¿Por qué los jóvenes ya no creen en el viejo adagio de tener casa propia?
Por Ana Lucia Arango M (Economista)
Actualmente no sabemos que es mejor si ser arrendador o ser arrendatario. Producto de la informalidad y el desempleo estamos atravesando por un gravísimo problema social y nadie se percata de ello. Ambos arrendador y arrendatario pasan por situaciones difíciles. Pero desde esta tribuna invito a todos a hacer todo el esfuerzo por tener vivienda propia y dejar los cantos de sirena con el manejo del dinero, la propiedad permite estabilizar el presente y proyectar el futuro.
Sabemos que la vivienda en alquiler cumple funciones muy importantes y para muchos es la única posibilidad de tener alojamiento, o incluso es mejor opción que tener propiedad, pues no se paga impuestos y la plata manejada a intereses deja aparentemente mejores dividendos. No en vano y sabiendo de la importancia para el pueblo, el Presidente Santos arrancó con la ley de 100.000 viviendas gratuitas, idea loable, pero a la que le presentamos numerosos reparos, por su equivocada configuración, que no es el tema de la presente columna.
Los hogares con baja solvencia, o que no tienen los recursos para acceder a la propiedad requieren de una oferta de vivienda en alquiler a su alcance. Pero incluso cuando no existe un problema de solvencia absoluto, el arrendamiento de vivienda puede ser una opción muy conveniente para muchos hogares:
El trabajador independientecon el dinero que va a invertir en la adquisición de vivienda propia, puede mejor emplearla como capital de trabajo.
Los hogares jóvenes: pueden destinar estas sumas a inversiones.
Personas de edad avanzada: prefieren invertir en viajes, salud, gastos presentes.
El ciudadano como arrendador o arrendatario sufre atropellos, por ello es importante que sepamos cómo actuar. Unos de los puntos más importantes que son obligatorios y debemos saber según la ley de arrendamiento de vivienda urbanason:
ARRENDATARIO:
ARRENDADOR
Como generalidades del contrato de arrendamiento de vivienda urbana tenemos:
El arrendador debe entregar al arrendatario el bien en buen estado en la fecha convenida y el arrendatario debe pagar el precio dentro del plazo estipulado.
Es de anotar que ha existido durante mucho tiempo una regulación estatal sobre este mercado. Pero podrían hacerse anotaciones importantes al respecto; las acciones en este campo nunca han estado en las políticas más generales de vivienda, en cuya formulación la vivienda en alquiler no es ni siquiera mencionada en el ámbito gubernamental. El arrendador y arrendatario puede hacer cumplir como quiera su objetivo pues no se encuentra un ente gubernamental que controle alguna acción al respecto.
Para hacer cumplir las leyes que es lo único que el gobierno saca, se debe contratar un abogado que busque mediante demandas hacer cumplir con la ley. Entonces es cuando nos damos cuenta que las personas de bajos recursos y que no tienen el dinero tienen todas las de perder, así que el arrendatario o el arrendador pueden actuar o mejor abusar como deseen.
Tener vivienda no es riqueza, pero no tenerla es la mayor pobreza” dice un adagio popular entre nosotros que describe muy bien esta apreciación, pero que nos permite recordar que un valor pagado en arrendamiento, es como fumar un cigarrillo o beber licor, se evapora el dinero y no queda nada. Por ello el gobierno Nacional debe estructurar la posibilidad que los colombianos accedan a su empleo estable, para que puedan adquirir vivienda. 100.000 gratuitas no sirven para solventar el crecimiento del déficit anual de vivienda, que supera los 260.000 unidades, de las cuales 140.000 se van a la invasión, al rio o a la montaña. Muchos menos esa gratuidad servirá para atender el 1.200.000 viviendas que existe de déficit, luego a resolver el problema de fondo y evitar que millones de Colombianos sigan de arrendadores, mal necesario.