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“Sagrada Familia” y Jero, salen a demandar ciudadanos

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<em>Dicen los señores líderes del proyecto arquitectónico de la Sagrada Familia que hay un notable ataque sistemático en contra del proyecto</em>

Redacción

La sociedad Jero S.A.S y su abogado, como promotores responsables del proyecto edificación mixta-hotel la Sagrada Familia, que se adelanta en la ciudad donde estan haciendo un proyecto de ampliación, con demolición parcial de la edificación declarada como monumento histórico nacional, han salido a demandar con acción de responsabilidad civil extra contractual en contra de las publicaciones que ha hecho Caliescribe,( Director Ramiro Varela M).

El demandante Jerónimo Jiménez, hijo de la ex directora de Planeación Fabiola Aguirre ( en el gobierno de Apolinar Salcedo y Ricardo Cobo  ), lidera empresarial y profesionalmente el proyecto. El abogado demandante: Hernando Morales Plaza.

Dicen los señores líderes del proyecto arquitectónico de la Sagrada Familia que hay un notable ataque sistemático en contra del proyecto, se sienten afectados como  promotores y responsables del mismo, pero no por transgredir las normas urbanísticas.

Caliescribe se ratifica en esa información dada por su director y redactores de la revista; ha asistido a una diligencia en la Procuraduría para rechazar un proceso de conciliación y comparecerá a defender derechos constitucionales y legales al  juzgado civil, donde han radicado la citada demanda.

Los hechos de la demanda: Ataque sistemático al proyecto

Informan que el 14 de mayo de 2016 Caliescribe en un artículo que se titula “A actuar Planeación municipal en la Sagrada Familia”… “Los promotores le han generado un problema a la ciudad pues no se rescata este patrimonio histórico y precisamente va en contravía de la recuperación de los barrios característicos de este sector centro de la ciudad como es el Peñón y San Antonio. Una cosa dicen los promotores del proyecto que se ha respetado todo el inmueble, según lo ha conceptuado y en la práctica aprobado el Comité de patrimonio y otra cosa es la realidad salvaje de perder la memoria de su arquitectura.

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<em>En el Artículo del 6 de mayo de 2017, titulado Colegio Sagrada Familia , se informó que la edificación quedó con 7 pisos ilegales </em>

Que el el artículo del 7 de enero de 2017 informó que la Sagrada Familia afectó el cono visual de la estatua de Belalcazar… El inmueble la Sagrada Familia sigue siendo una de las vulneraciones al patrimonio histórico de la ciudad y de las normas nacionales y del POT de Cali, más evidentes Caliescribe se ratifica en esa aseveración, y acepta asistir como demandante en el proceso judicial.

En el Artículo del 6 de mayo de 2017, titulado Colegio Sagrada Familia , se informó que la edificación quedó con 7 pisos ilegales ( confidenciales del 6 de mayo) . Caliescribe se ratifica en la ilegalidad de los pisos adicionados al Colegio de la Sagrada Familia.

Artículo del 28 de agosto de 2017, titulado Sagrada Familia y Aristi más dudas.

Lo expresado en este artículo, igualmente se ampara en los términos legales.

Artículo de la libertad opinión y la libertad de expresión.

Artículo del 17 de junio de 2017, titulado irregularidades Sagrada Familia.

En este artículo se describen las irregularidades que el municipio de Cali a través de la oficina de Planeación Municipal, la Secretaria de Gobierno, hoy Secretaria de Seguridad públicamente y por escrito han definido las citadas irregularidades.

Artículo del 14 de octubre de 2019, ilegalidades en la Sagrada Familia… una gran irresponsabilidad de los gestores y promotores inmobiliarios con los inversionistas, que seguramente iniciaran procesos penales, por la ejecución de un proyecto modificado, sin planos y licencia aprobada. Hoy se mantiene este hecho, hay construcciones que no tienen ni licencia, ni planos aprobados. Caliescribe se ratifica en esa publicación.

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<em>han observado los caleños durante 7 años como se quiere transgredir las normas con base en artilugios jurídicos</em>

Artículo 27 de diciembre de 2019, titulado la Sagrada Familia y abogados de oficio. “La ciudad ha sido sorprendida en el 2020 y 2019, con aportes periodísticos a la ilegalidad sembrada en la construcción de obras en el antiguo colegio de la Sagrada Familia, sin rigurosidad jurídica, donde en términos sencillos, a la vista de las autoridades y todos los caleños…” Caliescribe se ratifica en lo expresado allí, que hay obra construida, que no tiene amparo en código urbano vigente a la fecha de la expedición de la licencia del proyecto.

Artículo del 22 de febrero de 2020, titulado, la salida es la norma urbanística y arquitectónica, ojos abiertos y oídos despiertos.

“Pretendían hábilmente hacer valer unas obras que están sin licencia de construcción, con edificación en altura como se observa en la foto y  3.046 Mts2 más de los aprobados en la resolución de licencia de construcción vigente…” Caliescribe se ratifica en lo expresado en este artículo.

Artículo del 1 de febrero de 2020, titulado, Sagrada Familia, un debate de ciudad que no termina.  En este artículo se manifiesta preocupación frente al proyecto denominado la Sagrada Familia, han observado los caleños durante 7 años como se quiere transgredir las normas con base en artilugios jurídicos para la construcción de un centro comercial con un hotel de 5 estrellas en el barrio el Peñón…

Sacaron los promotores del proyecto, un concepto de la Contraloría Municipal, diciendo que existen dos silencios administrativos positivos en firme a favor del proyecto de la Sagrada Familia y que dichas omisiones se equipararon a las autorizaciones de la modificación arquitectónica de la licencia de construcción del proyecto de la Sagrada Familia por parte de la alcaldía de Cali. Con esto, van a medios de comunicación informando que inician construcción de nuevo y que se han ganado un proceso que abiertamente es ilegal.

