolitada por el Juez 21 Civil de Cali propiciada por cerebros de la más alta peligrosidad y criminalidad.
Cuatro de los hermanos Tascón Mera, Fredy, Fabio, Hernando y Germán (fugitivo), son rectores de colegios del municipio de Cali, por escrito fue informado el Alcalde Rodrigo Guerrero Velasco y sus secretarios de Educación, estos “educadores” privados de su libertad con prisión domiciliaria, no obstante ello siguen siendo rectores titulares por supuesto cobrando los salarios de funcionarios en ejercicio.
Su hermana Carmen Tulia Tascón Mera es la titular de los dos ejidos municipales (en ellos está en construcción la urbanización Santa Helena), con la cual se devastó la reserva forestal protectora del ejido Pampas de la Pedregosa (ley 41/48 art.15), violación al código de recursos naturales.
En el expediente 0916 tramitado parsimoniosamente por la Fiscal 67 de la Unidad de Patrimonio Económico, abogada Gloria Lucía Díaz, la cual tuvo inicio en mayo de 2008, simultáneamente la otra parsimoniosa Fiscalía 98 a cargo del abogado Edgar Aurelio León Patiño inició investigación en julio de 2008, por haberse comprado por la Secretaria de Vivienda sus propios ejidos.
Aprovecho la columna zumbambico para alertar a toda la ciudadanía caleña sobre estos desafueros contra el patrimonio público de los caleños, que hacen tránsito con la más pasmosa impunidad en la Fiscalía Seccional de Cali, unidad de delitos contra la administración pública.
Increíble pero cierto, la Secretaria de Vivienda está plagada de desleales funcionarios con el patrimonio público, desorientando desde su interior las investigaciones por haber sido partícipes de los “torcidos”.
Dicha audiencia se aplazó para junio 23/2010, fecha en la cual tampoco se realizó, sino que se aplazó para Diciembre 22 de 2010, para esa fecha surgió otro dictamen grafológico señalando que las firmas de Juan Gerardo Sanclemente y Marco Tulio Quinetro eran apócrifas, concluyéndose que las firmas de la escritura 2586 de julio 31 de 2.006, a donde aparece bien estampada la firma auténtica del notario octavo de Cali, Doctor Luis Oricson Arias, por el mismo reconocida.
La maña condujo a un nuevo aplazamiento de la audiencia de imputaciones y medidas de aseguramiento fijándola para diciembre 22 de 2.o1o, en esa audiencia presentó la fiscal 97 Marta Lucía Hung un nuevo dictamen grafológico que señalaba las dos firmas, tanto de Juan Gerardo Sanclemente como de Marco Tulio Quintero eran falsas.
Consta en el informe ejecutivo presentado por las dos fiscales participantes en este proceso de acción popular, con firma de las fiscales Adriana Colonia y Marta Lucia Hung. (Esta última fiscal 97 pasó en abril 20 de 2.010 a ser propietaria de finca localiza en el ejido rural de cristales – (sector Cabuyal), ostenta escritura pública la nueva propiedad y registro inmobiliario, área de 46.000 m2).
