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Objeciones al POT con aceptación parcial por parte de Comisión Accidental, pero la plenaria tendrá que decir si acepta o no dicho informe
Santiago de Cali, noviembre 6 de 2014.- En Comisión Accidental creada para analizar las objeciones que hizo el Gobierno Municipal al Proyecto de Acuerdo 074 que contiene la revisión y ajuste al Plan de Ordenamiento Territorial, Concejales de esa célula determinaron declarar fundadas en parte las objeciones que por inconveniencia hizo la administración municipal a la iniciativa y se aceptaron parcialmente las de ilegalidad.
El informe técnico será llevado a sesión plenaria el martes 11 de noviembre, para que sea el pleno del Concejo quien acepte o rechace el informe de la Comisión creada para tal fin.
La decisión de aceptación parcial de las objeciones, se tomo luego de dos sesiones oficiales de la Comisión Accidental conformada desde la Presidencia del Cabildo, por Fabio Fernando Arroyave Rivas, Luis Enrique Gómez (de Cambio Radical) y Clementina Vélez Gálvez (Liberal). De las dos sesiones oficiales participaron otros Cabildantes. Asimismo se realizaron mesas de trabajo del gobierno para llegar a puntos de conciliación.
Del estudio a las objeciones participaron además los Concejales Amparo Gutiérrez Vargas (Conservador); Noralba García Moreno (Cambio Radical); Audry María Toro Echavarría (U), José Uriel Rojas Bautista (Opción Ciudadana); Patricia Molina Beltrán (Polo), Carlos Hernando Pinilla Malo (Liberal) y José Fernando Gil Moscoso (U) entre otros.
80 artículos en total fueron objetados por inconveniencia en su redacción y 3 más por ilegalidad, según lo manifestó la propia administración municipal.
“Se aceptaron fundadas las objeciones que por ilegalidad planteo el Gobierno municipal, para los artículos 284 numeral 7, que hace referencia a las centralidades y en la que la unidad deportiva había sido excluida. El Concejo acepta esa objeción, y la objeción del 199, en relación a la instalación de infraestructura para telecomunicaciones en cuya redacción se incluirá que el permiso respectivo de instalación lo otorgue Planeación como corresponde, y se excluye la palabra antenas, puesto que la reglamentación es para la infraestructura o torres como tal que se podrán ubicar cada 250 metros” explicó La Concejala Clementina Vélez quien de paso afirmó que las objeciones al tema.
Y se aceptan parcialmente infundadas las objeciones en relación al artículo 237 y su parágrafo 4º, que tiene injerencia en aquellos equipamientos catalogados como bienes de interés cultural del Municipio de Santiago de Cali BIC podrán solicitar el cambio de uso por una actividad de comercio o servicios que permitan garantizar el cuidado y protección de los inmuebles, a través de proyecto de acuerdo previo concepto favorable del Comité Técnico de Patrimonio Cultural. “En este caso se aclara que la injerencia del Concejo será para aquellos BIC de orden local y quedaremos pendientes de lo que determine el Consejo de Estado en relación a la Plaza de Toros”, aclaró Clementina Vélez Gálvez.
“Conocimos de boca del propio gobierno a través de León Darío Espinosa Restrepo, Director de Planeación, las objeciones que por inconveniencia se hicieron a 80 artículos, y las objeciones que por ilegalidad se hicieron a 3 artículos más, para buscar puntos comunes de conciliación y sacar adelante el informe”, sostuvo el Presidente del Concejo Fabio Fernando Arroyave Rivas, quien presidió la Comisión Accidental.
En el caso de las objeciones que por inconveniencia hizo el gobierno municipal, la Comisión Accidental aceptó parcialmente las objeciones.
De esta manera, indica Arroyave Rivas, el Concejo blinda su competencia y de paso garantiza que el estudio del POT mantenga sus principios desde la concertación y la construcción colectiva.