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<em>Hay unas normas legales que hay que respetar; hay unas obras que no tienen licencia de construcción y en el derecho sustantivo</em>

Caliescribe se ratifica que el proceso es abiertamente ilegal  

Hay unas normas legales a respetar; unas obras que no tienen licencia de construcción y en el derecho sustantivo, pegarse de un inciso para salvar un proyecto que a la luz de la historia de la ciudad, y del patrimonio urbano arquitectónico histórico de Cali, es abiertamente ilegal. La Caliescribe ratifica su posición frente a este proyecto.

Caliescribe confirma..En Colombia la libertad de prensa, reconocida en la CP

La Constitución Política en el artículo de 20 ” Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. El derecho de toda persona de expresar y difundir sus opiniones, ideas, pensamientos, narrar hechos, noticias y todo aquello que considere relevante y el derecho de recibir información veraz e imparcial, lo que conlleva la libertad de fundar medios de comunicación que tengan por objeto informar sobre hechos y noticias”.

Caliescribe ha publicado información veraz, incómoda para una arquitecta ( Fabiola Aguirre ) , ex directora de Planeación Municipal, que no acepta haber transgredido la ley ( POT del 2000 ), que ella misma lideró en la administración de Ricardo Cobo, alcalde. Todo en un proyecto de una edificación que hace parte de la historia de la ciudad de Santiago de Cali. 

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<em>Los medios son libres y tienen responsabilidad social. Garantiza asimismo el derecho a la rectificación en condiciones de equidad y proscribe la censura</em>

La Corte Constitucional en sentencia C-931 dijo “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras y la sentencia T-015 del 2015 determino adicionalmente “… Los medios son libres y tienen responsabilidad social. Garantiza asimismo el derecho a la rectificación en condiciones de equidad y proscribe la censura. El lugar preferente que ocupa la libertad de expresión en el ordenamiento superior, emanan las siguientes presunciones: que toda expresión está amparada prima facie por el derecho a la libertad de expresión; que en los eventos de colisión del derecho a la libertad de expresión con otros derechos fundamentales, en principio, aquél prevalece sobre los demás; cualquier limitación de una autoridad pública al derecho a la libertad de expresión se presume inconstitucional, y por tanto debe ser sometida a un control constitucional estricto;  cualquier acto de censura previa, por parte de las autoridades es una violación del derecho a la libertad de expresión, sin que ello admita prueba en contrario.

La sentencia T-277 de 2015… Impone responsabilidades a los intermediarios de internet por los contenidos transmitidos.

La sentencia 312 de 2015 protege la libertad de prensa

La sentencia T-145 de 2016 afirma que la libertad expresa tiene un doble componente o que se exprese en dos libertades específicas. Por una parte, en la libertad de expresar las opiniones, ideas o pensamientos personales, denominada libertad de opinión o libertad de expresión en estricto sentido y por otra, en la libertad informar y recibir información. La libertad de información protege aquellas formas de comunicación en las que prevalece la finalidad de escribir o dar noticia de lo acontecido.

La sentencia T-599 de 2016 determina El alcance de las libertades de expresión e información es diverso, para expresar ideas, pensamientos, opiniones, discursos y manifestaciones. Advierte que las libertades de expresión e información tienen una naturaleza compleja e instrumental, pues incorporan otros derechos autónomos como los de pensamiento, opinión y prensa, los cuales se realizan a través de las mencionadas libertades.

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<em>Los caleños recuerdan como un narcotraficante líder en la ciudad, le decía a su hermano , que entendiera que él también era narco y que asumiera con valor la cárcel,&nbsp; como delincuente</em>

La sentencia T-239 de 2018 recuerda que la libertad de información es parte integrante del derecho de la libertad de expresión. Es considerado un derecho fundamental de doble vía. El derecho a la libertad de expresión es una de las garantías esenciales de la democracia y el pluralismo y reviste robustas protecciones. Se refiere al derecho a expresar y difundir libremente el propio pensamiento, opiniones, información e ideas, sin limitación, a través del medio y la forma escogidos por quien se expresa a lo cual se deriva una prohibición para la censura. Toda expresión se considera protegida por el artículo 20 de la Constitución Nacional. Cuando se presenta una colisión normativa, la posición de la libertad de expresión es privilegiada y goza de una prevalencia inicial.

PD : Los caleños recuerdan como un narcotraficante líder en la ciudad, le decía a su hermano , que entendiera que él también era narco y que asumiera con valor la cárcel,  como delincuente.

Lo mismo le pasa a la arquitecta y su hijo, que cometen ese atropello histórico, ambiental , arquitectónico y urbanístico con la ciudad y la vista de todo el mundo; ahora quieren que con sus movimientos en las esferas políticas, de gobierno y sociales ,  les pase tamaño adefesio jurídico y profesional, Y como si fuera poco, buscan arrinconar a los pocos funcionarios probos y a los ciudadanos que transmiten el clamor ciudadano y gremial.

Los pájaros tirándoles a las escopetas¡

Lee en la edición de ésta semana ( https://historico.caliescribe.com/es/15082020-1454/infraestructura/19699-infraestructura/sagrada-familia-procuraduria-hernando-morales )

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