Después del boom del referendo…Ahora ¿¿¿Qué???
Después de las sesiones extraordinarias del Congreso el jueves 28 de junio, día en que el Senado de la República con 73 votos y la Cámara de Representantes con 117 votos, hundieron la Reforma a la Justicia. La firma Gallup realizó una encuesta en la que el 76.46% de los colombianos tenían una imagen negativa del Congreso, con un 54.91% una imagen negativa de la Corte Suprema de Justicia, de la Corte Constitucional un 43% y en general con el sistema judicial colombiano con una imagen negativa del 70%. También cayó la imagen del presidente de la República Juan Manuel Santos.
Estos resultados fueron el reflejo del movimiento social y virtual en contra de la Reforma a la Justicia. La opinión pública entendió que la reforma se le montaron unos “micos” que blindaban y le daban privilegios a los funcionarios públicos como prácticamente imposible la figura de la pérdida de investidura; establecían un sistema de investigación formalmente dentro de la Corte Suprema de Justicia, pero en realidad en unas salas especiales para la investigación y el juzgamiento en primera instancia y la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia en segunda instancia.
Ahora, ¿¿¿Qué???
La coalición ciudadana sigue en pie de lucha, los formularios para el referendo en contra de la Reforma a la Justicia siguen llenándose en todo el país. Si usted aun no lo ha hecho, lo invito para que descargue el formulario en: www.referendoya.org y lo llene con las firmas bien diligenciadas de sus amigos, vecinos y compañeros de oficina.
La iniciativa del referendo lleva más de 100 mil firmas en todo el país.
Ahora lo que suena en las redes sociales y en la sociedad pública es la frase: Congreso Unicameral, pro para hacer esto el Presidente de la República debe hacer uso de los artículos 104 y 379 de la Constitución Nacional, así el pueblo colombiano adopta un Congreso unicameral.
Artículo 104: El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros y previo concepto favorable del Senado de la República, podrá consultar al pueblo decisiones de trascendencia nacional. La decisión del pueblo será obligatoria. La consulta no podrá realizarse en concurrencia con otra elección.
Artículo 379: Los Actos Legislativos, la convocatoria a referendo, la consulta popular o el acto de convocación de la Asamblea Constituyente, sólo podrán ser declarados inconstitucionales cuando se violen los requisitos establecidos en este título.
¿Qué es un Congreso Unicameral?
El congreso Unicameral consiste en que una sola cámara realiza y propone las iniciativas. Además, las votaciones se dan en una sola cámara del poder legislativo. En muchas situaciones, los países que hoy en día tiene unicámara, contaban con la segunda pero la abolieron debido a que la segunda cámara obstruía el paso de la legislación. El 67% de los países del mundo tienen Congreso Unicameral, países como Corea del Sur, Turquía, Israel, Costa Rica, Panamá, Venezuela, Ecuador y Perú. Que tal, si los colombianos pasáramos de tener y MANTENER un Congreso bicameral con 268 curules y un Senado con 102 escaños, a tener sólo 100 como Estados Unidos, o como el caso de Perú con 130 escaños , o nuestro vecino, Ecuador que cuenta con 121, Brasil sólo 81, Argentina 72, Chile 39 y Alemania Unida 69 senadores.
100 es el número de arranque para que los colombianos voten por personas que demuestren ética, moral, experiencia y conocimientos para ocupar el nuevo Congreso Unicameral Colombiano.
¿Qué funciones realiza un Congreso Unicameral?
1. Facilita el trámite de las leyes.
2. Facilita el control político.
3. Facilita la gestión pública del gobierno de turno.
4. Facilita el conocimiento del perfil de cada congresista.
5. Los colombianos se ahorrarían:
– Sueldo de un congresista: $19.756.624 pesos de salario por trabajo. En esa cifra ya están incluidos los descuentos como salud, pensión y retención en la fuente.
– El pago de la llamada Unidad de Trabajo Legislativo (UTL), es decir el grupo de asesores y empleados (secretarias y abogados) que acompañan al congresista. Un senador no puede sobrepasar los 10 empleados.
– Un congresista tiene autorizado 50 salarios mínimos mensuales vigentes, es decir, cerca de $27.000.000 de pesos para el pago de este personal.
– Cada semana los congresistas tienen derecho a un tiquete de ida y regreso a un destino nacional.
-El pago al plan celular de 1000 minutos que se utilizan en las oficinas. El contrato establece que se les entregue de manera gratuita un Blackberry.
– Subsidio de gasolina. Según la resolución firmada por Corzo el aumento del subsidio es de $21.250.000 de pesos al mes. En un año la suma alcanzaría los $255.000.000.
– Un parlamentario recibe 35% de un sueldo por año cumplido y una prima de vacaciones. Además prima de mitad y final de año. La primera es medio sueldo y la que se paga en diciembre es de un sueldo completo.
– Las camionetas para la seguridad de los parlamentarios también son proporcionadas por el Congreso, por lo general son 2, pero el número de carros se asigna dependiendo del nivel de riesgo.
– Reducidas las horas de trabajo. Los congresistas sólo están en el Congreso en sus tareas de discusión y aprobación de proyectos los martes y miércoles. Además gozan de periodos de receso prolongados, un parlamentario sólo asiste en las sesiones ordinarias del 20 de julio al 16 de diciembre. A partir de esta fecha se está en receso legislativo hasta el 16 de marzo. A mitad de año los congresistas vuelven a estar en receso durante un mes. La semana santa así como lo días feriados tampoco sesionan los congresistas.
Estos son sólo 5 beneficios del nuevo Congreso Unicameral, una hazaña que nació de unos pocos colombianos, pero que ha tomado fuerza en todo el país. ¿Qué espera para firmar? Dígale NO A LA REFORMA, SI AL REFERENDO, SI AL NUEVO CONGRESO UNICAMERAL COLOMBIANO.