Skip to content
Archivo Caliescribe
Archivo Caliescribe
  • Confidenciales
  • Cali: Ciudad y ciudadanos
  • Reporte urbano
  • Política
  • Economía
  • Deporte
  • Columnistas
  • Archivo
  • Ver contenidos recientes
Archivo Caliescribe

Al oído de Guerrero

Emilio Escobar, 9 June, 2012

Por Emilio Escobar Gutiérrez

Lo que le pasa a muchos ciudadanos con la violación de los derechos fundamentales en nuestras constitucionales solicitudes por el “irregular” cobro de valorización para 21 megaobras , debe llegar al Sr. Alcalde de la ciudad, pues son responsables directos los funcionarios del Municipio de Cali, quienes parecen que escribieran de “PURA PICA”. Esta expresión se usaba hace algún tiempo cuando alguien realizaba, frente a algún reclamo o reconvención que se le hacía, una acción de desquite con tinte dramático y a veces, hasta violento.

Esta es la actitud que, al parecer, el equipo de gobierno municipal parece adoptar cuando contribuyentes hemos expresado nuestra inconformidad y, consecuentemente,  hemos solicitado la revisión de los cobros que nos han hecho en forma ilegal como “contribución” por valorización por múltiples obras que en nada corresponden a este concepto. En esta oportunidad, se trata específicamente de la Plazoleta de la Caleñidad, en mi parecer,  un innecesario esperpento de acero, concreto y lona que desentona con el entorno y que, además, será fuente de ingresos de terceros por renta de locales comerciales y parqueaderos. La alcaldía de Santiago de Cali, en vez de acoger la petición ciudadana, ahora adopta una actitud soberbia y expresa, en primera página de la prensa local, que por el contrario, incrementará este polémico proyecto mediante la compra del edificio Paseo Bolívar(conocido como AVIANCA ) , no considerado en el esquema inicial de la dichosa plazoleta, para lo cual destinará $4.000’000.000 de nuestro dinero o más , suma a la cual se le deberán adicionar costos de demolición y posterior construcción de quien sabe que otro “espacio para esparcimiento de la ciudadanía”, que tendremos que ver en el futuro, invadido por desocupados, por viciosos o, en el mejor de los casos, por antiestéticos ventorrillos.

Definitivamente, este hecho constituye una afrenta más para quienes reclamamos una utilización más racional de los dineros públicos. Con esos seis o siete mil millones de pesos adicionales que planea sacarnos abusivamente de nuestros bolsillos o de las arcas municipales que es lo mismo, podría solucionar graves  problemas que aquejan a nuestra ciudad, como la reparación de vías, el inmediato mejoramiento de la movilidad y la recuperación de establecimientos educativos y de salud, entre otros, pero con recursos propios de los impuestos regulares del municipio.

Pareciera que a nuestros folclóricos alcaldes les interesa más dejar “monumentos” para la posteridad, como pomposos colegios, plazoletas innecesarias y antitécnicos hundimientos de vías para ser recordados como sus gestores y realizadores, claro que a costa del sacrificio económico de los propietarios de predios de la ciudad. Ahora, si quieren hacerlo, nadie les impide financiarlos con regalías, aportes voluntarios de sus amigos o ciudadanos generosos de gruesas chequeras, o con ayudas nacionales o internacionales …

El 21 de octubre pasado, varios ciudadanos presentamos Derechos de Petición con la misma estructura, en los cuales se solicitaba al alcalde anterior, “la corrección de la liquidación y nueva facturación de la contribución por Valorización por pagar para la construcción de las llamadas ‘veintiuna (21) megaobras’ por el inmueble de mi propiedad, fundamentado en los siguientes….HECHOS:…….”