León Darío Espinosa Restrepo Director de Planeación de Cali, explicó ante los miembros de la Comisión Accidental que las objeciones que se hicieron por inconveniencia corresponde a la forma como se redactaron 80 artículos. “En el marco de las discusiones se dieron algunos cambios que no quedaron incorporados, como es el caso de cambiar la palabra Mio por Sistema Integrado de Transporte Masivo SITM”, indicó Espinosa.
Y por ilegalidad 3 artículos que no contaron con la aceptación de la administración municipal. Tal es el caso de los cambios hechos a los artículos 199 que hace referencia a la instalación de infraestructura para telecomunicaciones; el 237 y su parágrafo 4º en relación al uso del suelo de la Plaza de Toros de Cañaveralejo y el numeral 7 del artículo 284, que excluyó la Unidad Deportiva y la dejo sin uso.
En el caso del artículo 199, del nuevo POT en relación a la instalación de infraestructura para telecomunicaciones; el Concejo en plenaria sugirió que para ubicar torres de infraestructura no fueran de 200 metros sino 250 metros. Eso se aceptó y aprobó, explicó Espinosa Restrepo, quien aclaró, que cuando se redactó el artículo final se eliminó el apartado que dice que no requiere de uso de suelo, pero además se agregó la palabra antenas. “La administración considera que la ubicación de infraestructura si requiere de permiso de instalación, no es un uso de suelo, pero si requieren de permiso. Y la otra modificación corresponde a la inclusión de palabras antenas cobijada por la distancia de los 250 metros, que era para la infraestructura (torres)”.
En el artículo 237 y su parágrafo 4º, en relación a los equipamientos. La propuesta que la administración planteó en ese parágrafo, era que los predios demarcados con permanencia de uso de equipamientos catalogados como bienes de interés cultural podrán solicitar el cambio de uso por una actividad de comercio o servicios que permitan garantizar el cuidado y protección de los inmuebles, siempre que no implique el desenglobe y la venta parcial del inmueble, la aprobación de cambio de uso estará a cargo de Planeación previo concepto favorable del Comité Técnico de Patrimonio Cultural.
“Ese apartado ´no implique el desenglobe y la venta parcial del inmueble´, la administración no lo aceptó en la primera ponencia y se ajustó en el segundo debate, donde se eliminó, pero se agregó que la autorización de cambio de uso se realizará mediante acuerdo municipal, previo concepto favorable del comité técnico de patrimonio cultural”, explicó Espinosa quien considera que hasta tanto no se pronuncie el Consejo de Estado sobre el bien Plaza de Toros, no podrá determinarse sobre el particular.
La Concejal Noralba García Moreno y Fabio Fernando Arroyave Rivas (Cambio Radical) elevaron una consulta ante el Consejo de Estado, sobre quién o quiénes tendrían la competencia para determinar sobre el uso del suelo de la Plaza de Toros de Cañaveralejo, que hoy tiene una promesa de venta entre la Sociedad Plaza de Toros S.A. y unos particulares interesados en comprar los parqueaderos para construir allí un centro comercial.
“Ese documento, dice García Moreno, no ha sido respondido a la fecha, por consiguiente, mal haría el Concejo en tomarse atribuciones que siguen el consulta ante órgano superior”, precisó la Cabildante.
Arroyave Rivas, indicó que la consulta se hizo de forma general no solo para el tema de la plaza de toros, sino para todos los bienes de interés cultural que existen en Santiago de Cali, por tanto una vez quede resuelta esa inquietud podrá el POT adoptar una medida general.
El tercer artículo objetado por ilegalidad (por vicio de forma) corresponde al numeral 7º del artículo 284 que hace referencia a las centralidades. Una de ellas que había identificado el Municipio eran aquellas vinculadas a grandes equipamientos. Sin embargo y a pesar a la identificación se excluyó la Unidad Deportiva que quedó sin norma, y así no podría otorgarse usos del suelo para esa centralidad.
Con información del Concejo de Cali