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Irregularidades de la ciudadela Nuevo Latir

Ramiro Varela Marmolejo, 11 June, 2011

Por: Ramiro Varela

Con varios ciudadanos hemos sostenido la inconveniencia, técnica y social, de haber construido la edificación para una Megaescuela, en el lote de propiedad del Municipio de Cali de 26.710 mt2 ubicado en la intersección de la Avenida Ciudad de Cali y la Troncal de Aguablanca. Vino la inauguración y el deslumbre del Presidente de la República y de muchos que se dejan influenciar de la arquitectura espectáculo, como bien lo afirma el Arq. Benjamín Barney. Ahora empezamos a encontrar las irregularidades cometidas contra la ciudad en la planeación de la citada ciudadela educativa, lo que nos permite calificar como otro atropello del Alcalde Jorge Iván Ospina contra Cali y las normas legales. Ojalá en este caso la Procuraduría General de la Nación y la Personería Municipal de Cali se pronuncien rápidamente.

Irregularidades en esquema básico del lote

Fue expedido por Planeación Municipal, el 01 de Julio de 2009, mediante resolución SOU – 3537 – DAP- 2009 * (adjunto #1), en el que se desconoce la afectación vial de uno de los cruces de mayor tráfico en el futuro de la ciudad, como es la intersección de la Avenida Ciudad de Cali con la Troncal de Aguablanca. Para nada se considera la importancia de ambas vías, que generan y atraen en el presente, y en el futuro, un gran volumen de tráfico vehicular. Igualmente, no definió la sección de protección del Canal Figueroa o su desvío a una ubicación paralela a la Avenida Ciudad de Cali. El atropello tiene que ver con el área que debe reservarse para la futura ampliación vial y el futuro puente vehicular que debe solucionar este congestionado cruce.

Irregularidades del subdirector de P.O.T

El Arquitecto Francisco Javier Bonilla Hurtado, como subdirector del P.O.T, certificó, mediante oficio * (adjunto #2) del 13 de Agosto del 2009, notificado con el número 9641, que la Ciudadela Troncal de Aguablanca está armonizada con los proyectos viales. Especialmente se analizó la articulación con la intersección a desnivel de la Avenida Ciudad de Cali con la Troncal de Aguablanca, mediante un puente que tendrá 2 calzadas elevadas en cada sentido Norte – Sur – Norte. Es decir, se obviaron las integraciones en sentido Oriente – Occidente, de tal manera que esto deberá hacerse de una manera semaforizada sin que le sirva al planeamiento futuro de la Ciudad. Es aquí en donde se debió detectar el error del esquema Básico del Lote y permitió, de esta manera, que se expidiera una licencia de Intervención del espacio público ilegal, que inexplicablemente exonera al Municipio de entregarle parte del lote para el futuro desarrollo del cruce vial a desnivel.

Irregularidades de METROCALI

Metrocali certificó, mediante comunicación * (adjunto #3) de Agosto 21, firmada por el Ingeniero Harold Daza, Director de Construcciones de Metrocali, que los planos de la Ciudadela Educativa fueron articulados con la Troncal de Aguablanca, lo cual no ha podido ser por la necesaria definición de un cruce a desnivel que resuelva todos los giros de las vías arterias principales que afectan a la Mega ciudadela.

Irregularidades en el comité de movilidad

Mediante protocolo 2209 del 25 de Agosto de 2009 * (adjunto #4) se presentó la Ciudadela Educativa Troncal de Aguablanca (hoy Nuevo Latir) y emitió concepto favorable sin reconocer que se trata de un lote ubicado en la esquina de la intersección de 2 vías arterias principales, como son la Avenida Ciudad de Cali y la Troncal de Aguablanca. Se limitó a definir un paso peatonal a desnivel sobre la Avenida Ciudad de Cali, un paso peatonal sobre el Canal Figueroa, a escuchar a Metrocali para una parada de integración no muy lejana a la estación del MIO, a verificar que las ciclo-rutas se han diseñado de acuerdo al plan maestro, la necesidad de una bahía de acceso al parqueadero, etc., así el Comité de Movilidad emite concepto favorable de los aspectos de movilidad, de funcionalidad, de articulación y accesibilidad de la Ciudadela Educativa.

Es decir, un Comité de Movilidad compuesto por Arquitectos e Ingenieros encabezados por: Francisco Javier Bonilla, Coordinador Técnico de Planeación; Carlos Andrés Fernández, de la Secretaria de Infraestructura y Valorización; Carlos Alberto Becerra de Metrocali; Ramiro Durango; Luis Ernesto Díaz, de Tránsito y Fernando Martínez, de Planeación Municipal. Este comité insólitamente ignora la existencia de las 2 vías arterias principales que se interceptan y afectan el lote. Por su experiencia y responsabilidad legal son los culpables de que se obviara la necesaria existencia de un cruce a desnivel, con sus ramales de giro, los cuales ahora no se podrán construir por la construcción de la biblioteca de 6 pisos que hace parte de la Ciudadela y por lo tanto, deberán responderle al patrimonio público de Cali por no haber reservado el área para el futuro puente.