La petición contenía cuatro puntos específicos, y en el correspondiente a su numeral 4, se citaba la existencia en la liquidación de la mencionada contribución, “obras que no deben ser cobradas por Valorización”, y bajo él, el sub-numeral 4.4 con la siguiente redacción:  “Construcciones de módulos de restaurantes y parqueaderos en plazoleta cercana al Centro Administrativo Municipal cuyo usufructo será percibido por terceros sin que, a mí, a quien me están facturando sus costos, me hayan explicado cual va a ser la retribución económica que corresponde a mi inversión”

Como pasados los quince días hábiles que concede la Ley a un peticionado, la Administración Municipal no había dado contestación a los Derechos de Petición, el 5 de diciembre de 2011 instauramos tutelas ante juzgados municipales. El juez de reparto las distribuyó  entre varios juzgados los cuales, siguiendo una costumbre ya comprobada en nuestra ciudad, y dada su incompetencia frente a estos casos, las devolvieron con “justificaciones” tan baladíes, en unos casos, como que eran  “improcedentes” y en otros, porque adolecían de “carencia actual del objeto”. Es decir, ni siquiera coincidieron en su disculpa para desatender nuestro derecho ciudadano.

Finalmente, el 14 de diciembre, pasados treinta y cuatro (34) días hábiles después de haber sido radicado el Derecho de Petición, me fue entregada la respuesta firmada por Helmer Fabio García Rojas, Secretario de Infraestructura y Valorización, con el campo correspondiente a  la fecha de este documento encubierto con corrector líquido y un sello sobrepuesto con la inscripción 08 NOV 2011, hecho  éste que constituye un delito de adulteración de documento público y que fue denunciado en comunicación escrita que dirigí nuevamente a la Alcaldía el 19 de diciembre, radicada a las 8:04  A.M. que nunca fue contestada. Este hecho doloso es uno más de la cadena de ilegalidades que rodean el cuestionable desempeño de nuestros funcionarios municipales.

Finalmente, analizada la respuesta a mi Derecho de Petición, me encontré frente a un documento lleno de evasivas, de datos no solicitados o repeticiones de textos allí inscritos sólo para hacer volumen y con clara intención de confundir, con aseveraciones, frente a algunas de mis peticiones específicas, y ante su falta de argumentos válidos, de que se trataban de “apreciaciones subjetivas” de mi parte. En el caso específico del sub-numeral 4.4 arriba relacionado, el funcionario escribe: “Que mediante acuerdo Nº 0241 de 2008, el Honorable Concejo Municipal de Santiago de Cali autorizó al cobro de una Contribución de Valorización por Beneficio General para la construcción de un plan de obras que mejoran la malla vial y los sistemas de movilidad y el espacio público, contempladas en el Plan de Desarrollo 2008-2011 ‘Para vivir la vida Dignamente’, las cuales quedaron indicadas en el punto DOS del presente escrito”…..(???)… Aclaro que ese escrito no tenía un punto DOS.

Así las cosas, mi petición realizada en forma específica, no fue contestada por la Alcaldía de Cali, pero ante la inoperancia del sistema judicial local, tuve que desistir de posteriores acciones y ver así frustrado mis legítimos derechos a ser informado de las actuaciones administrativas del gobierno local y de la defensa de mi patrimonio. Por ello recurro públicamente a la primera autoridad de la ciudad, caracterizado por ser un hombre cuya gran experiencia pública y privada, nacional e internacional, no permitiría los abusos y atropellos constitucionales, legales y administrativos que han cometido los funcionarios de la administración municipal. Solo es pedirle alcalde, que den respuesta de fondo, precisa y veraz como ordena la cara rectora de Colombia: la Constitución Nacional

 

 

Uncategorized

Post navigation

Previous post
Next post

Esta viendo los contenidos del archivo histórico de Caliescribe entre abril 2011 y noviembre de 2023.

Ver contenidos recientes
  • November 2023 (108)
  • October 2023 (171)
  • September 2023 (162)
  • August 2023 (142)
  • July 2023 (163)
  • June 2023 (113)
  • May 2023 (116)
  • April 2023 (141)
  • March 2023 (110)
  • February 2023 (106)
  • January 2023 (94)
  • December 2022 (99)
  • November 2022 (143)
  • October 2022 (138)
  • September 2022 (97)
  • August 2022 (130)
  • July 2022 (124)
  • June 2022 (118)
  • May 2022 (109)
  • April 2022 (120)
  • March 2022 (106)
  • February 2022 (101)
  • January 2022 (104)
  • December 2021 (84)
  • November 2021 (152)
  • October 2021 (246)
  • September 2021 (209)
  • August 2021 (168)
  • July 2021 (203)
  • June 2021 (175)
  • May 2021 (177)
  • April 2021 (132)
  • March 2021 (147)
  • February 2021 (134)
  • January 2021 (87)
  • December 2020 (90)
  • November 2020 (138)
  • October 2020 (151)
  • September 2020 (135)
  • August 2020 (183)
  • July 2020 (179)
  • June 2020 (185)
  • May 2020 (177)
  • April 2020 (171)
  • March 2020 (181)
  • February 2020 (196)
  • January 2020 (127)
  • December 2019 (158)
  • November 2019 (173)
  • October 2019 (179)
  • September 2019 (167)
  • August 2019 (198)
  • July 2019 (168)
  • June 2019 (192)
  • May 2019 (167)
  • April 2019 (161)
  • March 2019 (203)
  • February 2019 (168)
  • January 2019 (162)
  • December 2018 (180)
  • November 2018 (188)
  • October 2018 (185)
  • September 2018 (221)
  • August 2018 (175)
  • July 2018 (206)
  • June 2018 (230)
  • May 2018 (237)
  • April 2018 (198)
  • March 2018 (218)
  • February 2018 (175)
  • January 2018 (169)
  • December 2017 (202)
  • November 2017 (189)
  • October 2017 (198)
  • September 2017 (224)
  • August 2017 (194)
  • July 2017 (206)
  • June 2017 (197)
  • May 2017 (196)
  • April 2017 (215)
  • March 2017 (185)
  • February 2017 (130)
  • January 2017 (108)
  • December 2016 (162)
  • November 2016 (126)
  • October 2016 (170)
  • September 2016 (149)
  • August 2016 (145)
  • July 2016 (152)
  • June 2016 (140)
  • May 2016 (114)
  • April 2016 (166)
  • March 2016 (137)
  • February 2016 (149)
  • January 2016 (168)
  • December 2015 (142)
  • November 2015 (149)
  • October 2015 (208)
  • September 2015 (168)
  • August 2015 (188)
  • July 2015 (161)
  • June 2015 (149)
  • May 2015 (161)
  • April 2015 (143)
  • March 2015 (142)
  • February 2015 (148)
  • January 2015 (161)
  • December 2014 (155)
  • November 2014 (174)
  • October 2014 (149)
  • September 2014 (149)
  • August 2014 (164)
  • July 2014 (150)
  • June 2014 (141)
  • May 2014 (170)
  • April 2014 (145)
  • March 2014 (171)
  • February 2014 (128)
  • January 2014 (120)
  • December 2013 (116)
  • November 2013 (179)
  • October 2013 (143)
  • September 2013 (146)
  • August 2013 (157)
  • July 2013 (150)
  • June 2013 (163)
  • May 2013 (155)
  • April 2013 (128)
  • March 2013 (141)
  • February 2013 (127)
  • January 2013 (112)
  • December 2012 (149)
  • November 2012 (120)
  • October 2012 (130)
  • September 2012 (189)
  • August 2012 (132)
  • July 2012 (122)
  • June 2012 (145)
  • May 2012 (134)
  • April 2012 (126)
  • March 2012 (146)
  • February 2012 (120)
  • January 2012 (137)
  • December 2011 (151)
  • November 2011 (131)
  • October 2011 (142)
  • September 2011 (124)
  • August 2011 (133)
  • July 2011 (151)
  • June 2011 (122)
  • May 2011 (141)
  • April 2011 (77)
©2025 Archivo Caliescribe | WordPress Theme by SuperbThemes