Irregularidades en el concepto ambiental

El director del DAGMA de la época, Jesús Darío Gonzales, mediante oficio 4133.0.5.2 002312 de Agosto 27 del 2099 * (adjunto # 5) expidió el concepto ambiental para el desarrollo de la Ciudadela educativa Troncal de Aguablanca y allí omitió el impacto ambiental del Canal existente en el lindero del lote. En consecuencia, no generó ninguna recomendación para controlar la contaminación ambiental ni para mitigar los problemas que puede generar a la población educativa la existencia de un canal de aguas negras. Así, viabilizó un concepto ambiental que todavía riñe con la edificación construida. Lo mínimo que ha debido hacer es exigir el desvió del canal ó su entamboramiento o definir la solución a ese problema ambiental.

Irregularidades en el esquema básico de implantación

El director de Planeación de la época, Johanio Marulanda, expidió la resolución número D-4132-021-221 de Agosto 27 – 2009 * (adjunto #6) por medio de la cual se aprueba un Esquema Básico de Implantación, en donde se califican las actividades de mayor impacto, para su mitigación, como provisión de aéreas especificas y las que resulten necesarias. Desconoce, como obligación urbanística, la necesidad de ceder a título gratuito a la Ciudad de Cali el área necesaria para la construcción de un cruce a desnivel de 2 vías arterias principales, como son:

– La Avenida Ciudad de Cali, cuya importancia radica en que es la que conecta a todos los barrios del distrito de Aguablanca en sentido Norte – Sur y permite conectar la Ciudad de Cali con Jamundí, Puerto Tejada y Popayán. Es decir, será una de las vías más importantes de Cali y por ello la financió la Nación, como parte integrante de la plataforma urbana de la Ciudad.

– La Troncal de Aguablanca, determinada en el P.O.T. como vía arteria principal, ruta troncal del MIO, que genera y atrae el tráfico vehicular a la zona más poblada de Cali.

Bajo estas consideraciones el Esquema Básico de Implantación ha debido de definir el impacto por la existencia de estas vías tan importantes para Cali. Y en consecuencia no debió eximir al lote de la afectación de un futuro cruce vial.

Irregularidades en licencias de intervención y ocupación del espacio público

Mediante acto administrativo, que contiene la Licencia número 120 del 28 de Septiembre del 2009, notificada con el número 12150 * (adjunto #7) se otorgó la licencia de Intervención y ocupación del Espacio Público por parte del Departamento Administrativo de Planeación Municipal. Allí se desconoce nuevamente el carácter de vías arterias principales determinadas en el P.O.T. y en consecuencia se desconoce el espacio público que en un futuro debe ocupar el cruce vial a desnivel como solución a tan alto tráfico vehicular. Se adjunta el plano que contiene el diseño urbano y paisajístico que tiene la Ciudadela Educativa y la respectiva licencia.

Irregularidades en la expedición de la licencia urbanística

El proyecto arquitectónico fue elaborado por el Arquitecto Jean Paul Archer Bernal en contrato que investiga la Fiscalía por ser otorgado a dedo por la EMRU, dentro de los contratos para la Megaobras de Cali. Simplemente la licencia se limitó a revisar documentos, pero no detecto la afectación vial que determina la existencia de un cruce de 2 vías arterias principales. Por lo tanto la Curaduría Urbana número 1, al expedir la resolución 760011091151 del 26 de Octubre del 2010 * (adjunto #8), debería solicitar la investigación disciplinaria y penal por el detrimento patrimonial del Municipio de Cali, al perder la ciudad el área que requiere para la solución a la intersección vial.

Julián Alberto Toro calculista de la obra

El cálculo estructural fue realizado por Julián Alberto Toro Arsayusen, contrato con la EMRU, que investiga la Fiscalía por ser otorgado a dedo en una cuantía superior. Él es uno de los mayores contratistas del Municipio en Metrocali, EMRU, Fondo Mixto del Deporte y especialmente es el encargado de la construcción del Estadio Pascual Guerrero, obra tan cuestionada por la opinión pública y los organismos de control.

De esta manera, una vez más se demuestra como la Alcaldía Municipal de Cali, en sus principales obras, sigue atropellando la ciudad y en este caso, por andar improvisando y no tener funcionarios competentes para hacerle ver a Jorge Iván Ospina las irregularidades que se están cometiendo en la planeación de los principales proyectos de la ciudad. Ojalá los áulicos dejen de batir tanto incienso y le digan a la ciudad la verdad de lo que pasa en nuestro terruño.
 

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